REGLAS de operación del Programa ”Fondo Talleres para Casas de la Cultura”, para el ejercicio fiscal 2020.

REGLAS
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Secretaría de Cultura.
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RE GL AS D E OP ER AC N DE L PR OG RA MA
FO ND O TA LL ER ES P ARA
CA SA S DE L A CU LT URA
”, P AR A EL E JE RC IC IO F IS CA L 20 20
ACU/SC/04/2020
ACU ERDO DE LA C. SE CRET ARI A DE CU LTU RA DE L P OD ER EJ ECUT IVO DEL
ESTADO DE JALISCO.
Guadalajara, Jalisco a 5 de febrero de 2020
GIOVANA ELIZABETH JASPERSEN GARCÍA, Secretaria de Cultura del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco, con fundamento en los artícu los 19 del Presupuesto de Egresos del
Estado de Jalisco para el periodo comprendido del 1º de Enero al 31 de diciembre del año
2020; 1, 2 numeral 3, 3 numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y XVI,
14, 15, 16 numeral 1 fracción IV, y 20 fr acciones II, III, VI y XV de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 6 , fracciones I y III de la Ley de Fomento a la Cultura
del Estado de Jalisco; así como 1, 2 fracciones III y IV, 7 , 9 fracciones II, X y XIV y 19
fracciones III y IV del Reglamento Interno de la Secretar ía de Cultura del Estado de Jalisco,
tengo a bien expedir el presente acuerdo q ue contiene las Reglas de Operación del F ond o
Tal lere s par a Cas as d e la Cult ura , como el instrumento rector de la operación de
dicho programa durante el año 2020, con base en las siguientes
CON SIDE RAC IONE S
I. De conformidad con el artículos 3 numeral 1, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y
XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, las dependencias y
entidades de la administración pública estatal tienen entre sus atr ibuciones las de
diseñar y ejecutar políticas, programas y p royectos en las materias de su competencia;
difundir las políticas, programa y proyec tos que les competan, para promover la
socialización de los mismos y la participación so cial en la consecución de los fines de
aquellos; expedir los acuerdos, circulares, instructivos, bases o manuales
administrativos necesarios para el correcto funcionamiento del ente público
respectivo; así como aquellas otras que establezcan otras disposiciones legales y
reglamentarias aplicables.
II. Por su parte, los artículos 1, 2 numeral 3, 3 numeral 1, fracción I, 5 numeral 1, 14, 15,
16 fracción IV, 20 fracciones II, III,VI, VIII y XV d e la citada Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Jalisco, disponen que dentro de la administración pública
centralizada del Estado de Jalisco, se encuentra la Sec retaría de Cultura como la
dependencia encargada diseñar y ap licar la política cultural del Estado en coor dinación
con la Federación y los municipios; difund ir la cultura y las artes del Estado; promover,
apoyar y gestionar las manifestaciones de la creación intelectual y artística de la
población del Estado, así como de ejercer aq uellas atribuciones que establezcan otras
disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
En correspondencia con las atribuciones invocadas en el párrafo que antecede, el
artículo 6 fracciones I y III de la Ley de Fomento a la Cultu ra del Estado de Jalisco,
señala que corresponde a la Secretaría de Cu ltura ejecutar la política cultural, así como
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planear las estrategias y realizar las acciones necesarias para p romover, preservar y
fomentar las diversas manifestaciones culturales y ar tísticas del Estado.
III. El Decreto Legislativo número 27785/LXII/19 publicado el 27 de diciembre del año
2019, en Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, contiene el Presupuesto de Egresos
del Estado de Jalisco para el periodo comprendido del 1º de Enero al 31 de diciembre
del año 2020, en cuyo artículo 19 señala que las dependencias o entidades del Poder
Ejecutivo deberán elaborar, aprobar, publicar y poner a disposición de los/las posibles
beneficiarios/as, las reglas de operación de todos los fondos y programas
gubernamentales de apoyos y servicios de su competencia a más tardar el 31 de
marzo del año 2020.
IV. Las Casas de la Cultura son un espacio fund amental para la formación artística, la
difusión del patrimonio local y la convivenc ia comunitaria. En no pocos casos, se
constituyen como la única opción de acceso a la cultura y las diferentes expresiones
artísticas para la población de un municipio o región. Los servicios e infraestructura
que estos centros culturales integran, por nom brar algunos, biblioteca, museo local y
un auditorio o foro. Aún más allá, las Casas de la Cultura c ontribuyen de manera
fundamental al objetivo de garantizar el ac ceso a la cultura y las diferentes
expresiones artísticas gracias a su oferta de talleres d e formación artística, que
además garantiza el flujo constante de us uarios. En este sentido, la Secretaría de
Cultura del Estado ha puesto en marcha el Programa Fond o T alle res par a C asas de
la Cult ura , que contribuye con la realización de este objetivo de manera transparente
y equitativa.
En mérito de los fundamentos y razon amientos anteriormente expuestos, se emite el siguiente:
ACU ERDO
ÚNI CO.- Se emiten las reglas de operación del programa “
Fondo Talleres para Casas de la
Cultura
” correspondientes al ejercicio fiscal 2020, para quedar como sigue:
SEC CIÓN I. AS PEC TOS GEN ERAL ES
1. Fun dame nta ción
Artículos 19 del Presupuesto de Egresos del Estado de Jalisco para el periodo
comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2020; 1, 2 numeral 3, 3
numeral 1 fracción I, 5 numeral 1 fracciones IV, VI, XII, XV y XVI, 14, 15, 16 numeral 1
fracción IV, y 20 fracciones II, III, VI y XV de la L ey Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Jalisco; 6, fracciones I y III de la Ley de Fomen to a la Cultura del Estado de
Jalisco; así como 1, 2 fracciones III y IV, 7, 9 fracc iones II, X y XIV 19 fracciones III y IV
del Reglamento Interno de la Secretaría de Cult ura del Estado de Jalisco.
2. Int rodu cci ón
El presente instrumento tiene como finalidad establecer los objetivos del beneficio, los
requisitos para obtenerlo, los alcances, la forma de gestionarlo, la lógica de la
intervención, los resultados y el proced imiento para la entrega de beneficios. Está
organizado en cinco secciones: Aspectos generales; Objetivos y alcances del programa;
Operación y gestión; Mecanismos de verificación y evaluación de resultados; y
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