Reglamento Interior de la Universidad Mexiquense del Bicentenario

Página 2 4 de noviembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
EL CONSEJO DIRECTIVO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11
FRACCIÓN VI, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO
PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL
BICENTENARIO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 establece que el fortalecimiento del marco normativo es
uno de los objetivos para lograr una Administración Pública eficiente que constituye la base de la visión del Gobierno
Estatal para consolidarse como un Gobierno de Resultados.
Que una línea de acción del Estado Progresista es generar una simplificación administrativa y adecuación normativa,
implementando reformas y modificaciones administrativas para impulsar las mejores prácticas en políticas públicas.
Que la dinámica de la Administración Pública Estatal hace necesario modernizar las estructuras de organización de
las dependencias y organismos auxiliares, a fin de dotarlas de mayor capacidad de respuesta en el desarrollo de los
planes y programas de gobierno.
Que mediante Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de
enero de 2009, se crea la Universidad Mexiquense del Bicentenario, como un organismo público descentralizado, con
personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto, entre otros, impartir educación superior en los niveles
profesionales de: Licenciatura, Especialización, Maestría y Doctorado con validez oficial para formar integralmente
profesionales competentes con un amplio sentido ético, humanístico y nacionalista, con un elevado compromiso
social y aptos para generar y aplicar creativamente conocimientos en la solución de problemas.
Que con fecha 16 de mayo de 2011, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Reglamento Interior
de la Universidad Mexiquense del Bicentenario, el cual define y precisa los niveles jerárquicos y las líneas de
autoridad de las unidades administrativas que conforman la estructura básica de este organismo descentralizado.
Que de acuerdo con el artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se contempla al
derecho a la información pública, debiendo los poderes públicos y los organismos autónomos transparentar sus
acciones, garantizando el acceso a la información pública y protegiendo los datos personales en los términos que
señale la ley reglamentaria.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 139 Bis, establece que la Mejora
Regulatoria y el Gobierno Digital son instrumentos de desarrollo. Es obligatorio para el Estado y los municipios, sus
dependencias y organismos auxiliares, implementar de manera permanente, continua y coordinada sus normas,
actos, procedimientos y resoluciones, ajustándose a las disposiciones que establece esta Constitución, a fin de
promover políticas públicas relativas al uso de las tecnologías de la información e impulsar el desarrollo económico
del Estado de México.
Que el Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México,
publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2016, contempla en su artículo 7 fracción II,
la obligación de impulsar la armonización legislativa con perspectiva de género en las leyes, reglamentos y demás
disposiciones que se requieran para la planeación, programación, presupuestación y evaluación de las actividades del
Poder Ejecutivo del Estado.
Que derivado de las anteriores determinaciones jurídicas y administrativas, se estima necesario que la Universidad
Mexiquense del Bicentenario cuente con un nuevo Reglamento Interior, a fin de hacerlo congruente con la estructura
de organización que le ha sido autorizada, así como precisar las líneas de autoridad de sus unidades administrativas
básicas, a fin de establecer una adecuada distribución del trabajo que mejore sustancialmente su organización y
funcionamiento.

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