Reglamento de Proteccion de Datos Personales para el Municipio de Coroneo Guanajuato
REGLAMENTO DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES PARA EL MUNICIPIO DE CORONEO GUANAJUATO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Tercera Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el martes 13 de marzo de 2007.
CARLOS LÓPEZ RUIZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE CORONEO, GTO., A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER: QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN 11 (SIC) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 117 FRACCIÓN 11 (SIC) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO; 2 FRACCIÓN IV Y TERCERO TRANSITORIO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO Y 202, 203, 204 Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 2006 SE APROBÓ EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA El MUNICIPIO DE CORONEO GUANAJUATO.
El Ayuntamiento de Coroneo, Gto. para ese efecto contará con el consentimiento del titular para la obtención de sus datos personales, informándole previamente sobre la existencia y finalidad del archivo o banco de datos, así como el carácter obligatorio u optativo de proporcionarlos y las consecuencias de ello.
l. Archivo, registro, base o banco de datos personales: indistintamente, designan al conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su formación, almacenamiento, organización o acceso";
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Archivo o Banco de datos personales físicos: Conjunto ordenado de datos que para su tratamiento están contenidos en registros manuales, impresos;
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Archivo o Banco de datos personales automatizados: Conjunto ordenado de datos que para su manejo requieren de una herramienta tecnológica específica que permita su acceso, recuperación o tratamiento. Como son sonoros, " magnéticos, visuales, holográficos u otro que la ciencia y la tecnología reconozca como tal;
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Archivo o banco de datos personales mixtos: Conjunto ordenado de datos que para su tratamiento se encuentran contenidos tanto en registros manuales como en aquellos en que se requiera una herramienta tecnológica que permita su acceso;
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Cesión de datos: Es toda revelación de datos personales realizada a una persona u organismo distinta del interesado, por parte de las Dependencias o entidades, en los términos de Ley de protección de datos personales;
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Consentimiento del Titular de los datos personales: se entenderá como aquél dado para la posible cesión de sus datos, y podrá ser por escrito o por medios electrónicos;
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Domicilio: Se entenderá por este, el domicilio en donde habita la persona Titular de los datos personales;
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Informes de datos personales: Relación de Archivo o Banco de datos en que se contiene información del titular, tipo de información contenida, naturaleza de la información y status de la misma, precisándose si se han cancelado, corregido, modificado o cedido, proporcionando la información completa de la misma, y; (sic)
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Procedimiento de desvinculación. Todo tratamiento de datos personales, de modo que la información que se obtenga no pueda atribuirse al titular de éstos, ni permitir por su estructura, contenido o grado de desagregación, la identificación individual del mismo.
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Ley. La ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato.
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Finalidad del archivo o banco de datos personales y el uso previsto para el mismo;
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Personas sobre las que se pretende obtener datos personales o que resulten obligados a suministrarlos;
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Procedimiento para la obtención de datos;
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Estructura básica del archivo;
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Cesiones de datos personales, y en su caso, las cesiones de datos que se prevean;
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Los órganos de las administraciones responsables de los ficheros; y
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Las medidas de seguridad.
SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Los que contengan esas características deberán atender a la desvinculación de los mismos.
DEL PROCEDIMIENTO
DE LAS SOLICITUDES DE INFORMES
l. Nombre del solicitante (titular o representante legal);
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Domicilio para recibir notificaciones;
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Descripción clara y precisa de los datos personales solicitados;
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Cualquier otro dato que facilite la localización de la información;
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Modalidad en que el solicitante desee le sean entregados los informes.
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