Resolución del Consejo General, sobre la procedencia del registro del convenio de coalición “Juntos Hacemos Historia en la Ciudad de México”, suscrito por los partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, para participar bajo esa modalidad en la elección de Jefatura de Gobierno, para el proceso electoral local ordinario 2023-2024. [IECM/RS-CG-52/2023]

O R G A N I S M O S A U T Ó N O M O S INSTITUTO ELECTORAL

Resolución del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, sobre la procedencia del registro del convenio de coalición "Juntos Hacemos Historia en la Ciudad de México", suscrito por los partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, para participar bajo esa modalidad en la elección de Jefatura de Gobierno, para el proceso electoral local ordinario 2023-2024. [IECM/RS-CG-52/2023].

Glosario:

Término Definición

Código Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México Consejo General Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México Constitución Federal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Local Constitución Política de la Ciudad de México

Diario Oficial Diario oficial de la Federación

Dirección Ejecutiva Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización

Gaceta Oficial Gaceta Oficial de la Ciudad de México

INE Instituto Nacional Electoral

Instituto Instituto Electoral de la Ciudad de México

Ley de Partidos Ley General de Partidos Políticos

Ley General Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley Procesal Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México

Lineamientos para la postulación de candidaturas a Jefatura de Gobierno, Lineamientos de Postulación Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de la Ciudad de México, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024

Reglamento de Elecciones Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral

Sala Superior Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Antecedentes:

1. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se expidieron la Ley General y la Ley de Partidos, cuyas reformas más recientes fueron publicadas en el mismo Diario el 13 de abril de 2020 y el 27 de febrero de 2022, respectivamente.

2. El 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se declararon reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Federal, en materia política de la Ciudad de México.

3. El 7 de septiembre de 2016, mediante Acuerdo INE/CG661/2016, el Consejo General del INE aprobó el Reglamento de Elecciones y sus respectivos anexos, cuya reforma más reciente fue aprobada el 12 de octubre de 2023, a través del Acuerdo INE/CG560/2023.

4. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto por el que se expidió la Constitución Local.

5. El 7 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto que contiene las observaciones de la persona titular de la Jefatura de Gobierno respecto al diverso por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal del Distrito Federal, y se expide el Código y la Ley Procesal, cuyas reformas más recientes fueron publicadas en la misma Gaceta el 2 de junio de 2023.

6. El 2 de junio de 2022, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones del Código, por medio del cual se modificó la estructura del Instituto.

7. El 30 de junio de 2022, el Consejo General del INE aprobó, mediante Acuerdo INE/CG399/2022, la demarcación territorial de los Distritos Electorales Uninominales Locales en los que se divide la Ciudad de México y sus respectivas Cabeceras Distritales.

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de noviembre de 2023

8. El 14 de julio de 2023, el Consejo General del INE emitió la Resolución por la que se aprueba ejercer la facultad de atracción para determinar fechas homologadas para la conclusión del periodo de precampañas, así como para la conclusión del periodo de precampañas, así como para recabar apoyo de la ciudadanía de las personas aspirantes a candidaturas independientes, en los procesos electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2023- 2024, identificada con clave INE/CG439/2023.recabar apoyo de la ciudadanía de las personas aspirantes a candidaturas independientes, en los procesos electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2023- 2024, identificada con clave INE/CG439/2023.

9. El 7 de agosto de 2023, el Consejo General emitió los Acuerdos IECM/ACU-CG-061/2023 e IECM/ACU-CG-062/2023, por los que, respectivamente, se aprueba la Convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, para elegir a las personas titulares de la Jefatura de Gobierno, Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de las dieciséis demarcaciones territoriales, cuya jornada electoral se celebrará el 2 de junio de 2024; y, se ajustan las fechas y plazos para los periodos de precampaña, captación de apoyo ciudadano y para recibir la documentación para el registro de candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

10. El 10 de septiembre de 2023, el Consejo General declaró el inicio del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

11. En la misma fecha, el Consejo General aprobó, a través de Acuerdo IECM/ACU-CG-091/2023, los Lineamientos para la postulación de candidaturas a Jefatura de Gobierno, Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de la Ciudad de México, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

12. El 5 de noviembre de 2023, los partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, presentaron ante este Instituto convenio de Coalición electoral, acompañado de diversa documentación.

13. El 8 de noviembre de 2023, se recibió en la Presidencia de este Instituto, el oficio con clave IECM/REPMOR/063/2023, signado por la representante suplente del Partido Morena, por el cual, en alcance a su escrito de solicitud de registro del convenio de Coalición, presentó tres certificaciones emitidas por el INE que acreditan el registro de los nombramientos de los CC. Alfonso Durazo Montaño, Mario Martín Delgado Carrillo y la C. Minerva Citlalli Hernández Mora, así como la Convocatoria emitida por el Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, dirigida a los integrantes del Consejo Político Estatal, para la celebración de la Asamblea programada para el 30 de octubre de 2023.

14. El 13 de noviembre de 2023, la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas y Fiscalización aprobó el "Anteproyecto de resolución del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, sobre la procedencia del registro del convenio de coalición "Juntos Hacemos Historia en la Ciudad de México", suscrito por los partidos Verde Ecologista de México, del Trabajo y Morena, para participar bajo esa modalidad en la elección de Jefatura de Gobierno, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.", con el objeto de someterlo a consideración de este Consejo General.

Considerandos:

I. COMPETENCIA. En términos de lo dispuesto en los artículos 9, 41, párrafo tercero, Bases I y V, párrafo primero, apartado C, numeral 1; y 116, párrafo segundo, fracción IV de la Constitución Federal; 27, apartado B, numeral 7, fracción V, y 50, párrafo primero de la Constitución Local; 12, numeral 2, 98 numeral 1 y 2, 104 numeral 1 inciso b) de la Ley General; 1º numeral 1 inciso e), 23 numeral 1 inciso f), 85 numeral 6, 87 al 92 de la Ley de Partidos; 275 al 280 del Reglamento de Elecciones; 2, 30, 34, fracciones I y II, 36, párrafos primero y tercero, fracciones I, II, III y IV, párrafo sexto inciso a), 50, fracciones I, XXV, XXVI, 95, fracciones VII y X, 272, fracción V, 292 al 297 del Código, este Consejo General es competente para emitir la presente Resolución, toda vez que se trata del registro del convenio de Coalición presentado por los Partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México para participar bajo esa modalidad en la elección de la Jefatura de Gobierno en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

II. PRESENTACIÓN DEL ESCRITO POR EL QUE SE SOLICITA EL REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICIÓN. Los Partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México presentaron ante este Instituto el citado convenio, acompañado de la documentación que estimaron necesaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 276, numerales 1 y 2 del Reglamento de Elecciones.

Dicha solicitud se realizó dentro del plazo legalmente establecido para ello, con lo cual se da cumplimiento a lo previsto en los artículos 276, numeral 1 de tal Reglamento; 295, párrafo primero del Código; 11, fracción I y 12 de los Lineamientos de Postulación. Lo anterior, porque los artículos en comento refieren que la solicitud de registro del convenio de Coalición1 deberá presentarse hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas; la cual, para el caso de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, inició el 5 de noviembre de 2023.

Lo anterior fue reafirmado por sentencia de la sala Superior en el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-246/2014, ya que dicho plazo se contraponía con el establecido por el artículo 92, numeral 1 de la Ley de Partidos.

Consecuentemente, al haber sido presentados en tiempo, en la presente Resolución se analiza la procedencia de la solicitud de registro del citado convenio de Coalición.

Por tanto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 92, numeral 3 de la Ley de Partidos, 277, numeral 1 del Reglamento de Elecciones y 295, párrafo segundo del Código y 13 de los Lineamientos de Postulación, el Consejo General, dentro de los diez días siguientes a su presentación emite la determinación correspondiente.

III. VERIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ESTATUTARIOS QUE ACREDITAN QUE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN FACULTADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS COALIGADOS APROBARON PARTICIPAR EN COALICIÓN. Esta autoridad electoral administrativa se encuentra obligada a estudiar todos y cada uno de los elementos aportados por los partidos políticos en comento, a fin de no conculcar el principio de legalidad.

Ahora bien, para iniciar con el análisis de la procedencia del registro del...

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