Resolución Nº RES/570/2013 de Comisión Reguladora de la Energía, 05/12/2013

Número de resoluciónRES/570/2013
Fecha05 Diciembre 2013
Normativa aplicadaEN LOS 17 Y 33 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; 2, FRACCIÓN VI, 3, FRACCIONES XII, XIV, XVI, XIX Y XXII, 4, 11 Y 13 DE LA LEY DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA; 4, SEGUNDO PÁRRAFO, 14, FRACCIONES I, INCISOS A) Y E), Y IV, Y 16 DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETRÓLEO; 16, FRACCIONES VII, IX Y X, 32, 35, FRACCIÓN I, 38 Y 57, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO; 7, 14, 21, 94, 95, 101, 102 Y 103 DEL REGLAMENTO DE GAS NATURAL; Y, 1, 2, 6, FRACCIÓN I, LETRAS A Y C, 9, 19, 23, FRACCIONES VII Y XVI, Y 33 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
Tipo de documentoModificación de permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/570/2013
COMISION REGULADORA DE ENERGIA
RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
MODIFICA EL PERMISO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL PARA
USOS PROPIOS G/203/TUP/2007, OTORGADO A REFRACTARIOS
BÁSICOS, S. A. DE C. V., EN LO RELATIVO AL CAMBIO DE OPERADOR
DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
RESULTANDO
Primero. Que, mediante la Resolución RES/351/2007 del 17 de octubre de
2007, la Comisión Reguladora de Energia (esta Comisión) otorgó a Refractarios
Básicos, S. A de C. V., (el Permisionario) el Permiso de transporte de gas
natural para usos propios G/203/TUP/2007 (el Permiso), para las instalaciones
que se encuentran ubicadas en el municipio de Castaños, Coahuila.
Segundo. Que, de acuerdo con la condición 5.5, Responsabilidad del
Permisionario en cuanto al operador designado, del Título del Permiso esta
Comisión aprobó que la operación y mantenimiento del sistema de transporte
de gas natural fueran llevados a cabo por Advantage Control de México, S. A.
de C. V.
Tercero. Que, el 29 de octubre de 2013, el Permisionario solicitó la
modificación del Permiso, con el objeto de que esta Comisión apruebe a
ABSOLUT Operación y Mantenimiento de Gas, S. A. de C. V., como nuevo
operador del sistema de transporte de gas natural amparado por el Permiso,
para lo cual presentó la información tendiente a acreditar la capacidad técnica y
personalidad jurídica del operador propuesto para fungir como tal.
CONSIDERANDO
Primero.
Que, de conformidad con los artículos 2, fracción VI, y 3,
fracciones XII y XIV, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía esta
Comisión tiene por objeto promover el desarrollo eficiente, entre otras
actividades, del transporte de gas, para lo cual cuenta con atribuciones para
otorgar las autorizaciones que conforme a las disposiciones legales aplicables
RES/570/2013

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