Resolución con número de expediente RRA 13660 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRRA 13660
EmisorSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes
Adrián Alcalá Méndez
RRA 13660/22
Se requirió se informe del total de accidentes de
vehículos pesados de los años 2019, 2020, 2021 y
primer semestre de 2022, por tipo de accidente o
siniestro, cantidades estimadas por daños, número de
personas acaecidas o lesionadas, fecha de siniestro,
carretera, marca, modelo, placas, de unidad siniestrada,
ocurridos en carreteras libres o de cuota en las que haya
tomado conocimiento como primer respondiente.
Revocar la respuesta otorgada por el sujeto obligado y
se le instruyó a efecto de que asuma competencia, y
emita la respuesta que en derecho corresponda.
No aplica.
El sujeto obligado de declaró incompetente, señalando
como competentes a la Guardia Nacional y al Instituto
Mexicano del Transporte.
La queja se presentó ante la declaración de
incompetencia; al precisar que el sujeto obligado recibe
la información de las concesionarias como lo establece
el artículo 70 de la Ley de Caminos y Puentes y
autotransporte Federal a través de la Dirección General
de Supervisión.
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de
Datos Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA 13660/22
Sujeto Obligado: Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes
Folio de la solicitud: 330025522001819
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá Méndez
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Resolución que revoca la respuesta que originó el recurso de revisión citado al
rubro, que se emite con base en los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. SOLICITUD. El 22 de agosto de 2022, la persona solicitante requirió al sujeto
obligado, mediante la entrega en la Plataforma Nacional de Transparencia, la
siguiente información:
Solicito la información del total de accidentes de vehículos pesados de los años 2019,
2020, 2021 y primer semestre de 2022, por tipo de accidente o siniestro, cantidades por
los daños en pesos mexicanos estimadas por el hecho de transito, numero de muertos
o lesionados, fecha de siniestro, carretera, marca, modelo, placas, de unidad
siniestrada, ocurridos en en carreteras libres o de cuota en las que haya tomado
conocimiento como primer respondiente cualquier autoridad ya sea Policia Federal (hoy
Guardia Nacional) estatal o municipal de la Red concesionada Conformadas por las
autopistas y los puentes concesionados por el gobierno federal a través de la SCT
(SICT), a favor de terceros como gobiernos estatales, gobiernos municipales o
empresas privadas para su operación, conservación, mantenimiento y explotación. Bajo
este esquema se encuentran tramos de cuota, que en conjunto suman 4,564 kilómetros
en todo el país los principales concesionarios privados en México además del FONADIN
son: ICA, IDEAL, PINFRA, COCONAL, OHL, HERMES, y AZVI-COINTER y las
empresas que comparten concesión con empresas mexicanas o extranjeras, tal es el
caso de ICA y Red de Carreteras de Occidente asociadas a Goldman Sachs
Infraestructure Partners que poseen la concesión de las autopistas Maravatío
Zapotlanejo, Zapotlanejo Lagos de Moreno, León Aguascalientes y Guadalajara-
Zapotlanejo. Así como de los Proyectos de Prestación de Servicios Querétaro Irapuato
e Irapuato La Piedad. Asimismo, el Grupo Concesiones Michoacán esta conformado
por las empresas mexicanas PINFRA y la española AZVI-Cointer que poseen la
concesión del Libramiento de Morelia, Libramiento de Uruapan, Pátzcuaro-Uruapan y
Uruapan-Nueva Italia Lázaro Cárdenas. Por su parte, el Gobierno del Estado de
Chihuahua posee la concesión de 9 tramos carreteros que en conjunto suman más de
500 kilómetros de red estatal de cuota.
Datos complementarios: Las concesionaria estan obligadas a entregar la información
estadística que obre en su poder como se establece entre ellos por ejemplo la Clausula
Decimo Septima de su concesion De acuerdo a lo establecido en las concesiones
otorgadas a las autopistas de CAPUFE, FONADIN, concesionarios particulares

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