Quinta modificación a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2011-2012. Comentarios

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Introducción

La SHCP dio a conocer en el DOF del pasado 27 de diciembre, la Quinta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2011-2012 y sus anexos 1 y 2, misma que entró en vigor el 1o. de enero de 2012.

Al respecto, se analizan los principales cambios que verificaron las RCGMCE para 2011-2012 con objeto de que los interesados en la materia aduanera y de comer-cio exterior tengan conocimiento de las reformas correspondientes.

Modificaciones a las RCGMCE para 2011-2012

Multas y cantidades actualizadas que establece la LA y su reglamento señaladas en el anexo 2 de las RCGMCE para 2011-2012 (regla 1.1.4; modificación)

La regla 1.1.4 de las RCGMCE para 2011-2012 indica que las multas y cantidades en moneda nacional establecidas en la LA y su reglamento que han sido actualizadas son las que se consignan en el anexo 2 de las RCGMCE.

Al respecto, se modifica esta regla con la finalidad de explicar el procedimiento que se utilizó para actualizar las multas señaladas en los preceptos legales mencionados en esta regla, correspondientes a 2012.

Supuestos en los que no se considerará que los agentes o apoderados aduanales se encuentran en el caso de cancelación de la patente o autorización (regla 1.4.13; modificación)

La regla 1.4.13 de las RCGMCE para 2011-2012 especifica los casos en los cuales no se considerará que los agentes o apoderados aduanales se encuentran en el supuesto de cancelación de la patente de agente aduanal o autorización del apoderado aduanal.

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En este sentido, se modifica la fracción II de esta regla con objeto de establecer que no se considerará dentro de los supuestos de cancelación de la patente o auto-rización, cuando la omisión en el pago de impuestos al comercio...

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