Resolución con número de expediente RRA 8867 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 06-09-2023

Sentido del falloMODIFICA
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Fecha06 Septiembre 2023
Número de expedienteRRA 8867
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
No aplica
Adrián Alcalá Méndez
RRA 8867/23
Instituto Nacional de Salud Pública
La persona solicitante requirió conocer, respecto del C. Emilio
Montejo Guzmán, la siguiente información:
1. Actividades que realizaba ante el Instituto Nacional de Salud
Pública.
2. Documento de cálculo de pago de su finiquito liquidación, dádiva
o gratificación que le fue entregado, desglosado por conceptos que
lo integran.
3. Documento generado ante autoridad laboral en el cual conste su
renuncia y entrega de recurso económico
4. Renuncia firmada en términos laborales y su convenio firmado.
El sujeto obligado, por medio de la Dirección de Administración
y Finanzas entregó, lo siguiente:
Por una parte, el Catálogo sectorial de puesto de las
Actividades del Jefe de Departamento en Área Médica A.
Convenio de conciliación, ante el Centro Federal de
Conciliación y Registro Federal, del estado de Morelos,
celebrado entre Instituto Nacional de Salud Pública y el C. Emilio
Guzmán Montejo
Lo procedente es modificar la respuesta emitida por el sujeto
obligado y se instruye a que entregue el Oficio
12270/OIC/215/2023, la propuesta de memoria de cálculo de
liquidación y retención de impuesto a nombre de Emilio Guzmán
Montejo y Renuncia voluntaria, firmada por Emilio Guzmán Montejo.
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos
Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA 8867/23
Sujeto Obligado: Instituto Nacional de Salud
Pública
Folio de la solicitud: 330021023000519
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá Méndez
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Resolución que modifica la respuesta que originó el recurso de revisión citado al rubro,
que se emite con base en los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. SUSPENSIÓN DE PLAZOS PARA RESOLVER. Con fecha 30 de marzo de 2023, el Pleno de
este Instituto acordó suspender los plazos y términos exclusivamente para la emisión de
las resoluciones de los medios de impugnación a su cargo, a partir del 10 de abril de
2023 y hasta que el Pleno esté en aptitud de sesionar válidamente en términos del
artículo 33, tercer párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública
1
.
2. SOLICITUD. El 08 de junio de 2023, la persona solicitante requirió al sujeto obligado,
mediante la entrega en otro medio, la siguiente información:
Descripción de la Solicitud: requiero conocer las actividades que realizaba Emilio Guzmán
Montejo en el INSP, el documento de calculo de pago de su finiquito liquidación, dádiva o
gratificación que le fue entregado, desglosado por conceptos que lo integran, así mismo el
documento generado ante autoridad laboral en el cual conste su renuncia y entrega de
recurso económico, deseo conocer su renuncia firmada en términos laborales y su convenio
firmado, en el caso de que exista.”
Otros datos para facilitar su localización:
direccional de administración y finanzas, recursos humanos, jurídico y asuntos laborales
3. RESPUESTA. El 06 de julio de 2023, el sujeto obligado remitió a la persona solicitante
la respuesta a su solicitud, a través de los siguientes documentos:
1
Lo anterior de conformidad con los numerales primero y segundo del Acuerdo mediante el cual se aprueban diversas
medidas de carácter temporal para garantizar los derechos de acceso a la información y protección de datos
personales, al no poder sesionar válidamente el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales por la falta de quorum que prevé el artículo 33 párrafo tercero de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, derivado de la falta de conclusión de los procesos constitucionales
para el n ombramiento de tres personas que deberán ocupar tres vacantes de Comisionados o Comisionadas del
Instituto. Aprobado por el Pleno el 30 de marzo de 2023 y disponible para su consulta en: https://home.inai.org.mx/wp-
content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-30-03-2023.07.pdf

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