Acuerdo por el que se da a conocer las Reglas de Operación del Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal para la integración de las ternas de candidatos para ocupar el cargo de Presidente de la Junta

JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL

C.P.C. ROGERIO JUAN CASAS ALATRISTE URQUIZA, PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 14 y 16, ambas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente; 1°, 2°, 12 fracciones I y IV, 87, 91 y 116, todos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal vigente; 1°, 2° y 3° fracción II, de la Ley Orgánica de la Ley de la Administración Pública el Distrito Federal vigente; 1° párrafos primero y segundo, 2°, 3° fracción IV, 6°, 8°, y 197, todos del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente; 1°, 2° fracciones XVI, XVIII, 73, 76, 79, 81 fracción III de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 66, 67 y 72 fracción VII del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, en cumplimiento y ejecución del Acuerdo No. 173/24 aprobado por el Consejo Directivo de esta Junta en su sesión ordinaria No. 173 celebrada el quince de mayo del año en curso, se hace del conocimiento el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS TERNAS DE CANDIDATOS PARA OCUPAR EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA JUNTA.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que el artículo 76 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal establece como atribución del Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal (la "Junta"), la de aprobar por mayoría calificada de sus integrantes, y someterla a consideración del Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su aprobación, una terna de candidatos a nombramiento de Presidente de dicha Junta, previendo que, en caso de que el Jefe de Gobierno rechace en su totalidad esa terna, el Consejo Directivo someterá una segunda terna a su consideración.

SEGUNDO.- Que la fracción III del artículo 81 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal (la "Ley") dispone que el Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal (el "Consejo Directivo"), para el cumplimiento de sus fines, tendrá la atribución de elaborar y aprobar sus reglas de operación interna.

Por lo expuesto, y con el fin de dar cumplimiento a los preceptos legales citados el Consejo Directivo ha aprobado las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS TERNAS DE CANDIDATOS PARA OCUPAR EL

CARGO DE PRESIDENTE DE LA JUNTA

Título Primero Disposiciones generales

PRIMERA: Las presentes Reglas tienen por objeto determinar la manera en que habrán de integrarse las Ternas de Candidatos para ocupar el cargo de Presidente, que el Consejo Directivo debe remitir al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para el nombramiento correspondiente.

SEGUNDA: Las disposiciones contenidas en las presentes Reglas únicamente regulan el procedimiento para la integración de las Ternas, por lo que no derogan ni atentan contra las disposiciones que en materia de formalidad y publicidad que establece la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal o cualquier otro ordenamiento legal aplicable.

TERCERA: Los términos utilizados en las presentes Reglas corresponden a las definiciones establecidas por la Ley y su Reglamento, a los que habrá de remitirse en su lectura. Por lo que hace a los términos no definidos en tales ordenamientos y para efectos de las presentes Reglas deberá entenderse por:

  1. Ley: la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal;

  2. Reglamento: el reglamento de la Ley;

  3. Reglas: las presentes Reglas de Operación del Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal para la integración de las Ternas de Candidatos para ocupar el cargo de Presidente de la Junta;

  4. Junta: Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal

  5. Consejo Directivo: El Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal.

  6. Ternas: Conjunto de tres personas propuestas por el Consejo Directivo para que se designe de entre ellas la que haya de desempeñar el cargo de Presidente.

  7. Candidato (o su plural): Persona que pretende integrar alguna Terna.

    Título Segundo De la Convocatoria

    CUARTA: El Consejo Directivo acordará el inicio del proceso de integración de Ternas y al efecto ordenará la publicación de la Convocatoria correspondiente.

    Dicho inicio deberá acordarse por el Consejo Directivo a más tardar en la sesión ordinaria de...

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