Reglamento de Tránsito del Municipio de Mexquitic de Carmona

EstadoSan Luis Potosí
MunicipioMexquitic de Carmona
Periódico Oficial
DELDEL
DELDEL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
San Luis Potosí
AÑO LXXXIX SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. AÑO LXXXIX SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P.
AÑO LXXXIX SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. AÑO LXXXIX SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P.
AÑO LXXXIX SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. MARTES 11 DE JULIOMARTES 11 DE JULIO
MARTES 11 DE JULIOMARTES 11 DE JULIO
MARTES 11 DE JULIO DE 2006 DE 2006
DE 2006 DE 2006
DE 2006
EDICIÓN EXTRAORDINARIAEDICIÓN EXTRAORDINARIA
EDICIÓN EXTRAORDINARIAEDICIÓN EXTRAORDINARIA
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
Responsable:
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Director:
C.P. OSCAR IVAN LEON CALVO
SUMARIOSUMARIO
SUMARIOSUMARIO
SUMARIO
H. Ayuntamiento de Mexquitic de Carmona, S.L.P.
Reglamento de Tránsito.
MARTES 11 DE JULIO DE 2006
2Periódico Oficial del Estado
Libre y Soberano de San Luis Potosí
Directorio
CP. Marcelo de los Santos FragaCP. Marcelo de los Santos Fraga
CP. Marcelo de los Santos FragaCP. Marcelo de los Santos Fraga
CP. Marcelo de los Santos Fraga
Gobernador Constitucional del Estado
de San Luis Potosí
Lic. Alfonso José Castillo MachucaLic. Alfonso José Castillo Machuca
Lic. Alfonso José Castillo MachucaLic. Alfonso José Castillo Machuca
Lic. Alfonso José Castillo Machuca
Secretario General de Gobierno
C.P. Oscar Iván León CalvoC.P. Oscar Iván León Calvo
C.P. Oscar Iván León CalvoC.P. Oscar Iván León Calvo
C.P. Oscar Iván León Calvo
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NOTA:NOTA:
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San Luis Potosí
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEDEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEDEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
H. Ayuntamiento de
Mexquitic de Carmona, S.L.P.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados
Unidos Mexicanos, Presidencia Municipal de Mexquitic de
Carmona, S.L.P.
El Ciudadano presidente Municipal Constitucional de Mexquitic
de Carmona, S.L.P., José Fidel García Pacheco, a sus habitan-
tes sabed:
Que el H. Cabildo en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de
marzo año 2006, aprobó por acuerdo unánime el Reglamento
de Tránsito para el Municipio de Mexquitic de Carmona, S.L.P.,
debidamente estudiado, por lo que de conformidad con lo dis-
en el Estado de San Luis Potosí, lo Promulgó para su debido
cumplimiento, y a su vez remito al Ejecutivo Estatal para su
publicación en el Periódico Oficial del Estado.
A t e n t a m e n t e
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
C. JOSE FIDEL GARCIA PACHECO
Presidente Municipal Constitucional.
(Rúbrica).
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados
Unidos Mexicanos, Presidencia Municipal de Mexqutic de
Carmona, S.L.P.,
El que suscribe C. Ing. Aucencio Montes Salazar, Secretario
General del H. Ayuntamiento de Mexquitic de Carmona, S.L.P.,
por medio del presente hago constar y
C E R T I F I C O
Que en sesión Extraordinaria de Cabildo, celebrada el día 28
del mes de marzo del año dos mil seis, la H. Junta de
Extraordinaria de Cabildo por acuerdo unánime aprobó el
Reglamento de Tránsito del Municipio para el Municipio de
Mexquitic de Carmona, S.L.P., mismo que remite al Ejecutivo
del Estado, para su publicación en el Periódico Oficial Doy Fe.
A t e n t a m e n t e
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
C. ING. AUCENCIO MONTES SALAZAR
Secretario General del Ayuntamiento.
(Rúbrica).
MARTES 11 DE JULIO DE 2006 3
Periódico Oficial del Estado
Libre y Soberano de San Luis Potosí
REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE MEXQUITIC
DE CARMONA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1°. El presente Reglamento es de interés público, de
beneficio social y sus disposiciones de cumplimiento general,
son reglamentarias del Artículo 115 fracciones II y III de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 114 fraccio-
nes II y III de la Constitución Política del Estado Libre y Sobera-
no de San Luis Potosí, fracción III del numeral 13 y demás
relativos de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí,
31 inciso B) fracción I y 159 de la Ley Orgánica del Municipio
Libre del Estado de San Luis Potosí, artículos 10, 11 y 12 de la
Ley que establece las bases para la emisión de Bandos de
Policía y Gobierno, y ordenamientos de los Municipios del Es-
tado de San Luis Potosí y demás Leyes aplicables vigentes en
el Estado, con el fin de establecer las normas que regulen el
tránsito peatonal, vehicular y semovientes dentro de la circuns-
cripción territorial del Municipio de Mexquitic de Carmona.
Artículo 2°. El Reglamento tiene por objeto establecer y regular:
I. El procedimiento en caso de infracciones;
II. El tránsito de peatones, vehículos y semovientes; así como
garantizar al máximo su seguridad y preservar los bienes des-
tinados al servicio público, al medio ambiente y el orden públi-
co;
III. El transporte;
IV. La vía pública;
V. La vialidad y el tránsito;
VI. Las normas aplicables relativas al consumo de bebidas
alcohólicas, enervantes, estupefacientes y sustancias
psicotrópicas o tóxicas;
VII. Las sanciones, arrestos, multas y beneficios;
VIII. Los accidentes de tránsito y de la responsabilidad civil
resultante;
IX. Los derechos y obligaciones de los peatones, conductores,
escolares, adultos mayores y personas con discapacidad;
X. Los dispositivos para el control y verificación de Tránsito;
XI. Los recursos.
XII. Los servicios municipales;
XIII. Los vehículos.
Artículo 3°. Para los Efectos de este Reglamento se denomi-
nará:
I. Acera o banqueta. Porción de la calle o camino destinada
exclusivamente al tránsito de peatones y personas con
discapacidad;
II. Agente de Tránsito. Funcionario a cargo de la vigilancia del
tránsito, así como de la aplicación de sanciones por infraccio-
nes a las disposiciones del Reglamento de Tránsito;
III. Alcohol sensor. Dispositivo para medir la cantidad de alco-
hol presente en el aire espirado por una persona;
IV. Aliento alcohólico. Estado de alteración de las potencialida-
des psíquicas y somáticas cuya intensidad de las manifesta-
ciones clínicas es de carácter de leve a moderada, secundario
a la ingestión de sustancias alcohólicas;
V. Automóvil. Los vehículos que pueden ser guiados para mar-
char por una vía ordinaria y provistos de motor, generalmente
de explosión, que los pone en movimiento;
VI. Bahía. Espacio delimitado para el ingreso y salida de vehí-
culos del transporte urbano colectivo para el servicio de ascen-
so y descenso de pasaje;
VII. Bahía para personas con discapacidad. Espacio delimita-
do para el ingreso y salida de vehículos para el ascenso y
descenso de personas con discapacidad;
VIII. Conductor. Toda persona que conduce, maneja o tiene
control físico de un vehículo automotor, de tracción humana o
animal en la vía pública;
IX. Dirección. Para efectos del Reglamento, Dirección General
de Seguridad Pública Municipal;
X. Dispositivos para el control de tránsito. Las señales, mar-
cas, semáforos y cualquier otro dispositivo que se coloca en la
vía pública, para prevenir, regular y ordenar a los usuarios de la
misma. Estos indican prevenciones que se deben tomar en
cuenta, restricciones que gobiernan en el tramo en circulación
y las informaciones estrictamente necesarias;
XI. Estacionamiento. Espacio destinado y permitido para apar-
car un vehículo, puede estar ubicado en la vía pública en el
carril adyacente a las aceras, o fuera de la vía pública, en co-
cheras, lotes y edificios;
XII. Enervantes. Son sustancias Psicotrópicas y demás que
puedan producir dependencia física o Psíquica clasificadas en
los grupos tres y cuatro de la Ley General de Salud;
XIII. Estado de ebriedad. Estado de alteración en las potencia-
les psíquicas y somáticas de carácter grave y de corta duración
en el tiempo, ocasionada por la ingestión, uso o abuso de
alcohol o cualquier otra sustancia psicotrópica;
XIV. Estupefaciente. Droga enervante o sustancia narcótica
como el opio, la morfina, cocaína, o cualquier otro que produce

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