Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Baja California Sur y los municipios de Comondú, La Paz y Los Cabos, de dicha entidad federativa   

Fecha de disposición23 Agosto 2007
Fecha de publicación23 Agosto 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Baja California Sur y los municipios de Comondú, La Paz y Los Cabos, de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, PROFR. HECTOR JIMENEZ MARQUEZ; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN LO SUCESIVO EL ESTADO REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ING. NARCISO AGUNDEZ MONTAÑO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. VICTOR MANUEL GULUARTE CASTRO, SECRETARIO DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR (COPLADE), M. EN C. JORGE ALBERTO VALE SANCHEZ, ASI COMO LOS SECRETARIOS DE PLANEACION URBANA Y FINANZAS, LOS CC. ING. GUILLERMO JAUREGUI MORENO Y LIC. NABOR GARCIA AGUIRRE; Y LOS MUNICIPIOS DE COMONDU, LA PAZ Y LOS CABOS, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. LIC. MARCOS ALBERTO COVARRUBIAS VILLASEÑOR, PROF. VICTOR CASTRO COSIO Y C. LUIS ARMANDO DIAZ.

ANTECEDENTES

El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa de Rescate de Espacios Públicos, que conforme a lo establecido en sus Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de febrero de 2007, tiene como objetivo general, recuperar espacios públicos, para fomentar la identidad comunitaria, la cohesión social y la generación e igualdad de oportunidades, así como contribuir a la disminución de la pobreza urbana y a la prevención de conductas antisociales. Mediante oficio número 312.A.-000004, de fecha 4 de enero de 2007, la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la Secretaría de Desarrollo Social, el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año, conforme lo establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007. La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.30.32/00248/07, de fecha 20 de febrero de 2007, le comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año. Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 32 de la Ley General de Desarrollo Social; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2, 25, 26 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; 1, 56, 85, 176, 223 y 224 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 6, 8, 11, 12, 16 y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, así como en lo previsto por los artículos 1, 67, 79 fracción XXIX, 80 de la Constitución Política de Baja California Sur; 1, 2, 3, 14 y 16 fracciones I, II, III y V, 21, 22, 23 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; en los artículos 2, 4, 13, 14, 15, 18, 43 y 44 de la Ley de Planeación en el Estado de Baja California Sur, y 2, 26 fracción XXXIV y 80 de la Ley Orgánica Municipal Reglamentaria del Título Octavo de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur; así como los artículos 10 fracciones III, V, VIII y XV, 62, 63, 78 y 86 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California Sur, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

CAPITULO I. DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre “LA SEDESOL, “EL ESTADO y “LOS MUNICIPIOS, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas.

SEGUNDA.LA SEDESOL,EL ESTADO yLOS MUNICIPIOS...

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