Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que el Area de Responsabilidades dictó resolución en el recurso de revisión RE-11/2010, interpuesto por la empresa Tecnología y Asesoría en Ingeniería Petrolera, S.A. de C.V., en contra de la resolución emitida en el expediente CI-S-PEP-108/2006

Fecha de disposición01 Noviembre 2010
Fecha de publicación01 Noviembre 2010
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades.- Sanciones.- Expediente CI-S-PEP-0108/2006 CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575.0090/2010

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE ESTA AREA DE RESPONSABILIDADES EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL TITULAR DE ESTE ORGANO INTERNO DE CONTROL EN PEMEX EXPLORACION Y PRODUCCION, DICTO RESOLUCION DE FECHA OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ, AL RECURSO DE REVISION RE-11/2010, INTERPUESTO POR LA EMPRESA TECNOLOGIA Y ASESORIA EN INGENIERIA PETROLERA, S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE FECHA 8 DE JUNIO DE 2010, EMITIDA EN EL EXPEDIENTE CI-S-PEP-108/2006.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Que el Titular del Area de Responsabilidades en suplencia por ausencia del Titular de este Organo Interno de Control en Pemex Exploración y Producción, dictó la resolución de fecha ocho de octubre de dos mil diez, relativa al Recurso de Revisión RE-11/2010 interpuesto por la empresa Tecnología y Asesoría en Ingeniería Petrolera, S.A. de C.V., en la que se confirma en todos sus términos la resolución de fecha 8 de junio de 2010, emitida en el expediente CI-S-PEP-108/2006, en tal virtud, se ordena levantar la suspensión de la sanción de inhabilitación decretada en la resolución interlocutoria de fecha seis de julio de dos mil diez, misma que fue publicada mediante Circular No. OIC-PEP-AR-18.575.0054/2010 el 20 de agosto de 2010 en el Diario Oficial de la Federación; por lo anterior, deberá publicarse la Circular No. OIC-PEP-AR-18.575.0090/2010, para que continúe surtiendo sus efectos la sanción de inhabilitación impuesta...

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