Reglas de operación del programa escuelas de tiempo completo para el ejercicio fiscal 2020

Fecha de registro19 Diciembre 2019
Número de expediente01/0043/191219
EmisorSEP - Secretaría de Educación Pública

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

ÍNDICE

GLOSARIO

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETIVOS

2.1. General

2.2. Específicos

3. LINEAMIENTOS

3.1. Cobertura

3.2. Población objetivo

3.3. Beneficiarios/as

3.3.1. Requisitos

3.3.2. Procedimiento de selección

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

3.4.1. Devengos, aplicación y reintegro de los recursos

3.4.1.1 Devengos

3.4.1.2 Aplicación

3.4.1.3 Reintegros

3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos

3.6. Participantes

3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)

3.6.2. Instancia(s) normativa(s)

3.7. Coordinación institucional

4. OPERACIÓN

4.1. Proceso

4.2. Ejecución

4.2.1. Avance físico financiero

4.2.2. Acta de entrega-recepción

4.2.3. Cierre de ejercicio

5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO

6. EVALUACIÓN

6.1. Interna

6.2. Externa

6.3 Indicadores

7. TRANSPARENCIA

7.1. Difusión

7.2. Contraloría Social

8. QUEJAS Y DENUNCIAS

ANEXOS

Anexo 1 Carta Compromiso Única

Anexo 2a Convenio Marco para la Operación de el/los Programa/s Federal/es de Educación Básica

Anexo 2b Lineamientos Internos para la Operación de el/los Programa/s Federal/es de Educación Básica

Anexo 3 Carta Meta de Escuelas de Tiempo Completo

Anexo 4 Carta Compromiso Escolar

Anexo 5 Diagrama de Flujo

Anexo 6 Avance físico financiero

Anexo 7 Base de datos de las escuelas públicas participantes en el Programa Escuelas de Tiempo Completo

GLOSARIO

Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:

AEFCM.- Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestras/os de Educación Básica en el ámbito de la Ciudad de México.

AEL.- Autoridad Educativa Local. La persona titular de la Secretaría de Educación o dependencia o entidad homóloga en cada uno de los Estados de la Federación, que cuente con atribuciones para el desempeño de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, quedará incluida la AEFCM.

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.

Alumna/o.- Es la/el niña, niño, adolescente o joven en edad de cursar la educación básica, matriculada/o en cualquier grado de los diversos niveles, modalidades y servicios educativos que se brindan como parte del Sistema Educativo Nacional.

Alumnado. - Conjunto de alumnas/os, para efectos del presente programa.

APF.- Administración Pública Federal.

Asistencia técnica.- Conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento que la Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa ofrece a la AEL para el desarrollo del Programa Escuelas de Tiempo Completo. Asimismo, la AEL será la responsable de brindar asistencia técnica al personal docente, directivo y de supervisión escolar para mejorar la eficacia de las escuelas públicas de Educación Básica participantes.

Avance físico financiero.- Documento que realiza la AEL, para informar de manera trimestral a la Instancia normativa el avance del ejercicio presupuestario, detallando la aplicación del recurso ministrado y ejercido, así como el cumplimiento de las acciones comprometidas.

Carta Compromiso Escolar.- Documento mediante el cual la escuela pública de Educación Básica expresa a la AEL la voluntad de participar en el Programa Escuelas de Tiempo Completo en el ejercicio fiscal 2020, así como el compromiso para realizar las acciones correspondientes sujetándose a los términos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.

Carta Compromiso Única.- Documento dirigido a la persona titular de la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública de la APF, mediante el cual la persona titular de la AEL, expresa su voluntad de participar en los programas sujetos a las Reglas de Operación a cargo de dicha Subsecretaría, así como el compromiso de formalizar el Convenio Marco para la Operación del/los Programa/s Federal/es de Educación Básica o Lineamientos Internos para la Operación del/los Programa/s Federal/es de Educación Básica, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.

Carta Meta de Escuelas de Tiempo Completo.- Documento dirigido a la persona titular de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa, mediante el cual la persona titular de la AEL ratifica la voluntad de participar en el Programa Escuelas de Tiempo Completo, asimismo establece el número de escuelas públicas de educación básica a las que se compromete atender durante el ciclo escolar correspondiente, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.

Catálogo de Centros de Trabajo.- Es el directorio que registra los Centros de Trabajo, con sus características básicas relativas a su situación geográfica y administrativa.

CCT.- Clave de Centro de Trabajo. Es la clave de identificación de cada escuela, centro administrativo, biblioteca o centro de apoyo a la educación. Se construye de acuerdo con los atributos que tiene: entidad federativa, sostenimiento, tipo y nivel educativo, es la llave de entrada al Catálogo de Centros de Trabajo.

CFDI.- Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica.

CLC.- Cuenta por Liquidar Certificada. El medio por el cual se realizan cargos al Presupuesto de Egresos para efectos de registro y pago.

Comité de Contraloría Social.- Es la organización social constituida por las personas beneficiarias de los programas de desarrollo social a cargo de las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, para el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución de dichos programas, con relación al cumplimiento de las acciones comprometidas en éstos, así como para apoyar en el ejercicio de transparencia y rendición de cuentas de los recursos asignados. Para el caso de las escuelas públicas de educación básica podrá ser conformado por integrantes del Consejo de Participación Escolar, con excepción de directivos, docentes, representantes sindicales y funcionarios públicos que desempeñen actividades en el mismo centro escolar.

Comunidad escolar.- Conjunto de personas involucradas, de manera corresponsable, en la escuela pública de educación básica: madres y padres de familia, tutoras/es, alumnado, personal docente y personal con funciones de dirección, de supervisión, de asesoría técnico pedagógica y técnico docente.

Contexto de riesgo social.- Son las condiciones socioeconómicas, culturales y geográficas que dificultan que sectores o grupos de población se incorporen al desarrollo y accedan a mejores condiciones de bienestar.

Contraloría Social.- Es el mecanismo de las personas beneficiarias, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.

Convenio Marco para la Operación de el/los Programa/s Federal/es de Educación Básica (Convenio).- Es el instrumento jurídico a través del cual la Secretaría de Educación Pública de la APF, por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica, acuerda con los Gobiernos de los Estados; entre otros aspectos, los derechos y obligaciones a cargo de cada una de las partes, la operación de los subsidios de los Programas Federales a cargo del subsector para el ejercicio fiscal 2020, en el marco de las presentes Reglas de Operación.

Coordinadora/or Escolar del Servicio de Alimentación.- Es la persona responsable de organizar el Servicio de Alimentación en la escuela pública de educación básica participante en el Programa Escuelas de Tiempo Completo, en acuerdo con el/la director/a del plantel y con la participación de madres y padres de familia y/o quien ejerza la tutoría de las/os alumnas/os.

Coordinadora/or Local del Programa.- Es la persona designada y/o ratificada formalmente por la AEL, para planear, desarrollar, dar seguimiento, evaluar y garantizar, a nivel local la operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo para el ejercicio fiscal 2020, en apego a las presentes Reglas de Operación.

Coordinadora/or Local del Servicio de Alimentación.- Es la persona designada formalmente y/o ratificada por la persona titular de la AEL, para planear, desarrollar, dar seguimiento y garantizar, a nivel local, que el Servicio de Alimentación se brinde en apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

Cuenta bancaria productiva específica.- Cuenta bancaria que se apertura para la administración y ejercicio de los subsidios del Programa, para el ejercicio fiscal 2020.

DGDGE.- Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa. Unidad administrativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública de la APF.

DOF.- Diario Oficial de la Federación.

Educación Básica.- Tipo Educativo compuesto por el...

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