Requisitos que deben cumplir los estados de cuenta que emiten las Afore

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El artículo 48 del Reglamento de la Ley del SAR establece que los trabajadores afiliados al IMSS tienen derecho a recibir, por lo menos, dos veces al año, en el domicilio que indiquen, sus estados de cuenta y el estado de inversiones que se incluye en el mismo documento, donde se destaquen las aportaciones a su cuenta individual, realizadas por la parte patronal, por el Estado y por el mismo trabajador, el número de días de cotización registrado durante cada bimestre que comprenda el periodo del estado de cuenta, así como las comisiones cobradas por la Afore y por las sociedades de inversión que ésta administre.

Asimismo, se dispone que los trabajadores podrán notificar para tal efecto a la Afore que opere su cuenta individual, los cambios de domicilio.

Los estados de cuenta serán enviados de manera semestral; el primero contendrá la información relativa al periodo comprendido del 1o. de enero al 30 de junio, y el segundo la del periodo del 1o. de julio al 31 de diciembre de cada año, en un plazo no mayor de 30 días naturales siguientes a la fecha de corte.

Es de destacar que los estados de cuenta se sujetarán a lo dispuesto en las reglas de carácter general que para tal efecto emita la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

De ahí que el 1o. dejuliode2008, la SHCP dio a conocer en el DOF la circular Consar 73-1, denominada "Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para la elaboración y el envío del estado de cuenta a los trabajadores", misma que entró en vigor el día hábil siguiente al de su publicación, es decir, el 2 de julio.

Tras la entrada en vigor de la circular Consar 73-1, se derogaron las reglas ducentésima quincuagésima sexta a ducentésima septuagésima tercera, así como los anexos AyB,de la circular Consar 22-12 modificada y adicionada por las circulares Consar 22-13 y 22-14, publicadas en el DOF los días 5 de julio y 21 de diciembre de 2006 y 26 de julio de 2007, respectivamente.

Al respecto, se comentan los lineamientos que deben reunir los estados de cuenta que emiten las Afore.

¿Qué es el estado de cuenta que emiten las Afore?

El estado de cuenta es el documento que las Afore deben enviar periódicamente a cada uno de los trabajadores registrados, en el que se les comunicará el saldo acumulado en su cuenta individual y la información adicional que de acuerdo con la circular Consar 73-1, las leyes de seguridad social, el Reglamento de la Ley del SAR y demás disposiciones normativas aplicables, deba comunicarse a los trabajadores.

Las Afore deberán emitir los estados de cuenta de acuerdo con lo establecido en el anexo A de la circular Consar 73-1, relativo a los criterios técnicos de diseño aprobados por la Consar y la descripción de contenidos.

Así, las Afore enviarán los estados de cuenta, por lo menos dos veces al año, a cada trabajador y los anexos informativos que determine la Consar, al domicilio o dirección de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el titular.

Además, los estados de cuenta incluirán la información registrada...

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