Reglamento de Plazas y Mercados del municipio de Zacatecas

EstadoZacatecas
MunicipioZacatecas
Reglamen
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Reglamen to de Plazas y Mercados
to de P lazas y Mercad osto de P lazas y Mercad os
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del munic ipio de Zacat ecas
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C o n s i d e r a n d o s
PRIMERO.- Que la administración pública del municipio de Zacatecas 2001-2004, concibe
que el municipio es más que una simple base de división territorial, administrativa y política del Estado
de Zacatecas, sino gobierno vecinal donde se ha fraguado la soberanía nacional, primer contacto del
ciudadano con el poder público y comunidad primigenia donde hombres y mujeres resuelven sus
problemas inmediatos y colectivos.
SEGUNDO.- Que era inaplazable que en el municipio de Zacatecas se regulara con mayor
precisión las plazas y mercados, con un instrumento jurídico que en el ámbito de atribuciones del
municipio, asegure el buen desempeño de los lugares destinados a la realización de productos y
mercancías tendientes a satisfacer las necesidades básicas de la población.
TERCERO.- Asumiendo el reto de un municipio moderno, cuyo crecimiento urbano es
evidente, y por ende, complejas sus necesidades, y siendo actores del futuro cercano, deseamos sentar
las bases normativas que tanto a gobernantes como gobernados nos constriñan en la prestación del
servicio público de mercados y centrales de abasto, comerciantes ambulantes y determinación de zonas
y plazas destinadas al comercio.
CUARTO.- Por lo tanto, respondiendo a los retos que nos impone una sociedad zacatecana
cada vez más compleja, el Ayuntamiento procura el orden, higiene y viabilidad de sus plazas y
mercados. En este Reglamento, precisamos los conceptos de zona de comercio temporal y regulamos a
sus actores, porque no queremos vernos en situaciones no deseables que desmeritarían la imagen y
paisajística urbana, ocasionando caos vial, deterioro de edificios públicos, de utilización de calles en
tiempos y circunstancias no adecuadas para el comercio; además, por que debemos fortalecer la
actividad comercial en nuestros mercados de manera ordenada, coherente y leal, fortaleciendo la
organización de los locatarios, y a la vez, reasumiendo las facultades que en la materia tiene nuestro
municipio.
QUINTO.- Este reglamento se expide con fundamento en las facultades derivadas de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115 fracción II y III inciso d), la
local del Estado en su numeral 119 fracciones V y VI inciso d), y Ley Orgánica del Municipio del
Estado de Zacatecas en sus artículos 49 fracción II y 52 fracciones III y IX, Bando de Policía y Buen
Gobierno del Municipio de Zacatecas, allí donde lo faculta para expedir las disposiciones normativas
necesarias para el cabal cumplimiento de sus fines.
Por lo anteriormente expuesto, el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Zacatecas, en
Sesión Ordinaria de Cabildo número 26 de fecha 23 del mes de Agosto del año dos mil dos, ha tenido a
bien acordar y expedir el presente:
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Reglamento de Plazas y Mercados
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Reglamento de Plazas y Mercados
del municipio de Zacatecas
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del municipio de Zacatecas
Título I:
Declaraciones preliminares
Capítulo Único:
Disposiciones generales
Artículo 1º. El funcionamiento de los Mercados y el ejercicio del comercio en éstos y en las
Plazas del Municipio de Zacatecas, constituyen un servicio público que otorgan los locatarios y
comerciantes, previa concesión o permiso otorgado por la Presidencia Municipal, por conducto de su
Tesorería Municipal.
El otorgamiento del permiso, licencia, contrato y/o concesión, obliga al comerciante o al locatario
a la prestación del servicio.
Por tanto, el presente reglamento tiene como objeto regular el ejercicio del comercio en las
Plazas y Mercados Municipales, así como el que se lleva a cabo en la vía pública.
Artículo 2º. Los preceptos establecidos en el presente reglamento son de orden público y
observancia general en todo el territorio del municipio de Zacatecas.
Artículo 3º. Todo lo relativo a concesiones, a que se refiere este reglamento, se encuentran
derivadas de las facultades otorgadas al municipio por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la propia del Estado y leyes que de ella emanen, como la Ley Orgánica del Municipio en el
Estado, Código Fiscal y Ley de Hacienda Municipales, el Bando de Policía y Gobierno, su Plan de
Desarrollo Municipal, Ley y Reglamento de Tránsito del Estado y, demás relativas y aplicables de
competencia municipal.
Artículo 4º. Compete al Honorable Ayuntamiento de Zacatecas, a través de su órgano ejecutivo y
autoridades administrativas, vigilar el cumplimiento, aplicación y sanción del presente reglamento,
quedando sometidos a los dictados y extremos que el mismo previene, tanto autoridades municipales,
como los comerciantes, locatarios y permisionarios.
Artículo 5º. Lo no previsto en este reglamento, se resolverá aplicando supletoriamente la Ley
Orgánica, de Hacienda y de Ingresos Municipales, y los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles del
Estado, y demás ordenamientos municipales, tomando en cuenta los Planes de Desarrollo Urbano,
conforme a los vocacionamientos y criterios del Instituto Estatal de Ecología.
Artículo 6º. Para efectos de este reglamento, se entenderá por:

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