Regresión en la Suprema Corte

AutorJesús Cantú

En ese momento comenzó a conformarse una mayoría de ministros letristas y conservadores que claramente lograron limitar los alcances de la trascendental reforma constitucional de junio de 2011, que obliga al Estado mexicano a reconocer los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales suscritos por México.

Ello se hizo evidente en abril de este año, cuando seis ministros avalaron la constitucionalidad y convencionalidad de la figura del arraigo establecido en el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, extensivo a todos los delitos considerados como graves, no únicamente a los relacionados con la delincuencia organizada, como establece el artículo 16 de la Constitución.

Entre los seis ministros que respaldaron dicha resolución se encontraban los cuatro de más reciente ingreso (Jorge Mario Pardo, febrero de 2011; Alberto Pérez Dayán y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, noviembre de 2012; y Eduardo Medina Mora, marzo de 2015). Los otros dos votos fueron de la ministra Margarita Luna Ramos y José Fernando Franco, quienes arribaron en 2004 y 2006, respectivamente. En contra se pronunciaron los tres con mayor antigüedad (Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero, designados en enero de 1995, y José Ramón Cossío, en 2003), así como los dos que llegaron en el 2009 (Arturo Zaldívar y Luis María Aguilar).

Entre los que se opusieron a dicha resolución estuvieron los dos ministros que concluyen su encargo el día último de este mes de noviembre, y si las designaciones de sus sustitutos se realizan a partir de las ternas que envió al Senado el presidente Enrique Peña Nieto, esa mayoría, de seis, se incrementará.

Incluso la reciente resolución de la Primera Sala de la Corte en relación con la producción y consumo de mariguana probablemente no hubiese sido aprobada si se hubiese presentado en el pleno, pues de los cuatro ministros que la votaron a favor, tres son parte del grupo que se oponía a la constitucionalidad y convencionalidad del arraigo (Cossío, Sánchez Cordero y Zaldívar).

Otra tendencia muy evidente en las últimas designaciones es la de privilegiar a los candidatos que provienen directamente del Poder Ejecutivo (Proceso 2002), lo cual conlleva un incremento en la posibilidad de injerencia de dicho poder en las resoluciones del Judicial. En estos momentos hay tres integrantes del pleno cuya principal actividad profesional, antes de llegar a la Corte, la ejercieron en el Ejecutivo: José Fernando Franco, quien entró...

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