Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. Comentarios

Páginas64-76
MÁS DEL TEMA
Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Cuadros comparativos respecto a la
resolución anterior
Taller de prácticas, sección
Fiscal – edición 936
Resolución Miscelánea
Fiscal para 2022.
Comentarios
El pasado 27 de diciembre, la SHCP dio a conocer en
el DOF la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2022”,
misma que entró en vigor el 1o. de enero de este año y
estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Comentamos los principales puntos por considerar de
la RMF para 2022 en relación con los más importantes
que se adicionaron con respecto a la RMF para 2021.
CFF
Plazos para la cancelación de CFDI (regla 2.7.1.47)
Se dispone que la cancelación de los CFDI se podrá
efectuar a más tardar el 31 de enero del año siguiente a
su expedición; sin embargo, esto no aplicará a los CFDI
globales emitidos por las personas físicas que tributen
en el régimen simplificado de confianza.
Transporte de mercancías por transportistas resi-
dentes en el extranjero sin establecimiento perma-
nente en territorio nacional (regla 2.7.7.9)
Las personas físicas o morales que proporcionen el
servicio de transporte de carga y los propietarios de
vehículos de carga, residentes en el extranjero o cons-
tituidos de acuerdo con las leyes extranjeras, podrán
amparar el transporte de bienes y/o mercancías nacio-
nales y de procedencia extranjera en territorio nacional
con la documentación a que se refiere el artículo 146
(documentación para amparar mercancía de proce-
dencia extranjera) de la Ley Aduanera, siempre que no
cuenten con establecimiento permanente en territorio
nacional.
CFDI que ampara el transporte de mercancías de
exportación a través de prestadores de servicios
(regla 2.7.7.10)
Las empresas residentes en territorio nacional que pro-
porcionen el servicio de transporte internacional de car-
ga general y especializada de bienes y/o mercancías
nacionales o nacionalizadas para exportación, cuando
la prestación del servicio inicie en territorio nacional y
concluya en el extranjero, deberán emitir un CFDI de
tipo ingreso con complemento carta porte y registrar la
totalidad del servicio e indicar como destino final el do-
micilio ubicado en el extranjero y los datos del medio
o modo de transporte que se utilizará para su traslado.
A64
2a. quincena
enero 2022
FISCAL Información de trascendencia
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