Reglamento Interior del Municipio de Villa de Alvarez, Col

Fecha de disposición14 Julio 2001
Fecha de publicación14 Julio 2001
SecciónAnexos
Número de Gaceta29

REGLAMENTO INTERIOR DE LOSSERVICIOS DE SALUD.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en el ejercicio que me otorga la Constitución Política Local en su Artículo 58 fracción III y con fundamento en los artículos , 12º y , transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; y CONSIDERANDOQue mediante Decreto del H. Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima" el 26 de Octubre de 1996, se crearon Los Servicios de Salud del Estado, como un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado.

Que con fecha 25 de octubre de 1997, fue publicado el Reglamento Interior de los Servicios de Salud del Estado de Colima; sin embargo, debido al desarrollo institucional que en los últimos años ha experimentado este organismo, se ha hecho necesario e impostergable modificar integralmente su estructura y funcionamiento, para responder de manera eficiente y eficaz, al cumplimiento de los objetivos que demanda la prestación del servicio público encomendado.

Que por los motivos expuestos, la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud del estado de Colima, en sesión ordinaria celebrada con fecha 27 de Mayo de 1999, aprobó por unanimidad de votos la nueva estructura orgánica, y en congruencia a lo anterior, la Junta de Gobierno en comento, en posterior sesión ordinaria realizada el 29 de Noviembre del año 2000, aprobó el nuevo Reglamento Interior para dicho Organismo.

Por lo que cumpliendo con la taxativa, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1°

Los Servicios de Salud del Estado de Colima, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene como objeto prestar servicios de salud a población abierta en la entidad; así como ejercer actos de autoridad en materia sanitaria, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes General y Estatal de Salud y los Acuerdos Nacional y de Coordinación para la Descentralización Integral de Los Servicios de Salud en la entidad y demás disposiciones aplicables.

ARTÍCULO 2° Cuando en este Reglamento se haga referencia al Organismo, se entenderá hecho a Los Servicios de Salud del Estado de Colima.
ARTÍCULO 3°

- Son funciones del Organismo:

  1. Organizar y operar en el Estado de Colima, los servicios de salud a población abierta en materia de salubridad general y de regulación y control sanitarios conforme a lo que establece el Acuerdo de Coordinación;

  2. Organizar el Sistema Estatal de Salud, en términos de la Ley General de Salud y de la Ley de Salud del Estado;

  3. Realizar todas aquéllas acciones tendientes a garantizar el derecho a la protección de la salud de los habitantes del Estado;

  4. Proponer y fortalecer la participación de la comunidad en los servicios de salud;

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOV. Conocer y aplicar la normatividad general en materia de salud, tanto nacional como internacional, a fin de proponer adecuaciones a la normatividad estatal y esquemas que logren su correcto funcionamiento;

  5. Realizar todas aquellas acciones que sean necesarias para mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud;

  6. Promover la ampliación de la cobertura en la prestación de los servicios, apoyando los programas que para tal efecto elabore la Secretaría de Salud del Gobierno Federal;

  7. Promover, apoyar y llevar a cabo la capacitación de profesionales, especialistas, técnicos y demás personal del Organismo;

  8. Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las autoridades e instituciones competentes, la investigación, estudio y análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud;

  9. Difundir entre las autoridades correspondientes y población en general, a través de publicaciones y actos académicos, los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis y de recopilación de información, documentación e intercambio que realiza;

  10. Administrar los recursos que le sean asignados, así como las aportaciones que reciba de instituciones o personas;

  11. Vigilar la operación del Sistema Estatal de Cuotas de Recuperación;

  12. Operar y actualizar el Sistema de Información en Salud para Población Abierta y el Sistema Unico de Información para la Vigilancia Epidemiológica;

  13. Promover la actualización, difusión y observancia en el Estado, del Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud para Población Abierta; y XV. Las demás que le confieran para el cumplimiento de su objeto.

ARTÍCULO 4º Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, el Organismo contará con los siguientes órganos de gobierno, administración y vigilancia:
  1. Junta de Gobierno; y II. Presidencia Ejecutiva.

ARTÍCULO 5º Para la más eficaz atención de los asuntos de su competencia y materia, el Organismo contará con las siguientes unidades administrativas:

- Dirección de Servicios de Salud.

- Dirección de Regulación y Fomento Sanitario.

- Dirección Administrativa.

- Dirección de Planeación.

- Unidad de Asuntos Jurídicos.

Organos Desconcentrados por territorio:

- Jurisdicción Sanitaria Silos I.

- Jurisdicción Sanitaria Silos II.

- Jurisdicción Sanitaria III.

Organos Desconcentrados por función:

- Administración de la Beneficencia Pública del Estado.

- Centro Estatal de Cancerología.

- Comisión Estatal de Arbitraje Médico.

- Consejo Estatal contra las Adicciones.

- Consejo Estatal para la Prevención y Control de Accidentes.

- Consejo Estatal para la Prevención y Control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.

- Hospital General de Colima.

- Hospital General de Ixtlahuacán.

- Hospital General de Tecomán.

- Hospital General de Manzanillo.

- Laboratorio Estatal de Salud Pública.

ARTÍCULO 6° El Organismo conducirá sus actividades en forma programada y de conformidad con las políticas, estrategias y prioridades de la planeación nacional y estatal de desarrollo, del Sistema Nacional y Estatal de Salud, así como en el Programa de Reforma del Sector Salud.

CAPÍTULO IIDEL PATRIMONIO DEL ORGANISMO.

ARTÍCULO 7° El Patrimonio del Organismo estará constituido por:
  1. Los derechos que tenga sobre los bienes muebles e inmuebles y recursos que le transfiera el Gobierno Federal, en los términos del Acuerdo de Coordinación y disposiciones aplicables;

  2. Los...

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