Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres para la Igualdad de Oportunidades

EstadoNayarit
MunicipioTepic
NEY GONZALEZ SÁNCHEZ, Presidente Municipal de Tepic; a
sus habitantes hace sabed:
Que el XXXVI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, en uso de
las facultades que le confieren los artículos 115 fracción II, de la
fracción I, de la Constitución Política del Estado de Nayarit y 61
fracción I, inciso a, fracción III, inciso a, 65 fracción VII, y 234 de la
Ley Municipal para el Estado de Nayarit, ha tenido a bien expedir
el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE LAS
MUJERES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
TITULO PRIMERO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del
Instituto de las Mujeres, tanto en sus objetivos, atribuciones, régimen interior y sus
relaciones con las diversas personas jurídicas de carácter público y privado.
Artículo 2.- Se crea el Instituto de la Mujer como un organismo centralizado de la
Administración Pública Municipal, constituyendo éste, la instancia del Municipio de
Tepic, de carácter especializado y consultivo para la promoción de la igualdad de
derechos y oportunidades entre hombres y mujeres; propiciando la comunicación y
la participación activa de las mujeres en los programas, acciones o servicios que
se deriven de las políticas municipales, integrándose en la vida económica,
cultural, social y política; alentando su participación en todos los niveles y ámbitos
de decisión, promoviendo ante las autoridades e instancias competentes los
mecanismos necesarios para ello.
Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
INSTITUTO: El Instituto de la Mujer.
DIRECTORA: La Directora del Instituto de la Mujer.
UNIDADES ADMINISTRATIVAS: Las Subdirecciones y los Departamentos del
Instituto.
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