¿Cómo se debe retribuir el descanso semanal a un trabajador que se ausentó dos días en ese periodo?

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Trabajo como auxiliar de recursos humanos en una empresa que se dedica a la compraventa de metales. Al realizar el cálculo de la nómina semanal me percaté que uno de los trabajadores sólo laboró cuatro de los seis días en esa semana, por lo que ignoro cómo debe retribuírsele el descanso semanal.

Lector de Naucalpan, Edomex

Pregunta

¿Cómo se debe retribuir el descanso semanal a un trabajador que se ausentó dos días en ese periodo?

Respuesta

El artículo 69 de la LFT dispone lo siguiente:

69. Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

Según se observa, un trabajador tendrá derecho a un día de descanso con goce de salario íntegro cuando haya laborado seis días.

Para el caso que nos ocupa, dado que el trabajador sólo laboró cuatro de los seis días, para obtener el pago del salario de un día de descanso se deberá determinar la parte proporcional correspondiente, de acuerdo con lo siguiente:

1. Se determinará la parte proporcional diaria que se genera por laborar cada día, como sigue:

Día de descanso 1

(÷) Días que se deben laborar para obtener el descanso 6

(=) Parte proporcional de descanso por día 0.1667

2. Se...

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