Requisitos para obtener el Registro patronal único

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Una de las principales obligaciones de los patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es registrarse ante éste e inscribir a sus trabajadores, según lo establecido en el artículo 15 de la Ley del Seguro Social (LSS).

Asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la LSS en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (Racerf) dicta que cualquier persona física o moral se encuentra obligada a registrarse como patrón ante el IMSS a partir de que:

  1. Se inicien relaciones laborales con uno o varios trabajadores.

  2. Se constituya como sociedad cooperativa.

  3. Empiece la vigencia de un convenio de incorporación celebrado con el IMSS.

  4. Inicie la vigencia del decreto de incorporación de las personas que determine el Ejecutivo Federal.

Al patrón o sujeto obligado persona física se le otorgará un número de registro en el Distrito Federal (DF) o municipio donde se encuentra ubicado su centro de trabajo. En caso de que el patrón solicite el registro de otra empresa, que realice actividad distinta a la primera, se le asignará un número de registro patronal distinto, cualquiera que sea la localización geográfica del establecimiento o centro de trabajo.

Por otro lado, al patrón o sujeto obligado persona moral, se le asignará un número de registro patronal por cada municipio o en el DF, en que tenga establecimientos o centros de trabajo, independientemente de que tenga más de uno dentro de un mismo municipio o en el DF.

Como consecuencia de lo anterior, los patrones que tienen una matriz y sucursales en diversos estados de la República cuentan con diversos registros patronales, lo cual representa una carga administrativa importante. Por otro lado, se encuentran aquellos que cuentan con un solo registro patronal porque cuentan con una matriz y sucursales en la misma jurisdicción; sin embargo, de forma aislada cuentan con personal en diversos estados, en este caso el problema surge para los trabajadores, pues se encuentran inscritos en la circunscripción territorial de la matriz; y por tanto, en su lugar de residencia no tienen derecho a la asistencia médica.

A fin de dar solución a este tipo de problemas, surge la posibilidad de unificar los registros patronales, solicitando el Registro patronal único (RPU), el cual es analizado a continuación.

¿Quiénes pueden solicitar el RPU?

De acuerdo con el artículo 13, penúltimo párrafo, del Racerf -a solicitud por escrito del patrón-, el IMSS podrá asignar un RPU o en condiciones diferentes, en la forma y en los términos que se señalen en loslineamientosque para tal efecto expida el Consejo Técnico.

De tal forma que en términos del acuerdo 325/2003 relativo a la asignación del RPU, dictado por el Consejo Técnico del IMSS y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 14 de mayo de 2004, los patrones que cuenten con diversos registros patronales ante el IMSS, ya sea por municipio o en el DF, pueden solicitar el RPU, siempre que a la fecha de solicitud no tengan interpuestos ante el instituto escritos de desacuerdo, recursos de inconformidad o juicios en materia de clasificación de empresas y cálculo de la prima del seguro de riesgos de trabajo, relacionados con los registros patronales a unificar.

Procedimiento para solicitar el RPU

Aquellos patrones que deseen obtener el RPU, deben seguir el procedimiento siguiente:

  1. El representante legal del patrón debe acudir a la delegación del IMSS, en el departamento de supervisión de afiliación y vigencia correspondiente de acuerdo con su domicilio fiscal, a fin de cumplir con lo siguiente:

    1. Recoger la "Solicitud de adhesión para la asignación del Registro patronal único".

    2. Solicitar la "Carta de aceptación por parte del patrón de las condiciones en que operará el Registro patronal único".

    3. Comprobar que se encuentra registrado en el sistema "IMSS desde su empresa" (IDSE) para realizar el envío de los movimientos afiliatorios de sus trabajadores.

  2. Señalar en la solicitud de adhesión los registros patronales a unificar, así como hacer mención que a la fecha de solicitud, ninguno de éstos tiene interpuesto ante el IMSS escritos de desacuerdo...

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