REGLAS DE OPERACIÓN DE TALLERES EN TU COMUNIDAD, TEPEZALÁ, AGUASCALIENTES

Fecha de publicación01 Enero 2024
SecciónTercera Sección
Pág. 100 PERIÓDICO OFICIAL Enero 1° de 2024
(Tercera Sección)
9.- Proceso de Acceso
La convocatoria será mediante avis o por parte del Presidente Municipal en los canales oficiales de F acebook del Ayuntamiento de Tepezala,
Aguascalientes, así como aviso por parte de la Presidencia Municipal en la págin a de Internet oficial del munici pio de Tepezalá
http://www.tepezala.mx/., y el teléfono de la Presidencia Municipal 4659511110.
10.- IMPACTO PRESUPUESTARIO
Este programa se financiará conforme al monto o disponibilidad presupuestal.
11.- Transparencia
Forma de transparencia: Los importes devengados r especto de este programa se deberán publicar de manera t rimestral en el formato de Monto
Pagados por ayudas y subsidios autorizado p or el CONAC (Consejo Nacional de Armoniz ación Contable), de conformidad a las Normas para el
Establecimiento de la Estructura de la Información de Monto Pagados por A yudas y Subsidios, en la pági na de Internet oficial del municipi o de
Tepezalá http://www.tepezala.gob.mx
12.- Contraloría Social
Con la participación de manera acti va de la sociedad en acciones de control, vigilancia y eval uación en la correcta aplicación de los programas y
recursos públicos para contribui r a que la gestión gubernamental se realice con transparencia, eficiencia, l egalidad, honradez y en un esquema de
rendición de cuentas.
13.- Vigencia
El presente programa tendrá la vigencia hast a el fin del periodo constitucional de la presente
administración pública municipal, es decir el 14 de octubre del 2024.
Lo anterior para el conocimiento de la ciudad anía. Dado en el salón de sesiones de Honorable Ayuntam iento Constitucional del Municipio de Tepezalá,
Aguascalientes en la Sesión Extraordi naria celebrada el día ocho de diciembre de d os mil veintitrés, con la presencia de la Licenciada Leticia Olivares
Jiménez, Presidenta Municipal de Tepezalá, Aguascalientes; y los Regidores Profra. Raquel Ovalle Álvarez, 1era Regidora, C. Noel Jáuregui Tovar,
2do Regidor, Profra. Ma. Natividad Gallegos M edina, 3era Regidora, C. Norma Loza Gutiérrez , 4ta Regidora, C. Nancy Jiménez Ramírez, 5ta
Regidora, C. Eduardo Díaz Reyes Síndico Municipal, con lo dispuesto en el artículo 38 fracción I de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes,
promulgo y ordeno se dé publicidad para su debido cumplimiento y efectos legales conducentes. -
Licenciada Leticia Olivares Jiménez
Presidenta Municipal de Tepezalá, Aguascali entes
Profra. Raquel Ovalle Álvarez
1era Regidora,
C. Noel Jáuregui Tovar
2do Regidor
Profra. Ma. Natividad Gallegos Medina
3era Regidora
C. Norma Loza Gutiérrez
4ta Regidora
C. Nancy Jiménez Ramírez
5ta Regidora
C. Eduardo Díaz Reyes
Síndico Municipal
H. AYUNTAMIENTO DE TEPEZALÁ
Lic. Leticia Olivares Jiménez, Presidenta Municipal de Tepezalá, Aguascalientes, con fundamento en los artículos 115 fracción II de la constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; los artículos 16, 36 fracciones I y XXXIX y 38
fracciones I y II de la Ley Municipal pa ra el Estado de Aguascalientes; así como los artículos 40, 42, 145 y 146 del Código Municipal de Tepezalá,
Aguascalientes, a los Habitantes del M unicipio de Tepezalá, Aguascalientes hago saber que el Ho norable Ayuntamiento Constitucional 2021-2024,
tuvo a bien emitir las presentes REGLAS DE OPERACIÓN DE TALLERES EN TU COMUNIDAD, TEPEZALÁ AGUASCALIENTES, al tenor de lo
siguiente:
REGLAS DE OPERACIÓN DE TALLERES EN TU COMUNIDAD, TEPEZALÁ AGUASCALIENTES
1. FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA
Que el Municipio de Tepezalá, en el Estado de Aguascalientes, es una entidad de carácter público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio
propios, autónoma en su régimen interi or, con libertad para administrar su hacienda o gestión municipal conforme lo establecido por el artículo 115
lo dispuesto por los artículos y de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y por lo establecido en l os artículos 5°, 6° y 7° del Código
Municipal de Tepezalá, Aguascalientes. Así como lo establecido en el a rtículo 265, fracciones III y IV, del Código Municipal de Tepez alá,
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