Resolución con número de expediente RRA 4922 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 03-07-2019

Sentido del falloREVOCA
EmisorSECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA)
Número de expedienteRRA 4922
Fecha03 Julio 2019
Año2019
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
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Dependencia o Entidad: Secrelaria de
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solicitud:
0000700108619
Expediente: RRA 4
922119
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
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Expedionto:
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Pononto: Rosendoevgueni Monterrey
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cual se so/kito
a esa i
nS
filución se
informanl
cuántas
ermas
de
la
e
mpresa
Slg
Sauer
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y
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201 6, 01
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105
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Al
emania o
la
seda
an EEUU, la SEDEIIIA
s(
proporcionó InfoflTlación relociooada a
1 Ln
eslad
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ka
de
l armamenro que l
eJe
comercializado
d~
2006
a 2Of6
2 Los usuarios fiMIeS
de
9S
t
BS
armas medianta ofICio nlimero
J,
LOs
es
lados a los qua fueron comercializados est8s armas,
la
ca
ntidad de
armas y el importe
de
l
os
mismas en m n
4 La ubicación de la sede en
la
q""
se l
a81i16
la compra de armamento
Lo
8nterior
Sig
nif
IC
arla que la SEDENA
si
cumple con
su
ob/lgacilegal para
poder
archivar y difund
ir
informaclÓrJ
re
lacionada en lema
de
comerclalilación
00
armas y sus
uSu8ros finales cuando sa
Ira
ta
rJe
infonnl.'C/Ón
pr"via
" 20 16,
"p"sa
T qoo ambas I ... nen
para ef
!K
los prácticos las mismas consecuenclas_
Tomando
e"
cue
TO
falado
lo
snrerior
, y ana lizando la respuesta que
di<>
la SEDENA a mi
soliclfud
de
mfom'
8Ción,
no
le
as
,sra la razón a la Titular
de
la Unidad
de
Transparencia
dala
SEDENA a l conslde", rque si b ... n a ese institución le corrasponde la conservación
y defensa
00
la
seguridad interior, lo cierto
eS
que no
es
posibls desprender el
em
emo
normativo alguno
qeJe
permi
ta
sellal
ar
o suponer
cómo
as que 8 parfi,
de
la di
fus/Ón
de
lo re
se
revelarlan a
de
lalla
18S
Caf8Clerlstic8s tócm"as y la camldad
de
ar
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as
por
es
le ¡"
.M
uto
aTmado
y l
as
am
presas
de
seguridad privada
asi
como
las adquiridas
por
los gobiernos
de
las emidades fedefa livas
Avalar una flJsp¡¡esra
"""
10 la
Que
ohora se
da
quebranlari"
el pnm;ip,o
de
Ig
ualdad en
el ffata mienlo
de
dos
so/iciludes de acceso a la
"If",mecióll
y
Sus
respecliv
as
respuesl
as
sin
"ingun
sustento logal que permita jusllficar
el
especlo dlfefencial enlre
amoos supuaslos, y
por
tanto
ca
lif
ic
arla
de
a!bitf8lio s ilogal
Por ofro lado, y sigu ... ndo el argumfmfo del ente obligado en ffJspvesla a mi sol;c
if
ud
,
es im()OfUlnle cuesllOnar
se
por
qoo
la SEDENA
no
sigu>ó
proCfJ
dlmf9nto
de
declaflJciOn
de
inexisrencia
de
iIIlormaclÓrJ
&n
lérminos
de
lo eSlablecldo en
el
IOn/culo
141
de
la LFTAIP (o al manos no
feJe
pa
rte
de
la fundamentación y mOfNación
de
la
autoridad obligada) ,
Es doclr, f ranto a 8Sla diSpoSición legal, el
SUje
to es/atal obligado
deb>Ó
analizar la
SolICitud
an partICular y
ll
ev
ar
a cabo 1
8S
medidas neCeSa"as para localizar la
información y el! caso
da
/Iaber agotado lal supueslo,
deb>Ó
da
exped/T una
re
soluciOn
L
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.....
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Depend encia o Entidad : Secreta
ri
a de la
Defensa
Na
cional
F
olio
do la solic
itud
: 0000700108619
Exped iente: R
RA
4922/19
Ponent e: Rosendoevgue
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on
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y Chepov
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~.n/o
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1111
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111
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que
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de
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que
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16
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que
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de
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de
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que
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refíere
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de
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pror:fIdun
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P,.vISIO en
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para
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lodo CIlSO
Se
0a
ei
~,m_to
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ttI Comll6
de
Transp8re'ICia
proVlS/O
en
el afficulo 141
de
la
LFTAIP
, toda IIIIl
que
~I
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a/emen/os
de
COtlvó:clÓn
que
P8rm,/en
suponor
q!NI
dicha
informaclÓtl IIXIS/a.
relín4r>dome
an
panICular
11
le IfIfOt1rl8ClÓn
que
se
proporcoonó
en
el
fobo 00007000750117
yll
mfendo
IIntes y la cual debtare
se'
suficJBnle
pefII
wpOtIf1r
le eXlSle
ncla
de
la ",1omo1lC1Ón
que
""
sobc,rll
.
edemú
de
no
reptVsenlar
IIrnenela
IIiOuna
e
/11
segundad
pUbbcll o
¡1
En '1S/9 591!/oOO,
$OhC'¡o
qlJ8
baJO
el pn'ICipIO
de
'fIUe/dad Y
/01
de
mMIffl8
publICidad
en
111
/lCCIISO
8 la ",lomo/ICi(¡n.
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reVOQUf!
la de/ermlnlJCrón q!NI
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y
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11
cabo
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docJ
affICo()n
de
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de
InformlfCión
modillll
l" el Co
mité
de 7''III5P8ronci8, en
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Jo
Nl/lblacido
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818>1lculo 14 r
de
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,.spue518
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IIslfII{XNfante
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SEDENA
no
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IfllomoaclÓn IfCtueIolllde e
2011
que
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Dependenc
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o Entidad: Secreta
ri
a de la
Oefe
n
sa
Nacional
Fo
lio
de
la
solicitud: 0000700108619
Expediente : RRA 4922/19
Pone
nt
e:
Rosendoe
...
gueni Monter
re
y Chepo
...
anloúormonte
se
habla o/Of!]ado en
es
te respecto (o
91
menos
no
fue parte
de
la
fundamentación y motivación
de
la sutOndad obligada)
Por
lo
expuesto; al Pleno
deIINAI
. alentamenle pido
PRIMERO.
SIl
l
enga
como presentado
el
rocuroo
de
rev,slÓn en tiempo y forma.
SEGUNDO.
Se
re~oque
la respuesta del
SUje
to
Obligado. ordenando generar la
información y proporcionf",domela por ei m
oolO
que
la
~o"cité
TE
RCERO.
SIl
brinde el Scceso a la inlormaclÓn respecto
de
los usuarios Imales de
Ins
am'ns
comerr;;¡,fizadas
porla
OENA.
CU
AR TO.
Al
momento
de
cumpl
ir
con la revocación
de
la
re~puesla
y
bnncJar
elacctlso
a la Información solicrlada, ceflirss al 8r/icuJo ! 37, uh/mo párrnfo, haciéndose carpo ds
kM
costos
de
reproducción y
envio
el
SU
!fJ
lo Obl"J8do. por
SI'
negllge,,' e falta
eJe
respuesta en el
plaw
prnvisto y dilatando innecesariamente e l 9¡erclC'o 00 m
is
derechos.
QUI
NT
O.
Se
de
~lSt8
al
0",
""
0 Inlamo
de
Conlrol
rJoe
la SEDENA a
INAI
.
respectIVament
9.
por
/os
actos acreditados
en
la
respuesta
proporcionada por el
SU
jet
o
ObligadO y que oonfiguran
inf"'cckJne~"
la LFTAIP
De
manera enuncial
rlla.
más
tJO
IrmitatIVa.
sa~alo
los siguienles:
Da
las
dependanCta~
de
la SEDENA y 001
Ti
tular
da
la
Unidad Enlace
-Acluaron
con
negligencia y dolo durante
la
suslafIC/ación
de
las so/rcrlurJes en maleria
de
aCceso a la información; conducta
S8
t1C"mab/t!
conforma al a
'li
culo 186, fracción
11
.
-
No
entregaron 1 .. inf(Jrmación al fespondef sin la deoida mO/Nación y 'Utldamentación
esraolecldas
en
la Ley; conducta sBnclOtlable conf[Jfme al articulo
186.
fracción V
SEX
TO
. Notificarme
da
la
apenu",
df¡
los
procedimientos
sa
fIClOnDtorios
cormspond,anlas a ,ndlCar al Organo Interoo df¡ Control
el
corroo electTÓnico l. J como
medio para recibir
la
s notificaciones
raspeClilla~
P
TI
MO. Se cumpla
ron
al
deber
de
reparoción establecido en el articulo
j'
conslitucional y
se
d.;len medidas
de
res
rilu
ción. satr
sfifCCión
y
da
no r,-,pet.;ión. ame
la nagranle
violación"
mis detl){;nos humanru l r
(Vo
l
4. Con fec
ha
seis de mayo de
dos
mil diecinueve. el Comisionado Presidente de
este Instituto asignó
el
núm
ero de exped ie
nt
e
RRA
4922/19
al
recurso de revisión
y,
co
n base en el sistema aprobado por
el
Pleno. lo turnó al Comisionado Ponente
Rosendoevgueni M
ont
e
rr
ey
Ch
ep
ov
. para los efectos de los articulos 150.
fracción I de
la
Le
y General de Transparen
cia
y Acceso a la Información Pública, y
1
56.
fra
cción I de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Info
rm
ación Pública
,
'
''
'''0'"
1<
..
.....
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T" . ,p"''''
''
'
A
,
'
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~
,
""'"""'
.... , ' " ...
..
'
..
D._
P,,""""'.
Dependencia o Entidad: Secretaria de la
Defensa
Na
Cion
al
Folio de la
sol
ici
tud
: 0000700108619
Expe
diente
:
RRA
4
922119
Ponente: Rosendoe
...
gueni Monterrey Chepo
...
en relación con el numera
11
6,
fraCCión
V del
Es
tatuto
Org
ánico d
ellnsll
tuto Nacional
de Transparencia, Acceso a
la
In
formación y Protecc,ón de Datos Personales.
5. Con fecha trece de ma
yo
de
dos
mil diecinueve, fa Secretaria
de
Acuerdos y
Ponencia
de
Acceso a
la
Informa
Ción
,
de
conformidad con los acuerdo Primero y
Segu
nd
o,
f
ra
CCiones
V.
VII y
XI
I del Acuerdo mediante el cual
se
confieren
funC
iOn
es
a los Secrefan'os de Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con los comisionados
ponentes en
/a
sustancraclón de los
mediOS
de impugnación compe/encla del
Inslituto Nacional de Transpa rencia. Acceso a la Información y Protección de Datos
Persona/es, establecidos en la Ley General de Protección de Datos Personales en
Posesión
de
SUjetos Obligados, Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pilbllca,
yen
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCión
Pilblica, publicado en el Diario Of
iCi
al de la Fede
ra
ción el diecisiete de marzo de dos
mil diecisiete y consideraodo las directrices de l Comisionado Ponent
e,
acor
admitir a trám i
te
el
recurso de revisión
in
terpuesto por el pa
rti
cular, dando
cumplimiento a lo establecido en el ¡¡rtlcu
lo
151
de
la
Ley
Federal de Transparencia
y Acceso a
la
In
formación
blica,
Asi
mism
o,
a
COidó
poner a disposici
ón
de las partes el exped iente f
orm
ado con
mollvo del recurso de revisión, a f
in
de hacer de su conocimiento el derecho que les
concede la
Ley
para ofrecer pruebas o formular alegatos de conformidad con el
articulo 156 . f
raCCIOnes
11
y IV de
la
Ley Federal de Transpa
re
ncia y Acceso a
la
Información Pública
6, Con fecha quince de mayo de dos mil diecinuev
e,
mediante la
Pl
ataforma
Nacio
na
l de Transparencia, se
no
llficó a las part
es
la admisión del recurso de
re
....
isió
n.
otorgándoles
un
plazo no mayor a siete dias hábiies contados a pa
rt
ir del
dia siguiente hábil en el que se
le
notlrlCará para que hicier
an
valer
su
derecho a
formular alegatos y
of
recer pruebas ante es
te
Instilulo.
7. Con fecha velllticuat
ro
de mayo de dos mil dieclllueve, se feeibió en este Instituto.
mediante la Plataforma
Na
cional de T
ra
nsparencia, copia simple del ofic
io
mero
09453, de misma fecha a
la
de
su
recepción. dirigido
al
Comis
io
nado Ponente y
signado por la Unidad de Tr
an
sparen
ci
a de
la
Secretaria de
la
Defensa
Na
cional.
mediante el cual se expresaron los siguientes alegatos :
"(
1
ALEGATOS
'
''''"
"
"'
"..,',~
L
.<
-1 "
..
..
"',.,
..
,
A".
~
~
, ....
""
"'
'''''
)'
p""""o.
01<
".
'"
""
..
.. ".
Dependenc
ia
o Entidad: Secr
et
a
ri
a de la
Defensa Nacional
Folio de
la
solici
tud: 00007001086
19
Expediente: RRA 4922/19
Ponente: Rosendoevgue
ni
Monterrey Chepov
PRIMERO . Este OiJpf!ndencie del E¡ecu
tlV
o Federal colmó en sus
extram
/a
elención
que
se
le dio a
la
solicitud
de
información del mterasado,
al
cumpl"
11
ceballdlld e/
procedimiento
de
bUsquede que contempla/a ley
de
/a
matena, mismo que
se
e"';uemra
pravlsto
en
~
artlculos
132
, 133, 134 Y
135
de
la
LFTAP,' aSimismo,
en
el tn'lmile para
su acceso se observó
/o
previSlO
en
los Lineamientos qua establece" /os p,,;,cadimiantos
Intem
para atanción B solic,tudes
de
occeso e la iflformación pública, donde rafiara
que la Unidad
de
Transparencia
deoor~
con
b"se
en
Su
ley
org~mca
,
decreto de
crooción, estatut
os
, raglamen
to
interior,
su
eqUivalente o normBllvided qoo le
corrasponda, tumar
/e
a las
~roas
qua poodan posear la mformoción requerida conforme
a sus faeu/ledes, competenCias °
funciof>es
En
al
prosenle asunto, se raalizafOl' las
gesllO
nocesadas para ubicar
/a
If!fom>aciórl
y fueron l
as
aoocuEKIas
pera atender la partICularidad dal caso coneroto,
al
~aber
turnado la solicitud de
IiCC<1SO,.
la Dirección General de Indw;tda M",/at ;
de
conformidad
co" las atdbuc",nes pravlstas en el Reglamenlo Inwnor
dO
la Secre
ta
ria
de
la
De
fensa
Nacional y su Manual
de
OrganizlK:;.jn General; quienes
proVI8MO
/o
necesat>O
para
que la particular
puchera
tener acceso a
la
mformación madmnte procedimientos
sandios
y e1lpedrlos, favoreciendo el pnncipio
dfJ
m8111m8
publICidad y disponibilidad
de
la infotmación
en
pOSesión
de los
sUl"lOS
obligados, misma qm. le
hlro
saber qoo la
mformaclÓn requerida se encon/raba clasificada como resetvada en
v'lflUd
de
'lOO
daria
cllenla
da
la
capacidad
dfJ
reacción
de
dIChas
COfPGraclQfjes
anle una situación
delerminad", al ravelar su astedo
de
fuena
de
armemetlto, adlUII/ar!do parn el
efe<:lo>
la
ResolUCIÓn
dfJ
Inform"ción Resatvada No, CTIRIRJI086191141 ,2019 emitida
por
el
Comlt6
de
Transperoncia
de
es
ta Secretafle_
BaJO
eSle conle
"-
/o
, le rosetva invocad"
as
cm, base a lo previsto an los
sJguien
tes
oroonamlontos jurídlCos_
Cons/duc";" PolitICe
de
/os
Estados
UrlidGs
M'HlCanos
Afllcu~
6/0, fracción 1, contempla "Toda
/a
,nfOffllaClÓn en posesión
de
cualquier
autonded, entidad, órgano y organismo federnl, eslalel y municipal,
es
pública y
sólo podn'l ser resetvada lemporalmente
por
IlIzones
de
Interos pUblico en
~
tl!>tminos
que
fi¡en
las leyes
El ertlculo
tlo
.
tkJ
la
Ley
Org~nica
del E¡lJrcllo y
Fuena
A6roa Mexicanos,
se~ala
entro otras, como mlslQfjes gell8ll1les,
a. Defender
la
In
tegridad,
la
independel/Cia y soberania
de
/e
neclÓn,
b. Garantizar
/a
seguridad Interior
,Ley
General
de
Ttensparencia y Acceso a
la
I"fo
rmación Pública
. , Articulo 113, fracción I Como información resetvada podrá clasificarse 8quella
cuya publicación comprometa
/e
segundad nacional.
la
segundad
públICa
o
la
defensa nlK:ionsl y cuente con un propósito
gtJnul/>O
y un oIeelO tkJm
'
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n' .
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Dependencia o Entidad: Secreta
ri
a de la
Defensa Nacion al
Fo
lio
de la
sol
ic
itud
: 0000700 108619
Expediente: R
RA
4922/19
Ponento: Rosendoev9
ue
ni M
on
terr
ey
Chepov
b.
AnoCIIID
11.
Le
causales
do!
reserve",
dttbenln
fut>dlN
)'
moINM
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re""s
de
'"
tIPICM:KIfI o.
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pt1JIJOO
de
dlfflo
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F.o.ra
l o. r(lfl1SptJffincra)'
~so
e,.
Infrxm/ICIÓII PUb/CIf.
"'. Arllculos
~7
gS,
99
pár",ro
$tt{Jundo,
ffifíeffi
QU
kl&
.sul&lo.\"
obligados
dot8
l
mlll8r~n
lo
clasiflCac*,
do
I~
infOlmsClÓn
qu<>
tíenen
en
su
poder
,
obS8IVSlldo
/o
establecido en
le'
leye.s
de
'ffinspsfencia ,
no
pudl(lndo
em
il"
lICuertlo.s
de
ctlnk/a
, g&n8fal ni parllCUi8r que Qas;{iquen documentos O
e~p&dlenr
..
",nl6S
de
dar
fU5pUeSla
" un,,:wI1Citud doIllCCllSO"
la
irIfomIsción;
'"
chld'-:aClÓtl
doI
fUs&tVada
S&
....
z.nI cor>!oImit a
Uf!
.rnills4 caso
por
caso,
1718d18l1ff11.
()(1lOba
de
daflo
b M lcuIo 110
CoofomH¡
ti
/o
dlspues/o
(XX
&J
articulo 113
de
IIIL&y
G&n9re1,
como
inIoImaclÓII ",:servada
podr6
c/aslfcalH
.que/III
cuy.
pu
bl
caclÓl1. Ff1ICaÓII
I Compr0m91a
111
Sllgundad
rntCtOIl(jl
la
s~ad
plibh
<.>
la
de~nSIl
naclOllal
)' cuenl6 COI! un
prof>ÓSiI<.>
flI'nuino)'
un &llIClo
dom
t
rat>le
Un89m;e,,'os G6ooral6s en
mal."a
da clasificación y dosc/aslficsción
do
la
",form~cióll
,
asl
como
para
la
&JabOlKlÓ'l
de
"efSIOt>fIS
plibllCU,
an
sus p¡lrrafos
S4p(1ffIO
QcI4iVO,
D1cKllO
OclSlIO,
TrigéSimo Tercero)' Trig6simo CU'I/o. eSlablec8t1
qU6
111
c/ast.csc>ótl
de
'"
",lOnrrac(\n
.se
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11
cabo
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el
mom&nlO
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solicitud doIlICCeso.
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resoiucJOO.
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V8fS10118.
plibhc;8S
el/
CIlSO
doI
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Infotmar;(\n clllsh;t>d/I fundar y moIlVtII
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..
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ctrt:un$t8fICIII.J
que
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pM10
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.. imo Tn/wnal del
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&1flU/em6
INFORMACI 6 N RESERVADA. LI
MIT
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DERECHO
DE
ACCESO A LA IN FORMA
CI6N
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LEY
FEOER
AL
DE
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SP
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ENCIA Y
ACCESO A LA
INFORMACI6N
PÚBLI
CA GUBERNAMENTA
L,)
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clasifi
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ció
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O/Ív8d.
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10.1
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y
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w/nerarl.
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C&¡HICrdad
de
lUacclÓl1
de
"'s
OOt)XII8CIOII&S
de
S8fIIJOO8d
pUb/1C1J
y
ptDCUrIJCIÓrI
de
fUSlK:18
ffld/JreI8, Y
.s/.'aIfIs
9fIIe.",.
MU/JCIÓtI d81emNfI8d
..
&dIJmtis,
OlIYpIU l
..tonna1;lÓn
COI!
'"
desglo.l:e w/lcll1Ido
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..
11
tIPO
de
.rmas
(OOIIa
y
larg.J.
fXJ
E&l1K1OS
(32
Esll>dos) )'
por.1Io
(de
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hasta
el
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8), f.OIOtK&rl. al
crimen
OI'Pan,¡1Ido
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ro
mA~"""
de
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sus operallVO$
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cumpllm/flnlO
del
..
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<1UfllleflCln
encomendedss,
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ndo en rlf;l'go las ecc.,nes daSllned.s a pro/f1gfIr 8 la c,ud&l1en/a
SEGUNDO
No OOSIl"'IO
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anle,,,,, y loda
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<1Ufl
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l"IJ
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ontOl7JlSClÓrl publICa ,.¡.tCIOfI8da
C(Itl
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18
Citada
O~
<>-ral
de
InduSlria
Militar realIZÓ
un.
rIUIJ~'
búsqueda
doI
la documenlal
requerida
m.",I8Sltlfldo
en
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Dependencia o
Ent
idad:
Se
c
re
taría de
la
Oe
fensa Nacional
Fo
lio
de
la
solicitud:
0000700108619
Expediente: RRA 4
922/1
9
Ponente: Rosen doevgueni
Mon
l
er
rey Chepov
Se
hllCe
de
Su
ccmociml6nto
Qu
e la $
oI
icitoo
de
infOlm8ClÓn
con folio
00007000005'8
,
hace referem:ia a armamento adq
Ui
rido
P
ro
su comerciati18clÓn,
mas
no
al arm8me
"l
o
comercializado a /os gobiernos
de
los estlldos
de
la
R
p
úbJ,ca,
es
por el
lo
Que
Se
I
mamfesló la
r
de
la información solicitada conforme a un
anMsi
s
de
riesgo q ue
reprosenra su difusIÓn, IIte"dierldo 9 que
da
conformidad con /os in d
ICe5
de
percepción
sobre segundad pública omnldos por eIINEGI.,
se
observa un ¡"Clemento en
1/1
tasa
delictiva an las EnMa(}(Js Federativas da /os allos 2010 a l 2018, slluación que en
caso
de
drluoolf
se
la
re
l
acIÓn
00
IIrm
a~
comercI
al/
ud",
a cada e
nt
i
dad
fe
dera/iv.,
podrfB
vulnerar la percepción y condiciones
de
stlgundad públIca, al
r
la capacidad
de
105 cuerpos
de
s8gUOODd
p(¡bJlCa
de
kM
Estados
No obst" "
t
con el fin
00
alender en Sus /l
Ktr
timoo la mconformldad y " ..
létm¡~
del
a
rt
iculo
/32
de
la
L8Y
FfKhIral
de
TranspBrom:la y
Acooso
a la IIIfo
ón
PúbllC"
Qu
e
es
tabltKe que cua,
Klo
la ¡
nfOfm
ación requerida ya esr
.:!
dIsponible al públ
ICO
se
prMI6gie
Su
antrogll en
formB
tos ablfl
rtos;
se
le rrnx!lfica
la
respu
otorgada
de
mane",
inici
BI,
a fin de p,oporc
io<
,arl<.>
la
inform/J
Que
se encuenr", pt¡bl
lCa
respaclo de la
ca
" /ld
ad
de
armas
com.m:lallZadas por esla Otipendencia a c8da
e"rldad
fOdera
tNlI del 1
de
Enero 2006
al3
1
de
Diciembre
de
l 2018,
dasagregad
por
Eslado y lI
po
d/l amIa.
Manifesténdolf> que la
irlform8ClÓ
n 00 marca y costos, _
se
determmó que
no
se
cuenla
ca
n elgún documenlo
Que
r;oosollde la Información tal
como
lo
raqwere, /In VIrtud
00
fI{)
ser necesaria Pllra las
'
u
ncion~s
y atribuciones
Que
realIza
esla
Di
reccIÓn
G/lntJrel,
rosuNando aplicable el art iculo
129
(/e
la
Lar
General
de
Transo~ranclB
y Acce.ro a la
I"formación Púb l
i<:a>
/I.i
como el Crirerio 0
3/
17 'No ,
uiste
obligaci
ón de
el
aborar
documento
s
.d
hoc
pa
ra
arender
lu
soli
c
itude
s de a
cc
es
o a la i
nformación
'
emitid
por
ellns
rll
uto N
acioTl/J1
de
Trensparem:la, Acceso e la Infonllacion y Pro/ecclÓn
00 Detos Pursonales
En
nmrilo 0010 expuesto y fundado, a usted C ComlslOt'lado Pono,,¡.,.
pid
PRIMERO, _
Me
ten9a
POI
ptesen!
8(1o
en
¡",mpo y forma, exhibiendo los presentes
argumentos jUrldicos, que justifican
el
ac
to
QI1fJ
se
illlpvgna
SEGUNDO. _ Con fundamento an
,,1
art
ICUlo
162
froccJÓfl
111
de la Lay F8de rel
de
T rens(Nírencia y Acceso
/1
la
InformoclÓn Públ
ICa
, s8
so
bre
se
a el
pro
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rec
urso
de
re"l
sló n
.1
h
aber
quedado
sin
mllterla, en ",rtud
de
le emptlació
de
la
respuesta
otorgada al
In
terosada. t
..
r 1'''1
A oficio de
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egatos al
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el
sujelo oblig
ado
adju
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ó copia simple de
la
si
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iente
documentaci
ón
:
1.
Cor
reo electrónico de
fe
cha
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tro
de
mayo de dos mil diecinueve, dir
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ido
al particular y emilido p
or
la
Un
idad de Transparencia de
la
Secrelarla de la
De
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Na
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a que
se
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ile el olid o núm ero 09454, de
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iflli
cu
de ma
yo
de dos mil diecinueve, así como una relaci
ón
anexa de
'."
.
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.......
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Depe
nd
encia o Entidad : Secretaria de
la
Defensa Nacionat
Fol io de la
so
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tud
: 0000700108619
E~p
e
d
l
ente
:
RRA 4922/19
Ponente: Rosendoev9ueni Monterrey Chepov
la cantidad de armas comerciattzadas por esa dependencia en cada entidad
lederaliva del 01 de enero de 2006 al
31
de d
'c
iembre de 2018.
11
. Oficio numero
09
454
. de fecha velnlicuatro de mayo de dos m
il
diecinueve.
dirigido al particular y Signado por
el
TItular de
la
Unidad de Transparencia de la
Secretaria de
la
Defensa Nacional. en los rm inos
si
guientes
"( I
Con
183J)6Cto
el
IKIP30
de
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..
1Ón
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R
RA
4922/19, deducido
de,u
$ObI;ifud
de
IlIfomJ..:IÓn
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111
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EGI .
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r8$S
dellCtrv.
en
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Enlld/lde.
FfIdet.t,ves
de.bs
a/!oa
2010
iiI 2018;
sotlJeCi6n
que.n
c.so
de
dlla
tUlaclÓn
de
IIImas
~zad.s
cada
""t/dad /ederlJtue.
podri.
vuIn8rM
la
~1ÓIl
,
corldlCoones
de
segundad,OÚbSlCa
.,
"'
......
s.
la
capacidad
de
lo:!
CII/ItPOS
de
ugundad
poibIoc.
de
los
Estado.J
No obIIfante,
con
el
fin
de
at.nder
en
sua
..
,ramo.1l11
otJCOt>fonnided,.n term,rlO$ del
.rl
íclJlo
131
de
la
Ley
Federal
de
Tra~lIrencoa,
Acceso
e la Inforrnaci6n Públoce qoo
e.fab
leee
Que
CUBnOO
la "Iformacoón requeridD
y.
e.té
di$ponible
111
pUblico
se
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enlregs
en
fOfn,atos
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lllrlos:
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mod
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ica la
respuesla
otorgDda
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mlC
,al,
a fin
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promrclOfln,fIj
la
mformaclÓn
Que
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públICa
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la
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de
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comerclIll,zedas
"'"
esta
De/J
a cada
entidad
federefllfa del I
00
EIl(lIO
2006
111
31
de
Docrembte del 2018. des/If}ffJgado
por
Estado y
tIPO
de
111m.
Manrlestilndol/l que
111
nIonnacrón
de
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se
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que...,
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CUIOII!a
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Expediente: RRA 4922/19
Ponente: Rosendoe",gue
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errey Chep
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1
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, Tabla en formato PDF, desglosada por enti
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federativa, por
año,
de 2006 a
2018 y por tipo de
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ma
: cortas, la
rgas
y
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cual se muestra un extract
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Institu
to
, cop
ia
de
un
co
rreo electrónico, dirigido
al
particular y
em
itido por la
Un
idad de
Transparencia de la Secretaria de la Defensa Nacional, mismo que
fue
descrito en
el
antecedente
in
me
diato
an
ter
io
r numer
al
1, de
la
presente
re
so
luci
ón
.
Al correo electrónico de referencia,
el
sujeto obligado
ad
juntó copia simple de la
siguiente documentac
n:
1.
O
fi
cio
número
09
454, de lecha veinti
cua
tr
o de mayo de dos mil diecinueve,
di
rigido
al part
ic
ular y signado por
el
Titular de la
Un
idad de Transparencia de
la
Secretaria
de la Defensa Nacional, mis mo que
fue
transcrito en el
an
tecedente in
me
dia
to
anterior numeral
11
, de
la
presente resoluci
ón
.
1-'""",
/
.....
. ....
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....
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...
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'oIo.
~.
D._
.,
.....
".
Dependencia o
Ent
idad
: Secretaria
de
la
Defensa Nacional
Folio
de
la
so
lic
itud: 0000700108619
Expodie
nt
o:
RRA 4922/19
Pononte: Rosendocvgueni Monterrey Chepov
11
, Tabla en formato PDF, desglosada por entidad federativa.
por
ano, de 2016 a
2018 y por Ilpo de arma cortas, largas y lotales , de
la
cual se mueslra un extracto,
para pronta referencia, misma que
fue
descfl
ta
en el antecedente inmediato antenor
numeral
111
, de
la
presente resolución
9, Con fecha vein
ti
oc
ho
de
jun
io
de
do
s mil diecinueve, la Secretaria de Acuerdos y
Ponencia de Acceso a
la
Información, con fundamento en el punto Segundo,
apartado
VII
del 'ACUERDO mtKlianle el cual
se
confieren funciones a los
Secrelanos de Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con los comIsionados
ponentes en
la
sustancIación
de
lo
s medIos
de
Impugnación compe/enc/3 del
Ins
l
Huta
Nacíonal
de
Transparencia, Acceso
ala
InformaCión y Protección
de
Datos
Personales, establecidos en
la
Ley General
de
Protección
de
Da/os Personales en
Posesión
de
SUJet
os Obligados, Ley General de Transparencia y Acceso a
la
Información PublIc
a,
yen
la Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Informac!ón
Pública" publicado en el D
ia
rio O
fi
ci
al
de la Federación el diecisiete de marzo de
dos mil diecisiete, acordó el cier
re
de
la
ins
tru
cc
ión, pasando
el
expediente a
resolución, según
lo
dispuesto
en
el articulo 156, fracciones
VI
y VII de
la
ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Dicho acuerdo
fue
debidamente notificado a las partes, por
el
medio correspondiente.
CONSIDERANDOS
Primero, El Pleno del Instituto Nacion
al
de
Tr
ansparencia, Acceso a
la
Información
y Protección de Datos Personale
s,
es competente para conocer y resolver el
presente asunto, con fundamento en el articulo
6,
Apartado
A,
fracción Vllt de la
Constitución Politica de los Estad
os
UnidoS Mexicanos: en el Transitorio Octavo del
Decreto por
el
ql.le
se reforman y adicionan diversas disposiciones de la
Cons!ill.lción Política
de
los Es
ta
dos Unidos Mexicanos, en materia de
t
ra
nsparencia, pl.lbhcado en el Diano Oficial de
la
Federaci
ón
el 7
de
febrero de
201
4: en lo sel'latado por los articulos 41, fracciones I y
11
:
14
2,
14
3, 146, 150 Y 151
de
la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada
en
el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo
de
2015:
21,
fracción
11
, 146, 147,
148,
151
Y 156
de
la
le
y Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Informa
Ción
Pública. pl.ltllicada
en
el Diario Oficia l de
la
Federación
el
9 de mayo de 2016: asi
como los artlculo s
t2
, fracciones t y v,
18
, fracciones V y XIV
det
Elta
t
l.l
to Organico
del Instituto
Na
ci
onal
de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de
Datos Personales,
pl.lbhc.ado
en
el
Diana Oficial de la Federación
el
diecisiete de
enero de dos mil d.eclslete
'"
,
n,","
N .
..
,
,,,
.,
r
,,",p
...
"''',
M«",
~
"
lo
,,,,
..
;,;
. y
p,.,,
«;,;
....
" .
...
P,
.........
Depe
nd
encia o Entidad:
Se
cretaria de
la
De
fensa Nacional
F
olio
de la
solicitud
: 0000700 108619
Expe
dient
e:
R
RA
4922/19
Ponent
e:
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Segundo. Previo al análisis
de
fondo del agrav io formulado
en
el
pr
es
en
te
re
cu
rs
o
de
revisión, este Instituto realiza
el
estudio
of
icioso de las ca
us
ales de
sobreseimiento, por tratarse de
un
a cu
es
tión de orden
púb
lico y de estudio
preferente, aunado a que fue so licitado por el sujeto obl
ig
ado tanto
el
sobreseimiento
co
mo
el
desechamiento por improcedente.
Al respecto,
el
articulo 1
62
de la
Ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
I
nf
ormación Púb
li
ca
, prevé los siguient
es
supuestos'
ARTicULO
162
. El roKuI'W será
.o
bre
ui
do, en
tod
o O en
p~rte,
cua
r>do,
una
.....
z
adm,tldo,
se
actual
ICen
alguno
de
los siguientes supuestos
l.
El loKurrente
Se
de
SISta
expresamente
dellecurso,
1
1.
El recurrente
lal
tezca 0, tratándose
de
pe~onas
morales que se
dISue
lvan.
lit,
El
.
uleto
oblig
a
do
ra.pon
uble del
ac
to
lo
modif
ique
o
,e~oque
de tal
man
era
9"\1:
el rOCur
SO
d e
rOVi
l
ión
quede
. in
materi
a, o
De
l análisis
re
alizado por
es
te
Instituto, se advierte que
no
se actualizan las
hipótesis previst
as
en las fracc
io
rle
s I y 11.
ya
qu
e
no
se observa que el recurrerl te
se
haya
desistido del recurso.
ni
qu
e ha
ya
fallecido;
sin
embargo,
si
se advierte
que admitido el recurso, apareció una caus
al
de
impr
ocedencia, aunado a que
se desprerlde la
modificación
a su respuesta
inicial
, rlotifl
ca
da
por
el sujeto
obligado al particular, y de
lo
cua
l
es
te Irlstituto guarda constanci
a,
de
COrl
form
id
ad
con
las siguientes
cOrls
ideraci
Orles
:
El particul
ar
prese
nt
ó u
na
solicit
ud
de acceso a la informacn
arl
te
la
Unidad de
Transparerlcia de
la
Secre
ta
r
ia
de la Defensa
Na
cional, eligierldo
co
mo modalidad
de
erl
lrega por intern
el
en
la
Plataf
orm
a
Na
ciona l de Transparenc
ia
, mediante
la
cu
al solicitó, para
el
periodo que
co
mprende del 01 de enero de 2006 al
31
de
diciembre de
20
1
8,
el rlÚmerO de armas
come
rcializadas a cada entidad
federativa, desagregado por Estado, o, marca y tipo de arma (corta o larga ).
asi coma su
co
st
o,
1
..
.
....
""
........
T
._,...
.....
_
...
.
--
.....
....
""
""""
...
0_"--",,
Dependencia o Enti
dad
: Sec reta
ri
a de
la
De
fe
nsa Nacional
Folio de
la
so
licitud : 0000700108619
Expedien
te
: RRA 4922/19
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
EE:"~:::~:~~'~~
'!
.
la
Unidad de Transparencia de la Secre
ta
ri
a de la Defensa
Na
cional,
~
tu
rnó
la
soliCitud de acceso a
la in
formación
la
Dire
cció
n General de
""';
,~e
.
presó
que la
in
formación solicitada resul
ta
ser c
la
si
ficada
con
fundame
nt
o en el artic ulo 110. fracción I de
la
ley
Federal
T
","",,,,"
,~
j,
y A
cces
o a la I
nform
ación
Pública.
Inconforme con la respuesta proporcionada, el part icul
ar
pl"
esensu recurso de
revisión ante este Instituto, mediante
el
cual e
xp
resó
su
agravio en contra de
la
reserva aludida por la Secretaria de la
De
fensa
Na
cional
en
re
laci
ón
con
la
información solicilada.
Asimismo, el
re
c
urrente
e
xp
resó,
que
pretende
obtener
ahora, i
nf
ormación
respecto de los us uarios finales de las armas
comerc
ia
li
zadas
por
la
Secr
etaria de l a
De
fensa N
acion
al
Finalme
nt
e,
expresó el recurrente que pretende que se vista al Ó
rgan
o Interno
de
Co
nt
rol de
la
Secretaria de
la
Defensa
Na
cional por las supuestas
in
fracciones
cometi
da
s por ese sujeto obligado, entre las que se encuentr
an
. haber actu
ad
o con
negligenCia y dolo al momento de sustanciar la solicitud, asl como por haber
respondido sin la debida
mo
t
ivacIÓn
y fundamentación.
En
ese senlido, respecto de
la
fracción
IV
del articulo
t6
2 de la Ley Federal de
Transp arencia y Acceso a la Infor
ma
ci
ón
Pública, se advierte que una vez
admitid
o el r
ecurso
de rev
is
ión , sí apare c
una
ca
usal de Improcedencia,
lo
cual lo deja
si
n materia en un a parte
Para ello, relomando las consideraCiones sel'laladas, respecto del planteamiento en
la
solicitud de acceso a
la
información, asl como en la interposición del recur$() de
re
visión,
el
particular
re
fiere en
su
inconformidad argument
os
relativos a que el
sujeto obligado
le
proporcione información que
da
cuenta de l
os
usua
rios
finales
de
la
s armas
co
mercializadas
por
la
Se
cre taria de
la
Defensa
Na
cional.
lo
cu
al
resu
lta
ser distinto a lo solicitado originalmente .
A partir de ello. se advierte que
la
mconfonmdad del recurren
te
radica en la intención
de que el sujeto obligado realice ahora un ejercicio de b
ús
queda, respecto de temas
novedosos: en lo especifico,
ta
respues
ta
a una solicitud de acceso a la información
dive
rsa
a la que nos ocupa; a
,
se
consídera que la
sa
ti
s
fa
cción del agravio del
recurrent
e.
implicar
ia
necesariamente
la
realización de diversas gestiones para
localizar
in
formaCión que inicialmente
no
fue solicitada , de ello es dable sel'lalar que
"
'","h
....
NM'O'
"'
'
d,
1'
..
"..,,,,,,,,,,
~«""
~
I "
""",
,,,,
ió.,' PoO""ió
....
[)
•• ~
P,,~,~
...
Dependenc
ia
o Entidad: Secretaria de la
Defensa Nacional
Folio de
la
solicitud: 0000700108619
Expediente: RRA 4922/19
Ponent
e:
Rosendoevgue
ni
Monterrey C
he
pov
el articulo 161 de
la
Ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
Infor
ma
ción
Pública, prevé lo siguiente:
ARTiCULO
161. El
re
r
so
será desechado por
Im
procedente cuanoo
Vl
t.
Et
reeu
"ent
e
ampli
e su
so
li
ci
lud
on
01
re
curso
do
revisión.
únicamen
te
respecto de
lO!
nuevos co ntenidos.
De
lo anter
io
r,
se advierte
que
el
recurso
será
desechado por improcedente cuando
el recurrente amplie
los
alcances
de
su
solicit
ud,
y se sobreseído , en t
odo
o en
parte, cuando una
ve
z adm itido el recurso
apa
rezca alguna causal de
improcedencia.
Asi.
una
vez admitido el
pre
sen
te
recurso
de
rev
iSión.
apareció una causal de
improcedencia, como lo es q
ue
el recurre
nt
e amp
li
ó su solicit
ud
en
la
interposición
de
su
recu
r
so
de revisió n.
lo
cu
al
, respecto de dicha ampliación, el recurso debe
sobreseerse por esa parte.
Por
t
an
to,
la pretensión que se impu
gna
debe ser apreciada en los términos en que
f
ue
planteada originalmente a
nt
e
la
Secretaria de la Defensa Nacional, sin vari
ar
en
el
fo
nd
o
la
litis
ni
constituir una nueva solicitud
de
acceso a información. puesto que
el
sujeto obligado se encuentra impedido
pa
ra
pronunciarse sobre ello, si deriva de
u
na
s
it
uación que
no
forma
pa
rte de la sol
ic
it
ud
primige
ni
a.
Al
res
pect
o,
debe senalarse que el Criterio 01
-1
7 em
it
ido por el enlonces Pleno del
Instit
uto
Federal de Acceso a
la
Información y Protección
de
Datos, y el
cu
al
resu
lt
a
aplicable, dispone
que
es
i
mp
rocedente ampliar las solic
it
udes de acceso a
informaci
ón
pública o datos personales. mediante
el
recurso de revisión, razón por
la c
ual
dichos argume
nt
os
no podrán constituir materia del procedimiento a
sustanciarse ,
ta
l y como se mues
tra
a
co
nti
nuaci
ón:
Es
im
pr
ocede
nt
e a
mpll.r
l
as
sollcltude.
de
acceso
a
información.
a travn
de
la
Inlerl'O"iei6n
de
l recurso d e rev
is
i6n. En términos de los articulo. 155, Iracc lón V II
de
la L
ey
Gene
ra
l
de
Transparencia y
Acceso"
," Inform
aCIÓn
Púb
l.,
a y
16
1, Ifacció n
VII
dela
ley
Federal de Transparencia y
Acceso"
," InformeC
n Publ.,a, e n aque
ll
os
casos en que los
re
rrentes. mediante
s~
recurso de r
eVISió
n,
amplien los alcances
de la
.oIic>usd
de
inlofmac
inba
l, los nuevos conten i
do,
no podrll.n constituir
materia del procedimien
to"
sustanc
ia
rse
por
el Instituto Nac.:mal de Transpare ncia,
Ac~eso
a
la
Inform
acIÓn
y Protección
de
Datos Personales actual izándose
I
~
hipótes is
de improcedenc ia
respe<:>
ti
va
,
.,,"
"",
"
..
. .
..
1 • •
T
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A
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....
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.
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?"'''',
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d.
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....
. "
........
.
Dependencia o Enti
dad
: Secretaria
de
la
Defensa
Na
cional
F
olio
de la
solic
i
tud
: 0000700108619
Expediente: R
RA
492
21
19
Ponente: Rosendoevgueni
Mon
terrey Chepo
...
En relación con lo antenor,
es
Imporlanle des
ta
car que
el
rec
urso de r
ev
isión no fue
disenado para impugnar cuestiones que no lueron objeto de la soliCitud de
infor
ma
Ción
presentada inicialmente, pues de
lo
contrario, tendría que anali
za
rse
dicho recur
so
a
la
luz de argumentos que no fueron del
co
nocimiento del sujeto
ob
ligado y, por consecuen
cia
,
no
fueron
com
prendi
dos
en la resolución que
se
impugna; sin embargo,
no
se
omite senalar que
el
recu
rr
en
te
pu
ede presen
ta
r
un
a
nueva solicitud de acceso a
la
in
f
orm
ación, en donde requiera
lo
descrito en
su
recurso de revisión.
En
consecuencia se
ac
tualiza la causal de Improcedencia establecida en el a
rt
iculo
t61, fracción VII de la Ley Federal de Tra nsparencia y Acceso a la Informa
Ción
Públi
ca
,
en
relaCi
ón con la causal de
so
br
eseimiento establecida en el art iculo
162
,
f
ra
cCión
IV de
la
Cit
ada
Ley
Una
vez admit
id
o a trámite el recurso de
rev
isión, y notif
ic
adas l
as
par
te
s,
la
Secretaria de
la
Defe
rlsa
Na
Clorl
al
, nuevamenle por cOrlducto de
la
Direccn
General de Industria Militar expresó
lo
siguiente :
...
Que con el fin de a
te
nder en sus extremos la inconformidad y en
rmmos del
arliculo 132 de
la
Ley
federa
l de Trans
pa
re
ncia y Acceso a la Información
Pública que establece que
cu
ando
la in
forma
Ción
requerida
ya
esté
disponible
al
público
se
priVilegie
su
entrega en
fOfmat
os
aDierlos: se modifica
la respuesta otorgada de manera micial , a f
in
de proporcionarle la
in
formaci
ón
que
se
encuentra públi
ca
respecto de
la
cantidad de armas comercializadas
a cada
enU
dad federativa , d
el
01 de enero de 2006
al
31 de diciembre de
2018, desagregado por a
l'lo,
Es
tado y tipo de ar
ma
.
...
Que no cuenta con la
In
formación que da cuen
ta
de la mar
ca
los costos, es
decir, en sus
archiVOS
no
obfa
dOCU:'~O~'~O~'~'~9~"~O~O~;~~~~~~~::i~~
en vlrlud de que ello no
at
ri
bU
Cio
nes que realiza esa
con
fundamento
en
el
.~
:;,
O~I
.
~
c:~~~~;~
Acceso a
la
Información Pública, asl como '. i i
Pleno de
es
te Instituto que sellala que no ex
is
te
ob
l
ig
a
ci
ón
de elaborar
document
os
ad
'IOC
para atender las
so
licitudes de acceso a
la
información,
"
'""
....
"
..
..
..
,
...
T.
,
.,p'"''''''
A",.",
...
In/,,~
..
·
;,¡.,.
~.",,,,;,¡.
",
u
..
o.
~""'".".
Dependencia o Entidad: Secretar
ía
de la
Defensa Nacion al
Folio de
la
sol
ici
tud
: 0000700108619
Expediente:
RRA
49
22119
Ponente: Rosendoevgueni
Mon
t
er
rey Chepov
Una
vez
es
tablecido
lo
anterior, es menester seM lar que lo anterior
fue
hecho de
conocimien
to
de
la
parti
cu
lar, a trav
és
de la dirección electrónica que proporcionó
para tales efectos,
En esta
te
situra, por exhaustividad, es preciso i
nd
icar que, en relación
con
el
material documental
que
obra
en
et
expediente y aquel las constancias obtenidas de
la
Plataforma
Na
cio
nal
de
Tra
nsparencia, as i como de los demás
med
i
os
au
torizados como correo electrónico; éstas
se
han desahogado
por
su
pr
opia y
especial
na
tu
raleza como instrumental de actuaciones, por lo que, a efecto de
resolver
lo
que
en
derecho corresponde,
se
va
loran
en
la presente reso
lu
ción de
acuerdo a
la
lógica y
la
experiencia, a fin de que la argumentación y decisi
ón
de
este
In
stituto sea
lo
suficientemente contundente para justificar
la
determinación
adopt
ada
, de manera
co
ngruente con la
li
t
is
pla
nt
eada_
Una
vez expuesto
lo
anterior,
la
resoluci
ón
que nos ocupa tendrá por objeto analizar
la legalidad de la respuesta otorgada
po
r
la
Secretaria de
ta
Defensa Nacional a la
luz del agrav io formul ado por el particular .
lo
an
te
rior, en apego a lo d
is
puesto por
la
ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública y demás
disposiciones aplicabl
es_
Tercero, Asi,
es
me
nester recordar que
si
bien es cierto,
el
sujeto obligado
en
su
re
sp
ue
sta in
dicÓ
que la informac i
ón
requerida, a saber, el mero de armas
comerc
ia
lizadas a cada entidad federativa , desagregado por Estado, año,
ma
r
ca
y tipo de arma (corta o larga) y
co
sto, resultaba ser inform
aCiÓn
clasificada
como reservada, con fundamento
en
el
articulo 110, fracción I
de
la
Ley Fede
ra
l de
T
ra
nsparencia y Acceso a
la
I
nf
orm
aci
ón
Publica, también lo es, que, durante
la
sust
anc
iaci
ón
del recurso de revisión, materia de la presente
re
solución,
proporcionó
al
particular
la
información q
ue
da cuen
ta
de la cant idad de armas
comercializadas a
ca
da entidad federativa, del 01 de enero de 2006
al
31 de
diciembre de 20 18, desagregado
po
r
año,
Es
t
ado
y tipo de arma.
As
imismo, el
su
jeto obtigado expresó que no cuenta con
la
informaci
ón
que da
cuenta de la marca y los c
os
tos
, es decir, en sus arch ivos no obra docum
en
to
alguno que consolide dichos d
at
os, en virtud de que ello
no
resulta ser neces
ar
io
para las funciones y a
tr
ibuciones que reali
za
esa Direc
ción
General de
Industria
Militar, el
lo,
con fundame
nt
o
en
el
artic
ul
o
129
de la
ley
Gener
al
de Transparencia
y Acceso a
la
Información Publica, asi como
el
Cril er
io
03/17 em itido por el Pleno
de
este Insti
tu
to que sellala que
no
existe obligac
n de elabor
ar
documentos
ad
¡¡oc para atender las solici
tu
des
de acceso a
la
informaci
ón,
,."",",';",.;.,,,,,,
...
T"n
.
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..,
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.....
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...
D .
...
1"
....
... .
Dependencia o Entidad: Secre
ta
ria de
la
Defensa Nacional
follo
de la solicitud: 0000700108619
Ellpodiente: RRA 4922119
Ponente: RosendoevQueni Monlerrey Chepov
En ese senliclo. y
Joda
vez que la m(II:lIIicación a
la
respuesta del sujeto obligado no
sallsfa
ce
en
su
integridad la prete nsIón del particular, resulla necesariO
an
alizar la
prO<:edencla>
de esta. con el objeto de determinar
si
el
su
jeto
ob
ligado tiene
obligación o no de conl
ar
con
la
marca y los cosl
OS
de las armas comercializadas
a cada entidad
fe
derativa .
En
ese sentido, para detenninar lo anterior.
es
dable recordar que el sujeto obligado,
~
~~~~~
'
i,~,~,~ro~m~O~'~'~"~'~é~'~d~e
su
respuesta complementaria, seña
I atendió
la
solici
tud
de acceso a la
'"
',"n~<
h exhaustivo en
su
busqueda realizada
para dar a
aS
i, tenem
os
que, en
rel
ación
al
procedimIento que los sujelos obligados deben seguir
cu
ando
se
presenlen
solicitudes de acceso, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Infor
ma
ción
Públi
ca
dispone lo siguiente
ART
ICULO
133 , Las
Unidad
..
de Tran
sp
arencia deberlon ¡¡arant
lu
r
que
In
sol
i
ci
t
ud
....
turnen
a
tod
as
In
" r
us
cOmptl
lent
es
qLJeeLJenten
con la
in
formacIÓn
deban tenerla
o:ie
acuerdo 8 Su, facuKade-s comptltenc",s y f
unciooel
CO(I
el objeto
<:le>
que
reallC$'! une busqueda
UNultNI
y razonable
de
la
información
s.oIoc,tada
ART
ICULO
13'
,
la
Unidad
de
Tr
a
n_ene
..
serA
el
vinculo
en",
"llu¡e1o
obh¡¡ado y
el
e.oIicJtante,
yl
q~e
es
la ,esponsablll
de
hat:/tr
las
notifieaco:>nes a que
..
reliere esta
ley
A.demAl, deDet'A llevar a
caoo
todal
11.
¡¡Mllonas
nacesar",.
CO(I
el 1u¡el0 obIi¡¡ado
a
ron
de flcil,.¡¡,
..
accelW a la tnform3(:lt)n
ARTICULO 135.
La
respuesta a la
sol>c
,t
ud
detlefil ser notificada al inte ,esado en
el
mel'lOl tiempo pos iblll que no podrA
8
~
Cede
,
o:ie
veinte
dial,
contaoo.
a
part"
<:ie>
l
dia
SogU""nt8 a la
P
de
aquéltIJ
El el plazo refando en el pAlTlIfo anterior podrA
ampl",r"
hasta por
dou
di"
.....
loernr:w- y
cuando
.......
n razones
funo;Iada$
y
moI"'adel
.s
cuaIe,
deber;m _ .prObadas por el
Comrt'
de
Transparencia. med ..... l
••
ItffiIsoón
de
una
reso/uclOo
Que
deber,
notficar5fl al soIo;¡1lnte
Inles
<:le>
su
venCImiento
ART
iCULO
136.
El
acceso
se
dar.
en
la
modahdltd
de
entrega Y.
en
su
CIIW, de
.""io
eie-glÓOs
por ellOlocilam" Cuando lo ,nformac
lÓn
no pueda entrega
..
" O
.nvra
..
e en
la
modal,dad elegida, el su¡elO ob li
gado
o:iebe'8
of'ece,
01
'. u otras modalidades
de
ent' ega En cualqu.er caso se deberé luneta' y moIlV8r
la
neceSIdad
o.
of'ecer
otras
mod~l"'ade.
l."
"
...
N.
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1'''''P'«'''''''
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r
p"",
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o
.,.
,.
,
~
,
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Dependencia o Entidad: SecretarIa de la
De
fensa Nacion
al
Folio de la
solic
itu
d: 0000700 108619
Ex
pe
diente: RRA 4922/
19
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
De
l
os
articulas anter
io
rm
e
nt
e transcr
it
os,
se
advierte que son las Unidades de
Transparencia las que deben turnar las
solicitudes
a todas las áreas
competentes que tengan o puedan tener
la
inf
or
maci
ón
requeri
da
por un particular,
de
acuerdo a sus facultades, competencias y funciones,
con
el objeto de que
realicen una búsqueda exhaust i
va
y
ra
zonable de la
in
formación sol ic
it
ada,
En
las ano
ta
das condiciones , dich
as
un
id
ades son el v inculo entre el sujeto obligado
y
el
solicitant
e,
ya
que son las respo nsabl
es
de hacer las notificaciones y de llevar
a cabo todas las gestiones necesarias con el objeto de facilitar el acceso a
la
información.
Asi, se tiene que posteriormente
de
haber
rea
lizado las gestiones
ne
cesarias. a
efecto de facili
ta
r el acceso a
la
información al particular,
la
respuesta a la solicitud
debe ser noti
fi
cada
en
un
plazo
qu
e
no
podrá exceder los veinte días
co
nt
ados a
p
art
ir
de
l dia siguiente
al
de
la presentación de
la
solicit
ud.
En
ese
orden de idea
s,
el
plazo de
ve
in
te
dias podrá amplIarse has
ta
por
di
ez dias
más. siempre y
cu
ando exis
ta
n
razo
nes fundadas y mollvadas y el acceso se dará
en
la modalid
ad
de entr
ega
y envio, elegidos por el reqUIren te.
En
esa
tes
it
ura,
y una vez precisado el procedimiento de búsqueda y de entrega de
informaci
ón
que deben realizar los sujelos obligados, es necesario analiza r el m
ar
co
no
r
ma
ti
vo
que rige
al
sujeto obligado,
en
relación
co
n
el
te
ma
de
la
solicit
ud
de
acc
eso a la informaci
ón
Para ello. es
me
nester
ser'la
l
ar
que
el Reg lamento del InstItuto de Administración y
Avalúos de
Bi
enes
Na
cion
al
es
establece lo si
gu
i
en
te
Al
respecto, resulta conveniente prec
is
ar que
el
Reglamento Interior de
la
Secreta
ría
de
la
Defensa Nacional', sel'iala
lo
siguiente:
ARTiCU
LO
7. Pa ra
Su
fuflCionamiento, ta
See
retaria se Integra con
VU
. Olrecciones
c;..,
nerales
ARTICULO 42, Correspon(!en a la
Dirección
General
do
Material
es
de
Guer
ra
tas
atribuciones siguien
tes
1.""_
N
",;'
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k,
Oependencia o E
nt
idad: Secretaria de la
De
re
nsa
Na
cional
Fol
io
de la solicitud: 0000700108619
Expedien t
e:
RRA 4922119
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
L
Planear
, orll'lnlZ8r d'"llll y controlar
IN
KlIIIKladH para
NI~I
'
acer
las_idadM
de
mal"''''
de
gue"a
de
la
Secretari,
por
rntdoO del
~
jk,,,,:o
y IIdmrnlltratlYO
11
. Coordina' la etaborac,i>n
de
las nor
.....
de
recepCl6n
del
mltena!
de
g>JelTa
term.:lado, p,ocedente
de
la
Orre<:clo>
Gen.ral
de
Ind""tria
MM¡¡,.
de
la
¡1Id"11'''''
,MI o
d
et
extranjer
o:
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rn
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el armamento, munlClO!"lel. explollVr».
ingeNos
de
combate y m
ate<
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c""'''m''nto
de
su.
f
urIC"'''''''
.
VI
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Mal_lIz
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y
'Upervl18'
el
'NmunrelOnamiento anual
de
las unidades.
dependellClas.
'I\II'alaClone. det
E;&n::rIO
y Fuerza
""lea.
ARTi
cULO
5lI,. Corresponden a la
Ot
r
tc
c;lón
G.ner~
1
de
Admlnl.trlclOn
las
atribucrones
ligurenles
LC
oordlnar I0Il trabaios técn
lCOI
d
&l
anl8j)rO)'ecto de presupues to
.•
11
como
ej
ercer.
controlar y evaluar et gasto público aprobaclo para la Secre
ta
,i
•• de conformidad con
las dospol.lCionel legales aplicables.
11
1.
Adqu","
101
requenrruentos
de
~
Y
.....
ICIOS
para
sallsh,eer
Iaf
_odades
de
....
da
Y operaeión de
la
Sec,etaria
de
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normatl\lldilld
"'IiI"n
te.
v,
Llevar I cabO la contabilKlad y giose del presupuesto
an
ual
di
~
Sec,..,terla y
ejecutar la audltorla en
asunlr»
d
IU
competencia
VII. CoordInar et entero a la
TesOleft,
de
la FederaclÓ!1. y recuperación via
presupuesto.
de
101
recu,-,os que
se
ootengan por concepIo
de
derechos. productos y
aprovechlm
oentOll
par
servICIOS
que
PI
..
te
la Secretaria.
IX
. Controla, y mantene, al
comente
la
ntlldll
t
oca
mll
fta
r
de
lB
Drreccron
ARTICULO 66,
COI
respenden a la
pl
r'
eGlÓ
n
Goner~1
de
Indullrl.
lllar
las
atribueron"
sogulent
e.
1, Proclue •• ensembla' y mantener el material
de
guerra. maquinaria.
vehlculol
mil
ita'e
s
y
demH
equipo ,
ndultnaly
milrtar
necel8"OI
para la s
egulidlld
y
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nacoor.ale1;
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Dependencia o Entidad:
Se
cretaria de
la
Defensa Nacional
Folio de
la
so
l
icitu
d: 0000700108619
Expedien
te
: RRA 4
922119
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey
Ch
epov
VI. Prod...clr y
adqU
irir armas, mumcrone
s.
explo
SIvos
. art
f>
i
Os,
material y
eq
uipo
conexo. regulados
po
r
I
~
L
ey
Federal
de
Armas de Fuego y Exptosiv
os
. para su
enajenacIÓn;
12,- a la
l.
U
e~a
r
el Reg is
uo
Federal
Oe
A
rm
as
de Fuego:
IV. l
le
. ar a cabo el
CO!ll
rol y
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a
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de
l
as
actividades y operaciones Indust
ria
le
s y
comerciales
Que
se
realicen c
on
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a,
. munic,ones
e" plos¡~o
s.
artific
IO
S y sus\ancias
qu
lm
>cas
.
V. Olorgar , neg ar. modi
fIC
ar.
su
spender O cancelar pe rm,sos para fab
r>C8
r.
co
mercializa
r.
im
ponar. e"portar. a
lm
acenar. re parar, t
ra
nsportar. y realiza, cua lqUIer
ot
ra
ac
tiv
Odad
u
Ope
f3ción i
nd
ustr
ia
l O come
ma
l.
CO!l
los articulos siguient
e,
'
A,
Armas, m unicion
es
y S
u.
componentes.
XV. Promo
.e
r el cumplimiento
de
la Ley Federal de Afmas de Fuego y
E~plos
i
v
.
y su
Reglamento. para el control en
la
poseSIÓn
y
por1aclÓn
de
los elect
os
regulados por
dI
Chos
Or
denamient
OS
.
cu
ando
és
t
os
Se
an aseg urados
po
r
In
fraccIones a la
M rmalividad ap
hc
able.
XVI
I.
Ma
nejar la
in
f
ormacIÓ
n
es
tadistica relatr;a a las
3Ct
i
.,
oade.
es
tatliecld
as
en la
Ley Federal de Armas
de
F
ue
go y Exp l
O$
lv
OS
y
su
Reg
la
mento
XIX. Promover el desarrollo tecnológico
de
la s,stematizaclÓn
de
lo
s datos de
".ados
del conlrol y feg'stro de ar
maS
de fuego , mun
lCio
ne$. ex
plo
sivos y pirotecnIa
De
l
os
preceptos legales citados
con
antelacn. se
des
prende que la Secr
et
ar
ia de
la
Oefensa Nacional
cu
enta
con
di
ve
r
sas
un
idades
ad
mtnlstr
at
ivas que la auxili
an
en el
ej
ercic
io
de
sus
facultades. entre l
as
qu
e destacan. las sig
ui
entes:
'
.'
Dirección
Ge
ne
ra
l de Materiales de Guerra: se ocupa de planear. organizar.
dirigir y controlar las actividades para satis
fa
cer
la
s necesidades de
ma
t
er
ial de
guerra
de
la Secrelaria. por medio del apoyo técnico y admintstrativo: coordinar
la
el
aboracn de las normas
de
recepción del rnat
er
i
al
de guerra terminado .
pro
ce
dente de la Dirección General de Indust
ri
a
Mi
litar. de la industria civil o del
extranje
ro;
administrar
el
a
rm
amento. m
un
iciones, explosiv
os
, ingenios de
23
,,,,,
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I'<...->
..
.
Dependencia o Entidad : Secretaria de
la
Defensa Nacional
Folio de la
so
lic
itud
: 0000700108619
Expediente: RRA 4922119
Ponent
o:
Rosendoev9ueni Monterrey Chepov
combate y matellal de 9uerra de la Secretaria, para
el
cumplimiento de sus
funciones. y maleriallZar y supervIsar el
re
amunicionamiento anual de las
unidades. dependencIas e
Ins
talaciones del Ejército y Fuer:ta Aérea .
:.
se encarga de coordinar los trabajos
. asl como ejercer, controlar y evaluar
gasto aprobado para
la
i de conformi
dad
con
l
as
disposiciones legales
ap
licabl
es;
adquirir los requerimientos de bienes y
servicios para satisfacer las necesidades de vida y operación de
la
Secrelaria.
de
conformidad con
la
normatividad vigente: llevar a cabo
la
conlabllidad y glosa
del presupuesto anual de
la
Secretaria y ejecutar la audltoria en asuntos de su
competencia. coordinar el entero a
la
lesorerla de
la
Federación, y
recuperación via presupuesto, de los recursos que se obtengan por conceplo
de derectlos, productos y aprovechamientos. por servicios que preste
la
Secretaria. y controlar y mantener
al
comente
la
estadlstica militar de
la
Direcci6n .
:.
Di
re
cción
General de I
ndustria
Militar: se encarga de producir, ens
am
blar y
m
an
tener el material de guerra. maqUinaria, vehrculos mili
ta
res y demás equipo
industrial y mlhtar necesarios para
la
seguridad y defensa nacionales. y producir
y adquirir armas mUniciones.
exploSIVOS.
artificios.
ma
teflal y equipo conexo.
regulados por
la
Federal de Armas de Fuego y Explosivos. para su
enajenacIón
':
. Dire
cción
General del Registro
Fe
deral de Armas do Fuego V Co
ntr
ol
de
Explosi
vos
: es responsable de llev
ar
el
Registro Federal de Armas de Fuego;
llevar a cabo el control y vigi
la
ncia de las actividades y operaciones indus
tr
iales
y comerciales que se realicen con armas: ot
org
a
r.
negar. modificar. suspender
o C3ll(;elar permI
SOS
para fabocar , comercialIzar, importar, exporlar. almacenar.
reparar, transporlar. y realizar cualqUier otra actividad u operación industrial o
comercia
l.
de a
rm
as.
mUniCIones
y sus componentes; promover el cumplimiento
de
la
Federal de Armas de Fuego y Explosivos. y su Reglamento. para el
control
en
la
posesión y portaclón de los efectos regulados por dichos
ordenamientos , cuando éstos sean asegurados por infracciones a
la
normativí
dad
aplicabl
e;
manejar la
in
f
orm
ación estadística r
el
ativa a las
actividades establecidas en la
ley
Federal de Armas de Fuego y E
xp
losivos, y
su Reglamento. y promover
et
desarrollo tecnológico de
la
sistematización de
los datos derivados de! contlol y
regIS
t
ro
de armas
de
fuego. municiones,
explosiyoS y pllotecnra.
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Dependencia o
Ent
idad
: Secretar ia de la
De
fensa Nacional
Folio de la
sol
ic
itud
: 0000700108619
Expedien te: RRA 4922119
Ponente : Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Asl, del a
lisis
re
al
izado al marco norma tivo que rige al
sUje
to obligado, y con forme
a las cons
ta
ncias que obran en el expediente que al rubro se sefiala, se tiene que.
si
bien
es
cierto,
la
Un
id
ad de Transparen
cia
de la Secreta
ri
a de
la
De
fensa Nacional
t la solicitud de acceso a
la
info
rmaCión
a la Dire
cción
General de I
ndu
s
tr
ia
, también lo es, que l
ue
om
iso en turnar el requerimiento del particular a la
I a
la
Por
lo
cual. se colige. que el sujeto obligadO no se apea lo dispuesto en la
le
y
Federal de Transparencia y Acceso a
la
In
formación Pública, en tanto que,
aun
tenie
ndO
fa
cultades para
at
ender l
os
req
ue
ri
mientos
de
méri
to
. confo
rm
e
al
tema de
la
so
licitud, no f
ue
exhaustivo
al
tu
rn
ar
a todas las
un
idades que pudieran resultar
competentes para conocer de la información requerida.
Entonces, se tiene, que
el
sujeto oblig ado no obedeció a
lo
establecido en
la
ley de
la
ma
leria, en tanto que para dar respuesta no fue exha uslivo
al
turnar a lodas las
Unidades que pudieran resultar competentes para conocer de
la
Información
requerida, conforme alterna de
la
solicilud,
ya
que si bien es
Cierto,
turnó
la
solicitud
.,
,
" ,
conocer, y, en
su
caso. i soliCitado, por lo que la
búsqueda de
la
información por parte unidad no fue exhaustiva.
Aunado a
lo
ante
ri
or
, conviene sefialar que de conformidad con
el
Decreto
presidencial publicado en el Diario Oficial de
la
Federación
el
11
de abril de 19952,
se
co
nfirió a
la
entonces Dirección General de Fábricas de la Defensa
Na
cional, hoy
en
dia Direccn General do Industria
Milit
ar,
la
at
ribución de enajenar,
i
mportar
y 8l!portar, armas de l uego, municio
ne
s y
explos
iv
os . asl como
los
demás objetos regulados por
la
ley de la matena, para
alenc
ión de
los
cuer
pos
de seg
uridad
púb
lica y
pri
vada, c
lu
bes
ci
negétic
os
y
perso
nas l
is
lca s
que
cubran l
os
requ
isit
os es tablecidos en las leyes y r
eglamento
s
apli
c
ab
les, sin
perseg
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fines de lu
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...
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ASí pues.
la
dependiente
Dependencia o Entidad: Secretaria de
la
Defensa Nacional
Folio de la
solicitud
: 0000700108619
Expediente: R
RA
4922/19
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
encargada de llevar a armas fU090, munidones
y demás objet
os
regulad
os
por la ley federal de armas de fuego y e
xp
losivos. en
atención de
lo
s cuerp
os
de seguridad
públi
ca y privada,
clubes
cinegét
icos
y
personas sicas que cubran
lo
s
requisit
os
es
tablecidos en las leyes y
reglamentos apl
íc
ablesJ
En
relación con
lo
anterior,
se
~C~'~d~'~"~'~'~I~"~'~'
~
'~"~I
'
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'~I
~~~'
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n
ic
a
del sujeto
,
el
Catalogo de Armas
al
08
publicado por
la
Dirección
se
un
para pronta
:
hrtpo
l _
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goII_
...
.,_1OIUt'
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Dependencia o Entidad:
Se
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De
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Fol
io
de
la
s
olic
itud
: 0000700108619
Expediente:
RRA
4
922119
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
,.:cllt,
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I
---
Como se observa , en ta pllgina del sujeto
obligad
o se puede
cons
u
ltar
la
existencia de armas para venta
al
públic
o.
según su clasificació n, ca libre,
marca, modelo,
descripción
y precio,
As
imismo. en la m
is
ma págin a se establecen los procedimi
en
tos
para adquirir las
arm
as, y los requisitos para
el
person
al
civil y militar5:
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Depe
nd
encia o
En
ti
dad
: Secre
ta
ri
a de la
Defensa Nacional
Follo
de la
so
lic
itud: 0000700108619
Expediente: RRA 4
92
2119
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
accesorios,
armas
de fuego
'1
municione
s con fmes cinegéticos,
deportiv
os y
pr
otección
de
dom
icilio.
-
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rO( ] 1
'l("1;¡I V
Ir
De
acuerdo con
lo
a
nt
erior, es posible desprend
er
que
el
particular requiere
cono<:er>
el
númer
o de
ar
ma
s
co
mercializadas a cada entidad federativa, desagregado
por Es
ta
do, al\o, marca, llpo de arma y
costo
, del 2006 al 2018: sin embargo, el
sujeto obligado refirió que no cuenta con dichos datos,
yen
ese sentido, se eSllma
que
el
sujelo obligado
sr
cuenta con la información con el niv
el
de desglose
requerido. en
dOn
de se ubiquen los datos correspondienles a la marca y al
COS
IO de
la
arma comercializ
ada
a cada enhdad federativa del 2006
al
2018.
En
suma. dentro de los
re
qUisitos para
adq
Uirir
a
rm
as se encuentra el de contar
con
permiso orig inal y vigente, a
co
mo original del
comp
robante de pago de
der
echos
por
concep
to de
registr
o de arma ,
uno
por
cada armal,
ra
zón por la
cual se estima que el
sUj
eto obligado debe conocer sobre la cantidad de armas que
vende por
ma
r
ca
, y su coslo,
ya
que previamente se deben de regis
tr
ar cada una
de las a
rm
as come
rci
alizadas
En
ese sentid
o,
y t
eda
vez que
es
te
InSllluto advirtió que,
si
bien
es
ci
erto, la
información
req
ueflda por el pa
rt
i
cu
l
ar
es
públic
a,
también lo es que
el
sujeto
obligado si cuenta con
la
mis
ma
co
n
el
nivel de desagregación requerido por el
peticionario,
el
agravio del particu
la
r deviene en
FU
NDAD
O.
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Dependenc
ia
o Entidad: Secretaria de
la
Defensa Nacional
f o
lio
de
la
so
l
icitud:
0000700108619
Expediente: RRA 4922119
Ponente: Rosendoevgue
ni
MOflterrey Chepov
Po
r taflt
o,
este Iflstitulo determi
fl
a
que
lo procedente es REVOCAR
la
respuesta de
la
Secretaría de
la
De
fensa Nac ional.
le
i a efec
to
de que reali
ce
una
búsqueda , y
,
particular, para eflero de 2006
al
31
de
diciembre de 2018, el
mero
de
armas com ercia l
iladas
a cada entidad federativ
a,
desagregado por Estado, ailo, marca, tipo de arma, asl c
om
o su
costo
En
relación a
lo
anterior, y
toda
vel
que
en la solicit
ud
de acceso se sei'ialó como
modali
dad
prefere
nt
e: ·Plataforma
Nac
ional de Tra nspa
re
rlc
,a', y ello
ya
no es
pos
ible. el sujeto oblig
ad
o deberá entregar
la in
formación referida a l recurren
te
, a
través de l medio que sena para
ta
l
es
electos o bien,
po
nerla a
su
disposición
en
un sitio de Interne
t,
y comunicar a este últi
mo
los da
to
s que
le
permitan acceder a
la
misma.
Lo
anterior, de conformid
ad
co
n lo
es
ta
blecido
en
el articulo
132
de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a ta Información Públic a
No
p
asa
desapercibido para esle Inst ituto que el recur
re
nt
e so
li
Citó a este Instituto
da
r vista
al
Órgano Interno de Control del sujeto oblig
ad
o y de este Institu
to,
respectivamente, por l
as
infracciones cometidas a la
Le
y
en
la materia por parte de
la Secretaría de
la
De
fensa Naciona
l.
En
ese
sentido, es de señala r que, de la observancia a las cau
sa
les de sanci
ón
, por
incumplimiento a las obligaciones establecidas en el articulo 186, de
la
Ley
en la
materi
a,
no
se advi
rt
que alguna de ellas encuadre
co
n el actuar del sujeto
obligado
en
la
atenci
ón
a
la
a solic
it
ud
de
información q
ue
nos ocupa, por lo
que
este Instituto considera
que
no
es
pr
ocede
nt
e dar vista al Órgano Inte
rn
o de
Con
t
ro
l
de la Secretaria de la Defensa Nacional o
su
eq
uivalente
Por
lo
expuesto y fundado, este Pleno:
RE
SUELVE
PR
IM
ERO. Por las
ralo
nes expuestas en
el
considera ndo Segundo y
co
n
fundamento en
lo
que establece
el
articulo
162
, fracción IV de la
Le
y
Fe
deral de
Tra
nsparencia y Acceso a la Información
bli
ca
. se SOBRESEE
en
parte
el
prese
nt
e recurso de revisión.
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1,
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D._h-.
Dependencia o Entidad: Secreta
ría
de la
Defensa
NaCIOnal
F
olio
de
la
solic
itud
: 0000700108619
Exped
ie
nt
e: RRA 4922/19
Po
ncnl
e:
Rosendoevgucni Monter
rey
Chepov
SEGUND
O.
Por las razones expuestas en el Considerando Tercero
de
la
presente
resoluci6n. y con
fu
nd
amento
en
lo que establece
el
articulo 157, fracción III de la
Ley
Federal de Transpa
re
nCia
y Acceso a
la
In
formaci6n Publica,
se
REVOCA
la
respuesta emilida por el s
Ujeto
oblig
ad
o
TERCERO. Se instruye al
sU
lel0 obligado para que. en un plazo
no
mayor de diez
dias hábiles, contados a panir del dia hábil siguiente al de
su
notifICación. cumpla
con lo ordenado en
la
presente resolución e informe a
es
te Instituto las acciones
i
mp
lementadas para
ta
les efectos, de conformidad con lo dispuesto en
el
articulo
159, párrafo segundo. de
la
Ley
Fe
deral de Transparencia y Acceso a
la
Información
Publica.
CUARTO. Se
ha
ce
del con
OClmtento
del sujeto obligado que. en caso de
incumplimiento,
se
procederá en términos de lo previsto en los articulos
201
y 206,
fracción XV de
la
Ley
General de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública .
en
re
lación
con
l
os
artiClllos
174
y lB6. fracci6n XV de la
Ley
Federal de
Transparencia y Acceso a
la
Informaci6n Pública.
QU
INTO. Se instruye a la Secretaria
Técl1Ica
del Pleno, para que a través de la
Direcci
ón
General de Cumplimientos y Responsabilidades de este Instituto.
verifique que el sUjeto obligado cumpla con
la
presente resolución y el
seguimiento que corresponda. con fundamento en los articulos 41. fracci6n
XI
, 153,
197 Y 198 de
la
Ley
General de Transparencia y Acceso a
la
Informaci6n Pública,
en relación con
lo
dispu
es
to en l
os
articulos 21. fracción XXIV, 159. 169, 170 Y
171
de
la
Ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
In
formación Pública.
SEXTO. Se hace del
conOCl
mtento de la
lo
currente que, en caso de encontrarse
insatisfecho con
la
presente resolucl6n le asiste
el
derecho do impugnarla ante el
Poder Judicial de
1<1
Federación, con fundamento en
lo
previsto en
el
primer párrafo
del art iculo
158
de la
Ley
General
de
Transparencia y Acceso a
la
In
formaci6n
Publica y 185
de
la
Ley
Fed
eral de Transparencia y Acceso a
la
In
formación Pub lica
SÉPTIMO. Con fundamento en los artlculos
159
y 163 de
la
Ley Federal de
Transparen
Ci
a y Acceso a la InformaCión Publica. notifiquese
la
presente resoluc,ón
al
recurrente en
la
dirección sellalada para tales efect
os
, y mediante la Platarorma
Nacional de Transparencia. al Comité
de
Transparencia del
Bujeto
obligado por
conducto de
su
Unidad de Transparencia
1""""",
N
"'">n"
.,
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'P·W",,''.
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Dependencia o
Ent
idad: Secretar
ia
de la
Defensa Nacional
Folio de
la
solicitud
: 00007001 08619
Expediente: R
RA
4922/19
Ponente: Rose
nd
oe
vg
ue
ni
Mon
terrey Chepov
OCTAVO.
Se
pone a disposición de
la
recurrente para
su
atenci
ón
el
teléfono 01
800 (835 4
32
4) Y el correo electrónico para que comunique a este Instit
uto
sobre
cua
lquier incumplimiento a
la
presente resoluc i
ón
.
NOVEN
O.
Hágase l
as
anotaciones correspondient es en los registros respectivos.
Así
, por unanimidad. lo resolvieron y firman los Comisionados d
el
In
stituto
Na
cional
de
Transparencia. Acceso a
la
Informaci
ón
y Protección de Datos Perso
nal
es
,
Fra
ncisco Javier
AC(
l
ña
Llamas (voto
pa
rticular). Osea r Mauflcio Guerra For
d,
Blanca Li
lia
Ibarra Cadena, Josefi
na
Román Vergara y Jo
el
Salas Suárez,
presentado por
el
primero de los mencionados.
en
se
Si
ón celebrada el tres de julio
de dos m
il
diecinue
ve,
ante Hugo Ale '
ro
Córdo Diaz, Secretario Técnico del
Pl
eno.
"
'"m;:~:~J~,::,~;~.
;
r
Acuña Llamas
'/
Presidente
ndr
~
Oial'
Secretario Técni
co
del
Pleno
Comisionada
Jocl Salas Suár
;:'
C~
dO
Voto
particu
l
ar
del
Comisionado
Fr
anc
is
co
Jav
ier
Acuña
Llamas
el
aborado
con
fundamento
en
el a
rticulo
18 fracciones Xli y
XV
del Esta
tuto
Organlco del
Ins
titut
o Nacional de Trans
par
encia ,
Ac
ceso
a la
Inf
orm
ación y
Prot
ección de
Datos Personales, respecto de la resoluci
ón
del recurso
de
revi
sió
n
numero
RRA 4922/
19
a cargo del Com
isio
nado Rosen
doevgueni
Monterrey Chepov,
I
nt
erp
uesto en
co
ntra de
la
Secretaria de la Defens a
Na
cional, votado en la
sesión del Pleno del
03
de
julio
de
2019.
1.
PLANTEAMIENTO DEL CA
SO
Y SENTIDO DEL VOTO PARTICULAR.
En el recul"fio de revisión número RRA 4922/19, interpues lo
en
conlra de
la
Secretar
ia
de la
De
fensa
Na
cio
nal, derivado de la respuesta brindada por ese
sujeto obligado a la solicitud
de
acceso a la información
de
folio número
0000700108619, en la
qu
e
se
requirió, para el perio
do
qu
e
comprende
del
01
de
enero de 2006 al 31 de diciembre de 2018, el
numero
de armas comercializadas
a
uda
e
nt
idad federativa, desagregado
por
Estado
,
año
,
mar
ca y tipo de arma
(corta o larga), asi
como
su
costo
.
En
este sentido, la Secretaria de
la
Defensa Nac
io
nal, por conducto
de
la
Dirección General de Indus
tr
ia Mi1ltar. comunicó que
la in
formación solicit
ad
a
resulta ser clasifi ca
da
como reservada,
con
fundament
o en el articulo 110,
fr
acción I de la L
ey
Fede
ral
de Tran
spare
ncia
y A
cces
o a la
Información
Pública.
Inconforme con
lo
anterklr. el panicular presen
su
recurso de revisión ante este
Instituto, mediante el cual
e
~
presó
su
agravio en contra
de
la reserva aludida por la
Secretaria de la Defensa Nacional
en
relación con
la in
formación solicitada.
Posteriormente, en
vi
a de alegatos. el sujeto obligado por conducto de la
Dir
ecc
ión
General de I
ndustria
Militar
e~presó
lo siguiente:
Cue con el
fin
de atender en sus enremos
la
inconformid ad y en términos del
articulo 132 de
la
Ley Federal
de
Transparancia y
Acws
o a
la
In
formación
Publica
qu
e estab
le
ce
que
cu
ando
la in
formación requerida
ya
esdisponible
al publico se privilegie su
en
t
reg
a
en
formatos abiertos;
se
m
od
ificó
la
respuesta otorgada
de
manera inicial al
pa
rt
icular, a fin de proporcionarle la
información que
se
encuentra publica respecto de la cantidad de armas
co
mercializadas a c3d3 entid3d feder3
tiv
a.
del
01
de enero
de
2006
al
31
de diciembre
de
2018, desagregado por ano, Estado y tipo de arma.
Asimismo seflaló, no tener
en
sus archivos la información que da cuenta de la
marca y los costos,
es
decir, en sus archivos no obra documento alguno que
consolide dichos datos,
en
virtud de que ello no resulta ser necesario las
funciones y atribuciones que realiza esa
M
ilitar
, ello , con fundamento en el i
Transparencia y Acceso a
/a
Información Pr.iblica, asl como i
\.
emitido por el Pleno
de
este Instituto que senala que no existe obligación de V
1
elaborar documentos ad
hoc
para atender las solicitudes de acceso a
la
información.
En
ese sentido, el Pleno de este
In
stituto determinó procedente REVOCAR la
respuesta de la Secretaria de la Defensa Nacional, y
le
instruy
ó a efecto de que
realice una busqueda e
xh
austiva, nuevamente
en
la
Dirección General de Industria
Militar, y por primera vez en
la
Dirección General de Materiales de Guerra,
en
la
Dirección General de Administración y en
la
Dirección General del Registro Federal
de Armas de Fuego y Control de Explosivos, a efecto de localizar y proporcionar
al
particular, para el periodo que comprende del
01
de enero de 2006 al
31
de
diciembre de
20
18
, el número de armas comercializadas a cada entidad federativa,
desagregado por Estado, ano, marca, tipo de arma, así como
su
costo.
Sin embargo, no
coincido
con
la
totalidad del sentido de la resolución presentada
y
la
instrucción realizada a
la
Secretaria do la Defensa Nacional. Lo anterior,
en
tanto que el suscrito considera que debió hacerse una distinción
en
la información
requerida y no instruirse a
la
entrega de
la
marca de las armas.
Es
por tanto que me permito emitir el presente VOTO PARTICULAR, al no compartir
los argumentos por los cuales
se
instruyó al sujeto obligado a entregar
la
marca de
las armas comercializadas a las entid
ad
es federativas,
11.
ARGUMENTOS QUE SUSTENTAN EL VOTO PARTICULAR.
En primer término, debe decirse que
la
información de la
cu
al
se
ordena
su
en
trega,
refiere a las armas comercializadas a las Entidades Federativas, de
la
cual
se
solicita
la
mar
ca.
Así, de acuerdo con el artículo
37
de
la
Ley Federal
de
Armas de Fuego y
Explosivos,
se
desprende que es facultad exclusiva del Presidente de
la
República
au
torizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas.
El
control y vigilancia
de las actividades y operaciones industriales y comerc
ia
les que
se
realicen con
armas, municiones, explosivos, artifici
os
y substancias química
s,
será hecho por
la
Secretaría do
la
Defensa Nacional. Las dependencias
of
icial
es
y los
org
anismos
públicos federales que rea licen estas actividades, se sujetarán a las disposiciones
legal
es
que las regulen .
En ese tenor, a
la
Secre
tar
ia de la Defensa Nacional
le
corresponde regular,
controlar y vigilar
la
adquisición de armas y municiones por parte de las entidades
federati
vas
.
En
atención a lo anterior,
se
desprende que, en el caso concret
o,
al proporcionar la
informaci
ón
al nivel de desglose requerido por el particular, se podría dejar
en
evidenc
ia
el
tipo de arma que
es
adquirido por los cuerpos de segurid
ad
pública.
Es decir,
en
el caso concret
o,
al proporcionar la marca de las a
rm
as
comercializadas a las entidades federativas, daria cuen ta de la capacid
ad
de V
2
reacción de las corporaciones policiales de seguridad publica ante una situación
delerminada, al revelar
su
eslado de fuerza de armamenlo.
Lo anterior, ya que la difusión de
la
información revelaria a detalle las caracterlsticas
técnicas de las armas adquirid
as
por los Gobiernos de las enUdades federativas.
quienes a
su
vez las destinan a sus corporaciones de seguridad publica, de las que
dependen los diversos cuerpos policiales estatales para preservar
la
seguridad
públi
ca,
vulnerando
la
seguridad y vida de los elementos que los integran, asl como
su
capacid
ad
de reacción
en
el desempel'io de sus funciones.
Por
lo
anterior, cabe sel'ialar que
la
fracción I del articulo 110 de
la
Ley Federal
de
Transparencia y Acceso 8
18
IlIformación Pública, prevé que como información
reservada, podrá clasificarse aquélla que comprometa la seguridad nacional. la
seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y un
efecto demostrable.
En esos términos, los bienes que protege la
seguridad
publi
ca, lo
so
n el po
ner
en peli
gr
o las
fun
cion
es
a cargo de
la
Federac ión ,
ta
Ciudad
de
México, los
Estados y los Municipios. tendientes a preservar y resguardar
la
vida, la salud, la
integridad y el ejercicio de los derechos de las personas.
as
l
co
mo
el
mant
e
nimi
e
nt
o
del
ord
en
publi
co
.
Al respecto, conviene indicar que por ostado de fuerza se debe entender
la
apt
it
ud
mediante
la
cual el Estado ejerce el monopolio legitimo de
la
coacción con
el
fin
de
prevenir y perseguir 105 delitos: por lo que dar a conocer información referente a
dicho monopolio,
se
traduce
en
menoscabar
la
aptitud para resguardar
la
segurid
ad
publica . Lo anterior es asl,
ya
que el estado de fuerza está conformado por diversos
elementos que en conjunto Iienen como objetivo el resguardo
de
la paz publica.
Por lo anterior. considero que el dar a conocer
la
marc
a
de
las armas
comercializadas a las entidades federativas. daría cuenta de la capacidad de
reacción de las corporaciones de seguridad estatales ante una situación
determ
in
ada,
lo
que revelarla
el
estado de fuerza de dichas corporaciones.
vulnerando
su
estructura anle posibl
es
ataques.
Dicho de otro modo.
al
dar a conocer la información requerida, conllevada a afectar
la capacidad de reacción de las corporaciones de seguridad.
en
caso de que la
delincuencia decidie
ra
actuar
en
contra de
su
personal, toda vez que contarlan con
la
información suficiente para hacerlo, derivado de que se podrlan estimar los
medios de que disponen para el desarrollo de las funciones que tienen
encomendadas y su capacidad de reacción.
Por tanto, es que efectivamente dar a cooocer
la in
fo
rmaciÓfl peticionada por el
particular, en
la
que se inclu
ya
la
mar
c
il
de las armas, conllevarla a obstaculizar las
operaciones realizadas para
la
salvaguarda de
la
seguridad de la ciudanla de las
entidades federativa
s,
de conformidad con lo dispuesto en el articulo 110, fracción
I de la Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública.
3
111.
CO
NCLUSiÓN,
En
este orden de ideas,
ye
n virtud
de
l
os
razonam
ie
ntos vertidos con
an
terioridad ,
es que formulo el presen te voto particular, e
)(p
oniendo
mi
disenso par
ci
al
con
la
determinación
ad
optada por
la
mayorla de m
is
colegas
in
tegrantes del Pleno
de
este
Instituto en la resolución de mérito ,
ya
que
con
pleno sustento en el analisis jurldico
realizado, no comparto la apertura de la to
ta
lidad de
la
información ; en virtud de que
la información conslslente en
la
milrcil
de las armas comercializadas por
Se
cr
e
tar
ia
de !iI Dcfcnsil Nilcl
onill
,
es
in
formación que permite est
im
ar el estado de fuerza
de
l
as
corporaciones de seguridad: por tanto, el
ana
lisis desarrollado para revocar
la
clasificación
de
la
totalidad de información, invocada por el sujeto oblig
ad
o es
inaplicable al punto
en
co
ncreto
y,
como
co
nsecuencia de ello, me
veo
en
la
necesklad de adoptar esta postura respecto de mis colegas .
Respetuosamenle
/'
Francisco
Javier
Acuña Llamas
Co
mi
sionado
4

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