REGLAS DE OPERACIÓN DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023

Fecha de publicación27 Febrero 2023
SecciónTercera Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Febrero 27 de 2023
(Tercera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
Leonardo Montañez Castro, Presiden te Municipal de Aguascalientes, con fundamento en los art ículos 115 fracción II de la constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la
Ley Municipal para el Estado de Agu ascalientes; artículos 78 y 79 del Código Municipal de Aguascalientes, a los Habitantes del Municipio de
Aguascalientes hago saber que el Honorable Ay untamiento Constitucional 2021-2024, tuvo a bien aprobar:
Las Reglas de Operación de la Secretaría de Desarr ollo Social para el Ejercicio Fiscal 2023, para quedar como sigue:
PUNTO RESOLUTIVO
ÚNICO. - Se aprueban las Reglas de Operación de la Secretaría de Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2023, para qued ar
como sigue:
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL
COMPENDIO DE REGLAS DE OPERACIÓN
CAPÍTULO 1
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
I.- TRICICLO-TRABAJANDO POR LA CIUDAD DE TU VIDA
II.- JUNTOS POR TU SUPERACIÓN
III.- CHALECOS EN ACCIÓN
CAPÍTULO 2
DIRECCIÓN DE ACTIVACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTE
I.- COPA AGUASCALIENTES, LA CIUDAD DE TU VIDA
II.- GESTIÓN Y APOYOS DEPORTIVOS
III.- ACADEMIAS DE CULTURA FÍSICA Y ENSEÑANZA DEPORTIVA
IV.- ORGANIZACIÓN DE LIGAS Y TORNEOS MUNICIPALES
V.- TODOS JUNTOS POR LA MOVILIDAD
VI.- VACACIONES DEPORTIVAS EN LA CIUDAD DE TU VIDA
VII.- ACTÍVATE EN LA CIUDAD DE TU VIDA
VIII.- F ERIAS DEPORTIVAS MUNICIPALES, EN LA CIUDAD DE TU VIDA
CAPÍTULO 3
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
I.- BIBLIOTECAS MUNICIPALES CON CIENCIA Y TECNOLOGÍA
II.- HONORES A LA BANDERA
III.- CONOCE LA HISTORIA DE LA CIUDAD DE TU VIDA
IV.- RECREACIÓN Y CULTURA PARA USTEDES
V.- CABILDO INFANTIL Y JUVENIL
VI.- JÓVENES DE CLASE MUNDIAL
VII.- TECNOLOGÍA PARA TU EDUCACIÓN
CAPÍTULO 4
DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL
I.- NUTRICIÓN PARA TODOS
II.- DANDO VIDA A TU HOGAR
III.- JUNTOS POR NUESTRA CIUDAD
IV.- TÚ EDUCACIÓN, PRIORIDAD DE TODOS
CAPÍTULO 5
DIRECCIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES
I.- ESTÍMULOS PARA EL DESARROLLO FAMILIAR
II.- TU CASA CRECE
III.- MANOS QUE FLORECEN TU VIDA
El H. Ayuntamiento del Municipio de A guascalientes, con fundamento en los art ículos 115, fracción II, de la Constit ución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 68, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 1°, 2°, fracción V, y 4°, de la Ley del Presupuesto, Gasto Público y
Responsabilidad Hacendaria del Estado de Agu ascalientes; 1°, fracciones I y II, 5°, y 17, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Estado
de Aguascalientes; 16 y 36, fracciones I, X XXIX, y LXII, de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y, 78 y 79 del C ódigo Municipal de
Aguascalientes, y:
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CONSIDERANDO
Que la Ley de Desarrollo Social para el Est ado de Aguascalientes, prevé para los Municipios que tengan bajo su cargo la ej ecución de programas
de desarrollo social, la atribución de s ujetarse a las reglas de operación que se expidan para tal efecto, en las que se establezcan los mecanismos
y criterios de elegibilidad que asegu ren el acceso de toda la población a los benefici os otorgados, los cuales deberán dirigirse en c ongruencia con la
Política de Desarrollo Social para combatir las siguientes carencias sociales de forma prioritaria y sin perjuicio de lo que otros ordenamientos
dispongan: la educación, la salud, la nutrición y alimentación, la vivienda digna y d ecorosa, el disfrute del medio ambiente sano y sustentable, la
seguridad social, la igualdad sustantiva y la equidad sin discriminación.
Que el Plan de Desarrollo Municipal de Aguascalientes 2021-2024, conlleva el diagnóstico social que otorga la importancia debida al establecimiento
de prioridades, metas y estrategias para el des arrollo social de nuestro Municipio, bajo la igualdad de derechos, la atenc ión a las carencias sociales
de la población y la mejoría en todos los aspect os de la calidad de vida, con base en los indicadores de rezago educ ativo, acceso a los servicios de
salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación.
Que en el ámbito de competencia de la Sec retaría de Desarrollo Social, del Munic ipio de Aguascalientes, se sitúa la pl aneación, generación,
operación y ejecución de los programas sociales, de conformidad con la Política de Desarrollo Social y sus principios rectores, entre los que se
encuentran el de libertad, justicia distributiva, solidaridad, integralidad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad, transpar encia,
perspectiva de género e interés superior de la niñez, así como con pleno respeto a los derechos fundamentales previstos en nuestra Carta Magna.
Que de lo anterior se deriva que la Sec retaría de Desarrollo Social a través de las áreas que la integran : Coordinación Administrativa, Dirección de
Educación, Dirección de Desarrollo Social, Dirección de Programas Sociales y Dirección de Activación Física, Recreación y Deporte, así como
Jefaturas de Departamento y/o demás unidades administrativas; en ejercicio d e sus atribuciones interviene en la elab oración, supervisión, operación
y ejecución de los planes y programas de desarrollo social municipal y de que estos cont ribuyan al desarrollo integral de las personas y de la
comunidad, fomentando la participació n ciudadana para lograr un mejoramiento de las condiciones de vid a, detectando, recibiendo y canalizando
las iniciativas de los ciudadanos tendient es a satisfacer sus necesidades específicas para su autonomía e indepe ndencia.
Que la generación de reglas de op eración permite oportunamente contar con la regulación necesaria para que los programas sociales se lleven a
cabo y se desarrollen con eficacia y eficienci a, garantizando la protección más amplia de los derechos fundament ales para el acceso de la población
a estos programas y a la información de su c ontenido, además de cumplir con las dis posiciones legales aplicables para la administración y
comprobación de los recursos públicos ejercidos en el tiempo y forma legales establecidos para tal efecto.
De conformidad con el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Polí tica de los Estados Unidos Mexicanos; 90, primer párrafo de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes y 4°, de la Ley del Presupuesto, Gasto Público y Responsabil idad Hacendaria del Estado de Aguascalientes;
las dependencias y entidades de la Ad ministración Pública Municipal, deberán asegurarse q ue la aplicación de los recursos públicos destinados a la
operación y ejecución de programas soci ales, se realice con eficiencia, eficacia, economía, transpa rencia y honradez para satisfacer los objetivos a
los que estén destinados; por todo lo anterior, se emiten las siguientes Reglas de Operación de l a Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de
Aguascalientes, para el ejercicio fiscal 2023:
CAPÍTULO 1
DE LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Coordinación Administrativa, sus Jefaturas de Departamento o unidades administrativas y de la
operación y ejecución de los program as sociales; en cumplimiento a sus atribuciones, tiene entre s us objetivos promover y apoyar la participación
ciudadana, para lograr un mejoramiento de las condi ciones de vida a través de las obras y servicios públic os que brinda el Municipio; recibir y
canalizar las iniciativas de la población tendie ntes a satisfacer sus necesidades, implementar programas y acci ones que contribuyan a contrarrestar
las carencias sociales en materia educativa, salud, servicios básicos en la vivienda, deporte, alimentación, entre otros, proporcionando entre otros,
apoyos económicos o en especie, que l es permita a los beneficiarios incrementar su bienestar, contribuyendo a la economía personal y familiar y en
consecuencia, favoreciendo el desarrollo int egral y social de los ciudadanos del Municipio de Aguascalientes.
I. TRICICLO-TRABAJANDO POR LA CIUDAD DE TU VIDA
1. JUSTIFICACIÓN
El dedicarse a la profesión, industria, c omercio o trabajo para tener una vida digna, se encuentr a considerado por nuestra Carta Magna en su artículo
5°, como derecho humano, por lo que res ulta prioritario para el Municipio de Aguascalientes, a través de la Secretaría de Desarrollo Social,
implementar programas mediante los cuales se f avorezca el desarrollo integral de las personas, en especial de la población o grupos más vulnerables
y como una de las principales acciones prop orcionar implementos de trabajo que les permita a los jefes o jefas de familia, obten er ingresos para
brindar a sus integrantes una mejor calidad de vida, ante la dificultad de la población para adquirir un empleo, qu e les permita solventar sus gastos
familiares y así con ello combatir las carenc ias sociales que les acontece en su vida familiar.
Por lo anterior, de conformidad con los artículos 1°, fracción I, 4° y 5°, de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes; 98, fracción
XIII, y 111, del Código Municipal, y ; se genera y se establece el programa social TRICICLO-TRABAJANDO POR LA CIUDAD DE TU VIDA, con la
finalidad de detectar las necesidades y requerim ientos de la población vulnerable, apoyándolas con triciclos como implementos de t rabajo, que les
permita generar ingresos que favorezcan al n úcleo familiar, incrementando de esta forma su bienestar y calida d de vida.
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(Tercera Sección)
2. OBJETIVO GENERAL
El programa TRICICLO-TRABAJANDO POR LA CIUDAD DE TU VIDA, tiene como objetivo imperante apoyar a l a población vulnerable de la zona
urbana y rural del Municipio de Aguas calientes, con la obtención de un tri ciclo como implemento de trabajo, para reali zar actividades que les permitan
obtener un ingreso económico que contribuy a a beneficiar su economía individual y familiar, y, por lo tanto, su c alidad de vida.
3. POBLACIÓN OBJETIVO
El Programa va dirigido principalmente al si guiente sector del Municipio de Aguascalientes, con su correspondie nte objetivo:
3.1 Personas de escasos recursos económ icos, para la obtención de un triciclo como i mplemento de trabajo, con el que puedan realiza r
alguna actividad que les permita obtener ing resos y contribuir con la economía familiar.
4. LINEAMIENTOS OPERATIVOS
4.1 Cobertura o Alcance
Sector indicado en el numeral 3.1 de éstas reglas de operación, dentro de las zonas rural es y urbanas del Municipio de
Aguascalientes. Este programa no tiene costo alguno.
4.2 Actividades del Programa
El programa ofrecerá para los beneficiarios i ndicados en el numeral 3.1, la entrega de un triciclo como implem ento de trabajo, que
ayude a mejorar la economía familiar y con ello la calidad de vida de los integrantes de las familias del Municipio de Aguascalientes.
4.3 Criterios de selección
4.3.1. La Coordinación Administrativ a, de la Secretaría de Desarrollo Social, convocará a la ciudadanía por cualquier medio a su
alcance, para hacerles del conocimiento l as actividades del programa social respecto al otorgamiento de los apoyos en especie y
los demás datos que se consideren pert inentes.
4.3.2. Los beneficiarios para la obtenci ón del apoyo en especie, deberán cubrir los siguientes requisitos :
a) Llenar la solicitud de apoyo de form a individual, ya sea a través de un escrito libre o mediante form ato emitido por la
Secretaría de Desarrollo Social.
La petición deberá ir dirigida a el (la) Presidente Municipal o a el (la) Titular de la Secretaría de Desarrollo Social,
indicando, además, fecha y lugar de ela boración, nombre y domicilio del solicitante, especi ficando la solicitud de apoyo
y firma del peticionario (si no sabe o no puede, deberá plasmar su huella digital).
b) Adjuntar copia de una identificación ofi cial, preferentemente credencial de elector.
c) Adjuntar copia del comprobante de domici lio.
4.3.3 Los Presidentes de los Comités de Bienestar Social o gestores sociales, podrán realizar a nombre de los beneficiarios, la
solicitud de los apoyos a que se refieren éstas Reglas de Operación y serán responsables de recabar y entregar a la S ecretaría de
Desarrollo Social, a través del área que corresponda, la documentación comprobatoria necesaria para la entrega de los apoyos en
especie, en un plazo de 5 días hábiles previos a la recepción por los beneficiarios.
4.3.4 Las personas facultadas para autorizar el otorgamiento de los apoyos que ocupan en éstas Reglas de Operación, son el
(la) Presidente Municipal y/o el (la) Sec retario (a) de Desarrollo Social.
4.3.5 Para las entregas masivas de los apoyos a que s e refieren estas Reglas de Operación, no es necesario cont ar con petición
de los apoyos ni evidencia individual de la recepción de los mismos por parte de los beneficiarios.
4.3.6 Los apoyos previstos en estas Reglas de Operació n, serán negados o revocados a los beneficiaros, cuando:
a) El solicitante no cubra los requisitos y criterios de elegibilidad es tablecidos en estas Reglas de Operación;
b) Cuando el solicitante falte a la verdad en l a información proporcionada o presente documentación apócrifa; y
c) No resida en el Municipio de Aguascalientes.
4.4. Ejecución del programa
4.4.1 La Coordinación Administrativa, de la Secretaría de Desarrollo Social, se encargará de la operación y ejecución del
programa social, y llevará a cabo la ge stión de los trámites administrativos para la entrega y c omprobación de los apoyos a que se
refieren estas Reglas de Operación.

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