Reglamento Interno del Comite Municipal contra las Adicciones -comca- del Municipio de Tijuana, Baja California

"NOTA DE VLEX: este refundido se ha actualizado con fecha 14/05/2021 y estamos en proceso de actualización de dicha norma."

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ MUNICIPAL CONTRA LAS ADICCIONES (COMCA) DEL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 16 DE MARZO DE 2018.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el viernes 27 de junio de 2003.

EL LIC. LUIS ALONSO MORLETT CORRALES, Secretario de Gobierno del XVII Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tijuana, Baja California, conforme a la Ley, - - -

C E R T I F I C A:

- - - Que en el acta levantada con motivo de la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día veintidós de julio del dos mil dos, del XVII Ayuntamiento de Tijuana, se encuentra un acuerdo que a la letra dice:- - -

- - - Acta 20.- ". se toma en consideración que las condiciones sociales y de salud que imperan en el Municipio con respecto al problema de las adicciones, constituyen una necesidad urgente de la elaboración de un proyecto que reúna características coherentes con las políticas públicas que procuran el bienestar ciudadano, basadas en la supervisión y debida aplicación de programas de prevención y rehabilitación de las adicciones que se planean aplicar, y en concordancia con las políticas del Estado, crear las condiciones para el desarrollo humano integral y la promoción del bien común; que es facultad de los municipios; que el proyecto del Reglamento del Comité Contra las Adicciones (COMCA), tiene su sustento legal en el artículo 4, párrafo IV de la Constitución Federal, artículo 3, fracciones XIX a la XXI de la Ley General de Salud, así como en el artículo 5 fracción III de la Ley de Salud Social de Personas con Problemas de Drogadicción y Alcoholismo para el Estado de Baja California, así como el artículo 8 .del decreto emitido por el Gobernador del Estado, de fecha quince de marzo del dos mil dos, que establece la creación y funcionamiento de un Comité Municipal contra las adicciones para cada municipio; con lo anterior, el H, Cuerpo Edilicio aprueba por unanimidad de votos el siguiente punto de acuerdo: UNICO.- Se aprueba el Reglamento del Comité Municipal Contra las Adicciones (COMCA) del Municipio de Tijuana, Baja California, el cual se anexa al presente acuerdo y se tiene por reproducido como si se insertara a la letra del mismo.- - -

- - - Para todos los efectos a que haya lugar, se extiende la presente CERTIFICACION, en la ciudad de Tijuana, Bajá California, a los diez días del mes de junio del año dos mil tres.- - -

EL C. SECRETARIO DE GOBIERNO DEL XVII AYUNTAMIENTO DE TIJUANA

LIC. LUIS ALONSO MORLETT CORRALES

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ MUNICIPAL CONTRA LAS ADICCIONES (COMCA) DEL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.

CAPITULO I Artículos 1 y 2

De su naturaleza y objeto

(REFORMADO, P.O. 16 DE MARZO DE 2018)

ARTICULO 1

Se crea el Comité Municipal contra las Adicciones del Municipio de Tijuana, Baja California, como órgano de carácter multisectorial e interinstitucional para la consulta, estudio, análisis, discusión, seguimiento y evaluación de la problemática de las adicciones en el Municipio de Tijuana, Baja California, y derivado de ello la emisión de opiniones y recomendaciones al Instituto Municipal Contra las Adicciones, buscando siempre la coordinación y representación del Gobierno Municipal en trabajos del tema con el Gobierno Federal a través del Consejo Nacional contra las Adicciones y con el Gobierno Estatal a través del Consejo Estatal contra las Adicciones.

(REFORMADO, P.O. 16 DE MARZO DE 2018)

ARTICULO 2 Para efectos del presente Reglamento Interno del Comité Municipal Contra las Adicciones (COMCA) del municipio de Tijuana, Baja California se entenderá por: COMCA:
  1. COMCA: Al Comité Municipal contra las Adicciones, órgano colegiado, que coordina y establece acuerdos consensuados para impulsar los esfuerzos dirigidos hacia la atención de las adicciones en el municipio.

  2. CECA: Al Consejo Estatal contra las Adicciones, órgano que tiene por objeto concertar, coordinar, promover, implementar y evaluar los esfuerzos que se realizan en la lucha contra las adicciones al alcohol, tabaco y drogas diversas.

  3. CONADIC: Al Consejo Nacional contra las Adicciones, organismo de la Secretaria de Salud, el cual tiene como principal objetivo el impulsar una red de centros de tratamiento de las adicciones, al igual que la divulgación de los diagnósticos sobre la situación del país en este tema.

  4. IMCAD: Instituto Municipal Contra las Adicciones.

  5. Mayoría Absoluta: Es aquella que se consigue con más de la mitad de los votos de los integrantes que componen la sesión.

  6. Reglamento Interno: Reglamento Interno del Comité Municipal Contra las Adicciones (COMCA) del municipio de Tijuana, Baja California.

CAPITULO II Artículo 3

De su integración

(REFORMADO, P.O. 16 DE MARZO DE 2018)

ARTICULO 3 El Comité Municipal contra las Adicciones, estará integrado por las siguientes:
  1. Autoridades Municipales:

    1. Titular de la Presidencia Municipal, quien fungirá como Presidente del COMCA;

    2. Titular del IMCAD, quien fungirá como Coordinador General del COMCA;

    3. Quien presida la Comisión de Desarrollo Social;

    4. Quien presida la Comisión de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Salud;

    5. Quien presida la Comisión de la Familia;

    6. Quien presida la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Asuntos Indígenas;

    7. Quien presida la Comisión de Equidad y Género;

    8. Quien presida la Comisión de Seguridad Pública;

    9. Titular de la Dirección Municipal de Salud;

    10. Titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Municipal);

    11. Titular del Instituto Municipal del Deporte;

    12. Titular del Instituto Municipal para la Juventud;

    13. Titular del Instituto Municipal de la Mujer;

    14. Titular de la Dirección de Prevención del...

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