Represión y prevención. La victimización mediante legislación penal mal enfocada

AutorDra. Emnma Mendoza Breaumont
CargoDoctora en Derecho. Catedrática de la UNAM
Páginas42-47

Page 43

1. - ¿Por qué nos referimos a la represión conjuntamente con la prevención?

Los temas mencionados como título de esta presentación son verdaderamente inquietantes porque a pesar de ser íntimamente relacionados, como intentaremos comprobar más adelante, resulta que uno de ellos es absolutamente tema de actualidad ya que parece ser la ocupación y preocupación de la mayoría de la población que se ocupa del delito y la delincuencia en cualquier forma y el otro parece no importarle a nadie, ni siquiera a los responsables de su desarrollo.

En primer término, me estoy refiriendo a la represión, que hace, no ya unos meses sino unos años, se considera la única solución al problema de la delincuencia y la seguridad. Y no es la represión en el sentido criminológico la cual se menciona como uno de los medios con los que se intenta sancionar y disminuir las actividades delictivas, sino la represión en el sentido más cruel y violento, cuando se habla de la utilización de medios bárbaros e inútiles de sanción, como pena de muerte, tortura o cadena perpetua en cuanto a la prisión.

Reprimir el delito no implica, en una terminología criminológica sana, reprimir al delincuente ni mucho menos pulverizarlo. En una secuencia lógica, el resentimiento de la víctima ante la lentitud de reacción de las autoridades, genera una reacción de la misma o mayor magnitud de la de la agresión y esta reacción produce una exigencia de dureza en contra del delincuente que no produce otra cosa que la satisfacción de la venganza, cuestión que se consideró hasta hace poco, superada. Históricamente, en las etapas primitivas de la sociedad, la necesidad de sobrevivir de los grupos sociales generaba reacciones muy violentas respecto a aquellos que ponían en peligro esta supervivencia, aplicándoles penas de lo más severas que generalmente terminaban con su muerte, como la pérdida de la paz que implicaba arrojarlo del grupo o tribu para quedar en manos de los miembros de otras tribus o de las fieras, para que fueran muertos por ellos; o bien mediante la lapidación practicada por todos los miembros de la comunidad a la cual habían puesto en peligro. La brutalidad de la reacción conjunta no disminuyó aún cuando con la evolución de las sociedades, el peligro de su desaparición fue cada día menos real, sin embargo, las reacciones siguieron siendo bárbaras y de cualquier manera, no se logró detener la comisión de esos hechos considerados como peligrosos para el grupo social, vistos ahora como acciones en contra de la convivencia social pacífica y en ciertos casos, contra la paz misma.

2. El derecho a castigar en manos del Estado

Por esta violencia incontrolada, las autoridades fueron confiscando el derecho popular de reaccionar, para limitarlo a cierta equidad, de suerte que la violenta ley del Talión se consideró en el momento de su surgimiento, como un medio humanitario de contener los excesos de las venganzas populares. Jiménez de Azua se refiere a la Ley del Talión como una dulcificación de la pena: sacar un ojo si se ha sacado uno, amputar una mano si se ha amputado una, pero nada más. Sin embargo, ello no implicó que la reacción social del grupo dejara de darse, sino que derivó en formas diferentes de hacerlo, y es así que encontramos reacciones de carácter eclesiástico que, superada la etapa del profundo poder político de la iglesia, se va orientando cada vez más a la amenaza del castigo después de la muerte, suprimiéndose los castigos físicos de manos de los tribunales eclesiásticos. Primero aunque los castigos seguían siendo dictados por los tribunales eclesiásticos, ya eran ejecutados por los representantes del gobierno civil. Posteriormente va convirtiéndose el derecho de castigar en un monopolio del Estado, cuando este solidifica su fuerza, quedando finalmente en sus manos la posibilidad de decidir y aplicar penas.

Hemos comentado que de alguna manera la monopolización de la reacción penal, primero en manos de la iglesia y posteriormente en manos del Estado, se justifica por tratar de limitar los abusos y excesos cometidos por particulares y por el populacho al castigar violentamente a los delincuentes.

Pero parece estar en la naturaleza del hombre el delinquir y el abusar del poder, como ya lo han afirmado muchos autores, porque esta confiscación del derecho a castigar que llega a ser un monopolio por parte del Estado,Page 44 de los gobernantes, llámense sacerdotes, monarcas o jueces, propicia que también se vaya desarrollando el abuso en la aplicación de los castigos, llegándose a extremos que sobrepasaron los ejercidos sobre el autor de la violación a la convivencia, durante las etapas primitivas de la sociedad o por el ofendido o los familiares de este.

3. La proliferación de la delincuencia

Es así como surge el tormento como un instrumento procesal y el castigo judicial de amputaciones y horrendas y variadas formas de aplicar la pena de muerte, profusamente utilizada en la Edad Media y sin otra consecuencia que la de llegar a ver con naturalidad inclusive como diversión, todo ese ejercicio sangriento. Resulta interesante saber que por ejemplo en Inglaterra se tenían cerca de trescientas formas de ejecución de pena de muerte, según el delito que podía ser de lo menos trascendente, con una visión humanitaria. La comisión de hechos delictivos no se logró detener ni disminuir siquiera, a pesar de las penas sangrientas que se aplicaban y cuya ejecución pública pretendía ser un ejemplo de prevención delictiva.

4. Un fin del Derecho penal, la protección de la convivencia y la paz

Gracias a Beccaria y a toda una pléyade de pensadores, especialmente penalistas, ante la falta de disminución de la delincuencia e inclusive de su incremento, se impulsa un sistema jurídico que trata de limitar esta brutalidad en el ejercicio del derecho de castigar del gobierno y se desarrolla un Derecho Penal que impone límites y precisa metas que van desenvolviéndose y afinándose con el transcurso del tiempo. Por algo Dorado Montero lo llamó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR