Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014 y anexos. Se publican en el DOF

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La SHCP publicó en el DOF de los días 29 de agosto, 1o., 2 y 3 de septiembre pasado, lo siguiente:

1. Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014, y sus anexos 10 y 21, mismas que entran en vigor el 30 de agosto, excepto en lo que indican tales reglas.

2. Anexo 1 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014, publicadas el 29 de agosto de 2014.

3. Anexos Glosario de definiciones y acrónimos 4, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014, publicada el 29 de agosto de 2014.

4. Anexo 22 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014, publicada el 29 de agosto de 2014.

De esta manera, se dan a conocer las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE) para 2014 y los anexos de las mismas, los cuales se mencionan a continuación:

Anexo Descripción
Glosario Definiciones y acrónimos de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014.
Anexo 1 Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite.
Anexo 4 Horario de las aduanas.
Anexo 7 Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1, fracción XI.
Anexo 8 Fracciones arancelarias que identifican los bienes de capital a que se refiere la regla 1.3.1, fracción XII.
Anexo 9 Fracciones arancelarias que se autoriza importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV, de la ley.
Anexo 10 Sectores y fracciones arancelarias.
Anexo 11 Rutas fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías conforme a la regla 4.6.15.
Anexo 12 Mercancías de las fracciones de la TIGIE en las que procede su exportación temporal.
Anexo 13 Almacenes generales de depósito autorizados para prestar los servicios de depósito fiscal y almacenes generales de depósito autorizados para colocar marbetes o precintos.
Anexo 15 Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
Anexo 16 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
Anexo 17 Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
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