Reglas Comunes para los Servicios de Defensa Penal y Asesoría Jurídica

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1065-1065

Jornada laboral del defensor público y el asesor jurídico

ARTÍCULO 14

El defensor público y el asesor jurídico ejercen sus funciones en horario de tiempo completo, con las modalidades que determine la dirección general atendiendo a la necesidad de los servicios, por lo que deberán cumplir las jornadas matutina y vespertina que se fijen, y fuera de ellas estar localizables para atender cualquier asunto urgente.

Principios del defensor público y el asesor jurídico

ARTÍCULO 15

El defensor público y el asesor jurídico en el ejercicio de su cargo, deben observar los principios de respeto, diligencia, prudencia, lealtad y economía...

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