Acuerdo por el que se establece el plazo máximo para resolver las solicitudes a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Inversión Extranjera, en relación con los trámites SRE-02-001 Permiso para la Constitución de Sociedades y SRE-02-002-A Modificación de Estatutos, Modalidad A Permiso de Cambio de Denominación, inscritos por la ...

Fecha de disposición28 Febrero 2002
Fecha de publicación28 Febrero 2002
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se establece el plazo máximo para resolver las solicitudes a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Inversión Extranjera, en relación con los trámites SRE-02-001 Permiso para la Constitución de Sociedades y SRE-02-002-A Modificación de Estatutos, Modalidad A Permiso de Cambio de Denominación, inscritos por la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el Registro Federal de Trámites y Servicios.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

JORGE CASTAÑEDA GUTMAN, Secretario de Relaciones Exteriores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 4, 69-A, 69-C y 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 15, 16 y 16-A de la Ley de Inversión Extranjera, 1, 3 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como las demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como una de sus estrategias promover el desarrollo y la competitividad, así como consolidar e impulsar el marco institucional y la mejora regulatoria que simplifique la carga administrativa de las empresas a fin de establecer un adecuado marco institucional que contemple un ambiente político y económico estable, con regulaciones actualizadas y simples que ofrezcan seguridad jurídica para el establecimiento, promoción, desarrollo y mantenimiento de las empresas, específicamente de las micro, pequeñas y medianas;

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 y 16 de la Ley de Inversión Extranjera, corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores expedir los permisos para la constitución de sociedades y cambio de denominación o razón social;

Que el artículo 16-A del ordenamiento legal citado en el párrafo anterior, establece que toda solicitud de permisos para la constitución de sociedades y cambio de denominación o razón social, debe ser resuelta por la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación;

Que el artículo 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dispone que para facilitar la desregulación y simplificación expedita de trámites en beneficio de los ciudadanos, los titulares de las dependencias pueden mediante acuerdos generales publicados en el Diario Oficial de la Federación, establecer plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o reglamentos;

Que con fecha 25 de enero de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que aplica la Secretaría de Relaciones Exteriores y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria especificando en el anexo único los trámites a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Inversión Extranjera, identificándolos con los números SRE-02-001 y SRE-02-002-A;

Que el 19 de mayo de 2000, entraron en vigor las reformas a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación con fecha 19 de abril de 2000, que transformaron el Registro Federal de Trámites Empresariales en el Registro Federal de Trámites...

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