REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS TEPEZALÁ SOBRESALIENTE (SUBSIDIO A LA EDUCACION DEL MUNICIPIO DE TEPEZALÁ, AGUASCALIENTES)

Fecha de publicación01 Enero 2024
SecciónTercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 105Enero 1° de 2024 (Tercera Sección)
Profra. Ma. Natividad Gallegos Medina
3era Regidora
C. Norma Loza Gutiérrez
4ta Regidora
C. Nancy Jiménez Ramírez
5ta Regidora
C. Eduardo Díaz Reyes
Síndico Municipal
H. AYUNTAMIENTO DE TEPEZALÁ
Lic. Leticia Olivares Jiménez, Presidenta Municipal de Tepezalá, Aguascalientes, con fundamento en los artículos 115 fracción II de la constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estadode Aguascalientes; los artículos 16, 36 fracciones I y XXXIX y 38
fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; así como los artículos 40, 42, 145 y 146 del Código Municipal de T epezalá,
Aguascalientes, a los Habitantes del Municipio de Tepezalá, Aguascalientes hago saber que el Honorabl e Ayuntamiento Constitucional 2021-2024,
tuvo a bien emitir las presentes REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS TEPEZALA SOBRESALIENTE (SUBSIDIO A LA
EDUCACION DEL MUNICIPIO DE TEPEZALÁ, AGUASCALIENTES), al tenor de lo siguiente:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS TEPEZALA SOBRESALIENTE (SUBSIDIO A LA EDUCACION DEL MUNICIPIO DE
TEPEZALÁ, AGUASCALIENTES)
1.- FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA
Que el Municipio de Tepezalá, en el E stado de Aguascalientes, es una entidad de carácter público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio
propios, autónoma en su régimen interi or, con libertad para administrar su hacienda o gestión municipal conforme lo establecido por el artículo 115
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 66 y 67 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; así como por
lo dispuesto por los artículos y de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y por lo establecido en los artículos 5°, 6° y 7° del Código
Municipal de Tepezalá, Aguascalientes. Así como lo establecido en el artículo 265, Fracción II, que es impulsar el mejoramiento del nivel de vida de
los habitantes del municipio, atendien do prioritariamente, a los segmentos soci ales de pobreza extrema, así como a impulsar a la soc iedad atendiendo
sus propuestas y necesidades generan do acciones definidas para su propio desarrollo; y fomen tar la participación ciudadana para la concertaci ón de
intereses, esfuerzos y voluntades para llegar al desarrollo integral de la comunidad en el Municipio de Tepezalá, Aguascalientes.
2.- INTRODUCCIÓN:
En base al último estudio realizado por la Direcci ón General de Planeación, Programac ión y Estadística Educativa (D GPPyEE) del estado de
Aguascalientes, y datos obtenidos del Censo de Población y Vivienda aplicado en el año 2020, además del censo poblacional en materia educativa
aplicado por el Ayuntamiento de Tepezalá, Aguascal ientes, se detectó la problemática de abandono es colar desde niveles básicos, medio superior y
superior, además del bajo índice de interés que presenta l a población estudiantil por la continuidad de sus estudios, siendo una de las causas las
dificultades que tienen las familias tepez alences para financiar los gastos que implican continuar con sus estudios.
El Programa “Becas Tepezalá Sobresaliente”, busca incentivar a la población estudiantil de las veinticuatro comunidades, mediante una beca en pago
a una sola exhibición por Convocatoria, contando con dos convocatorias, que permitirá cubrir a los estudiantes y sus familias los principales gastos
que la continuidad de sus estudios representa, tales como, pagos de colegiaturas, transport es, uniformes y los costos generados en el ciclo escol ar
corriente que dará pie a la culminación y comienzo del siguiente ciclo escolar. Logrando así disminuir el índice de deserción esc olar y la motivación
de estudiantes en todos los niveles educat ivos, obteniendo un mayor aprovechami ento académico y con ello un impacto positi vo en el desarrollo
social del municipio.
3. ANTECEDENTES
De los resultados obtenidos del Censo de Población y Vivienda aplicado en el año 2020, en el municipio de Tepezalá, Aguascalientes, la población
de 15 años que es analfabeta; es decir no saben le er, ni escribir un recado, representa el 4.23% (659 habitant es). Por lo que para evitar el crecimiento
del analfabetismo y la deserción, derivada del poc o interés que presenta la población estudiantil por la continuidad de sus estudios , es por lo que se
considera necesaria una beca para quienes más lo necesitan.
4. DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL PROGRAMA
En razón de lo anterior, el objetivo gen eral es incentivar a los estudiantes de nivel básico, medio superior y superior procedentes de fam ilias más
vulnerables, a continuar y culminar su form ación académica, a través de la entrega de una beca destinada al subsidio para s u educación.
4.1. Alineación con los Ejes del Plan Municipal de Desarrollo 20 21-2024, del Gobierno Municipal de Tepezalá, Aguascalientes.
La educación es uno de los pilares so bre los que se constituye el Plan de Desarrollo M unicipal de la administración 2021-2024, ref lejado en la sección
IV, punto 7 “Educación, Deporte, Cultura y Arte”, el objetivo para un desarrollo en el municipio de Tepezalá, Aguascalientes, habla sobre la educació n
de calidad y se enfoca en:
• Asegurar a todas las niñas y los niños terminen l a primaria y secundaria, siendo gratuita, equitativa, de calidad y con aprendizajes efectivos.
4.2. Dependencia o entidad responsable
Dirección de Desarrollo Social
ARCHIVO PARA CONSULTA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR