Reglamento para el Proceso de Incorporacion Al Servicio Docente del Sistema Educativo Estatal de Durango

REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE INCORPORACION AL SERVICIO DOCENTE DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 13 de julio de 2008.

ISMAEL ALFREDO HERNÁNDEZ DERAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Durango en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos 70 de la Constitución Política del Estado, 15, 16, 18, 20 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 10, 12, 24, 30 y 65 de la Ley de Educación del Estado de Durango; He tenido a bien emitir el Reglamento para el proceso de incorporación al servicio docente del Sistema Educativo Estatal de Durango, con base en los siguientes:

CONSIDERANDOS.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 15
Artículo 1°

Este Reglamento se fundamenta en el Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Artículos 21 y 68 de la Ley General de Educación, en los Artículos 30, 65 y 175 de la Ley de Educación del Estado de Durango y en la Alianza por la Calidad de la Educación; y tiene por objeto regular la incorporación a la función docente en educación básica del Sistema Educativo Estatal, mediante un proceso selectivo. Se entiende por incorporación a la función docente la adquisición en propiedad de una plaza presupuestal de nueva creación o por vacante definitiva en cualquiera de los niveles y modalidades educativas que se precisan en el Artículo 2º de este Reglamento.

Artículo 2° Las modalidades educativas son: Educación Preescolar, preescolar Indígena, primaria, primaria Indígena, especial, secundaria general y técnica, telesecundaria y física.
Artículo 3° El proceso de incorporación de los docentes al Sistema Educativo Estatal establece la forma mediante la cual se seleccionarán las personas que ocuparán las plazas de nueva creación, así como las vacantes definitivas dentro del sistema educativo

Mediante este proceso imparcial, equitativo, transparente, legal y sujeto al escrutinio público, se fortalecerá la educación que se imparte en nuestro Estado.

Artículo 4° Para los fines de este Reglamento, se entenderá como NUEVA PLAZA aquella de nueva creación, aprobada por la autoridad educativa correspondiente y que no existiera anteriormente en el Catálogo de Plazas

Así mismo, se entenderá por PLAZA VACANTE DEFINITIVA aquella que con motivo de jubilación, defunción, destitución o renuncia del titular quede disponible para su ocupación.

Artículo 5° Los tipos de plazas, nuevas o vacantes definitivas, que se someterán a concurso comprenden tanto las del subsistema federalizado como del estatal, y tanto las de jornada como de horas semana mes.
Artículo 6° La organización del proceso de incorporación estará a cargo de un Comité de seguimiento del proceso de incorporación, adscrito a la Secretaría de Educación del Estado de Durango.
CAPÍTULO II Artículos 7 a 9

DEL COMITÉ DEL PROCESO DE INCORPORACIÓN

Artículo 7° El Comité del Proceso de Incorporación al Sistema Educativo en Durango estará conformado de la siguiente manera:
  1. Un Presidente del Comité, que será el Secretario de Educación.

  2. Un Vicepresidente, que será el Subsecretario de Administración y Planeación, quien suplirá en ausencia al Presidente del Comité.

  3. Un Secretario Técnico que será el Subsecretario de Servicios Educativos.

  4. Seis Vocales, que serán: Subsecretario de Educación de la Región Laguna Directores de Administración y Finanzas, de Planeación y Evaluación Educativa; de Educación Básica "A" y de Educación Básica "B", Director Estatal de Telesecundarias.

Artículo 8° Para el cumplimiento de sus fines y un buen desempeño, el Comité del Proceso de Incorporación tendrá las siguientes atribuciones:
  1. Elaborar una convocatoria anual para la incorporación al Sistema Educativo Estatal.

  2. Difundir las convocatorias para la incorporación al Sistema Educativo Estatal.

  3. Organizar el proceso de incorporación al Sistema Educativo: establecer los procedimientos de recepción de documentación, proporcionar información general sobre el proceso y difundir los resultados.

  4. Instrumentar las acciones necesarias para el desarrollo de los exámenes, dentro del proceso de incorporación al Sistema Educativo Estatal.

  5. Solicitar a las áreas educativas correspondientes la información necesaria acerca de las nuevas plazas autorizadas, las plazas vacantes generadas y las necesidades de recursos humanos para el cumplimiento de sus fines.

  6. Constituir e integrar los grupos...

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