REGLAS de operación del Programa ”Proyecta Traslados”, para el ejercicio fiscal 2020.

1
RE GL AS D E OP ER AC N DE L PR OG RA MA
PROYECTA TRASLADOS
”,
PA RA E L EJ ER CI CI O FI SC AL 2 02 0
ACU/SC/03/2020
ACU ERDO DE LA C. SE CRET ARI A DE CU LTU RA DE L P OD ER EJ ECUT IVO DEL
ESTADO DE JALISCO.
Guadalajara, Jalisco a 5 de febrero 2020
GIOVANA ELIZABETH JASPERSEN GARCÍA, Secretaria de Cultura del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco, con fundamento en los artícu los 19 del Presupuesto de Egresos del
Estado de Jalisco para el periodo comprendido del 1º de Enero al 31 de diciembre del año
2020; 1, 2 numeral 3, 3 numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y XVI,
14, 15, 16 numeral 1 fracción IV, y 20 fr acciones II, III, VI y XV de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 6 , fracciones I y III de la Ley de Fomento a la Cultura
del Estado de Jalisco; así como 1, 2 fracciones III y IV, 7 , 9 fracciones II, X y XIV, y 19
fracciones I y V del Reglamento Interno d e la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco,
tengo a bien expedir el presente acuerd o que contiene las Reglas de Operación del
Pro gram a Pro yect a Tra slad os, como el instrumento rector de la operación de dicho
programa durante el año 2020, con base en las siguientes
CON SIDE RAC IONE S
I. De conformidad con el artículos 3 numeral 1, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y
XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, las dependencias y
entidades de la administración pública estatal tienen entre sus atr ibuciones las de
diseñar y ejecutar políticas, programas y proyectos en las materias de su competencia;
difundir las políticas, programa y proyec tos que les competan, para promover la
socialización de los mismos y la participación so cial en la consecución de los fines de
aquellos; expedir los acuerdos, circulares, instructivos, bases o manuales
administrativos necesarios para el correcto funcionamiento del ente público
respectivo; así como aquellas otras que establezcan otras disposiciones legales y
reglamentarias aplicables.
II. Por su parte, los artículos 1, 2 numeral 3, 3 numeral 1, fracción I, 5 numeral 1, 14, 15,
16 fracción IV, 20 fracciones II, III,VI, VIII y XV d e la citada Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Jalisco, disponen que dentro de la administración pública
centralizada del Estado de Jalisco, se encuentra la Sec retaría de Cultura como la
dependencia encargada de diseñar y aplicar la política cultural del Estado en
coordinación con la Federación y los mun icipios; difundir la cultura y las artes del
Estado; promover, apoyar y gestionar las manifestac iones de la creación intelectual y
artística de la población del Estado, así como de ejer cer aquellas atribuciones que
establezcan otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
En correspondencia con las atribuciones invocadas en el párrafo que antecede, el
artículo 6 fracciones I y III de la Ley de Fomento a la Cultu ra del Estado de Jalisco,
señala que corresponde a la Secretaría de Cu ltura ejecutar la política cultural, así como
planear las estrategias y realizar las acciones neces arias para promover, preservar y
fomentar las diversas manifestaciones culturales y ar tísticas del Estado.
REGLAS
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Secretaría de Cultura.
3333
SÁBADO 28 DE MARZO DE 2020 / Número 30. Sección V
2
III. El Decreto Legislativo número 27785/LXII/19 publicado el 27 de diciembre del año
2019, en Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, contiene el Presupuesto de Egresos
del Estado de Jalisco para el periodo comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre
del año 2020, en cuyo artículo 19 señala que las dependencias o entidades del Poder
Ejecutivo deberán elaborar, aprobar, publicar y p oner a disposición de los/las posibles
beneficiarios/as, las reglas de operación de todos los fondos y programas
gubernamentales de apoyos y servicios de su competencia a más tardar el 31 de
marzo del año 2020.
IV. Los creadores independientes son actores fundamentales para el desarrollo cultural y
creativo del Estado de Jalisco. Su trabajo da vida a las agendas culturales del Área
Metropolitana de Guadalajara y el resto d e la entidad, es fuente de diversidad e
innovación artística y contribuye a que Jalisco sea reconocido en México y el exterior
como una entidad moderna, crític a e innovadora. El apoyo estatal a estos creadores es
indispensable para la continuidad y sostenibilidad de los benefic ios aquí mencionados.
En este sentido, la Secretaría de Cultu ra ha puesto en marcha el P rog ra ma P ro ye ct a
Tr as lad os , que contribuye con la realización de este objetivo de manera transparente
y equitativa
En mérito de los fundamentos y razon amientos anteriormente expuestos, se emite el
siguiente:
ACU ERDO
ÚNI CO.- Se emiten las reglas de operación del pr ograma “
Proyecta Traslados
correspondientes al ejercicio fiscal 2020, para quedar como sigue:
SEC CIÓN I. AS PEC TOS GEN ERAL ES
1. Fu nd am ent ac n
Artículos 19 del Presupuesto de Egresos del Estado de Jalisco para el periodo
comprendido del 1º de Enero al 31 de diciembre del año 2020; 1, 2 numeral 3, 3
numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y XVI, 14, 15, 16 numeral
1 fracción IV, y 20 fracciones II, III, VI y XV de la Ley O rgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco; 6, fracciones I y III de la Ley d e Fomento a la Cultura del Estado de
Jalisco; así como 1, 2 fracciones III y IV, 7, 9 fracciones II, X y XIV, y 19 fracciones I y
V del Reglamento Interno de la Secretaría de Cultura d el Estado de Jalisco.
2. In tr od uc ción
El presente instrumento tiene como finalidad establecer los objetivos del beneficio,
los requisitos para obtenerlo, los alcances, la forma de gestionarlo , la lógica de la
intervención, los resultados y el proced imiento para la entrega de beneficios. Está
organizado en cinco secciones: Aspectos generales; Objetivos y alcances del
programa; Operación y gestión; Mecanismos de verificación y evaluación de
resultados; y Transparencia y ren dición de cuentas, a continuación se des cribe la
evolución del programa y datos estadísticos del contexto actual que respaldan la
intervención.
3434
SÁBADO 28 DE MARZO DE 2020 / Número 30. Sección V
3
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo1 en el año 2019 identifica a 60,605
personas con ocupaciones como músicos, cantantes, bailarines y coreógrafos,
actores, payasos, mimos y cirqueros, fotógrafos, pintores, dibujantes, artesanos,
escultores, diseñadores e ilustradores; así como por directores y productores de
cine, teatro y actividades culturales. Aun que esta lista no agota la diversidad de
personas que hacen aportaciones a la vida cultural de Jalisco, este grupo de personas
es una, quizás la mejor disponible, aproximació n estadística a la diversidad de
personas que aviva espacios públicos y privados con sus expresiones artísticas,
reproduciendo y facilitando el ejercicio de lo s derechos culturales de los 8 millones
de personas que habitan en el Estado.
Las tecnologías de la comunicación hacen posible el trabajo en red y la coordinación
a pesar de grandes distancias. En este contexto h a crecido el valor del encuentro
físico y presencial de dos o más personas relativo a la formación de vínculos
profesionales, creativos y comerciales. Pru eba de ello en el sector cultural es la
celebración de un mayor número de encuentros entre profesionales de distintas
disciplinas.
La movilidad de artistas y profesionales del sector cultu ral y creativo es clave para la
circulación de contenidos novedosos e innovadores, para la creación de vínculos
profesionales y relaciones de reciprocid ad, para el intercambio de conocimiento entre
pares y la participación en redes y asociacio nes de profesionales en el sector, entre
otras.
En un esfuerzo por sobresalir, generar ing resos a través de ventas de boletos y
captar la atención de medios y de otras instituciones c ulturales, las instituciones de
promoción y fomento artístico dedican montos crecientes a la atracción de
contenidos de artistas internacionalmente reconocidos cuyo costo de producción o
“fees”, están insertos en el mercado global de las artes. Es to tiene una repercusión
directa en la capacidad de dichas instituciones para dedicar presupuesto a
actividades en las que se involucran artistas menos conocidos. Una soluc ión a esto
ha sido transferir costos relacionados con dichas actividades, a los artistas, lo que se
traduce en invitaciones cuya aceptación co nlleva costos.
Este contexto favorece un acceso desigual a las opo rtunidades de movilidad y
circulación de profesionales de las artes, limitando el acceso de profesionales
jóvenes, emergentes o sin acceso a recursos p rivados/familiares.
Las instituciones culturales del Estado y sus municipios deben
DS5.3 Mejorar las
condiciones para la producción artística y creativa en Jalisco mediante acciones que
favorezcan la permanencia del talento formado en Jalisco y la atracción n acional e
internacional de talento y empresas de vocación cultural,2
y para ello es fundamental
que el Estado propicie de distintas formas, el fortalecimiento de los agentes
económicos que originan la gran oferta cu ltural en Jalisco.
Considerando lo anterior, así como los fac tores que obstaculizan el desarrollo cultural
y creativo del Estado, y en virtud de la solicitud ciudadana de artistas y creadores d e
1 Elaboración propia con base en la encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, 2019.
2Resultados específicos DS5.3, Temática (DS5) Cultura, del Plan Estatal de Gobernanza y
Desarrollo de Jalisco 2018-2024 Visión 2030.
3535
SÁBADO 28 DE MARZO DE 2020 / Número 30. Sección V

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR