Reglamento Interior de Talleres Graficos de Chiapas

REGLAMENTO INTERIOR DE TALLERES GRÁFICOS DE CHIAPAS

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 3 DE OCTUBRE DE 2018.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 21 de agosto de 2013.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Los CC. Integrantes de la Junta de Gobierno del Organismo Público denominado "Talleres Gráficos de Chiapas", en ejercicio de las facultades que nos confiere el artículo 24 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas; y,

C o n s i d e r a n d o...

Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, los CC. Integrantes de la Junta de Gobierno, tienen a bien expedir el siguiente:

Reglamento Interior de Talleres Gráficos de Chiapas

Título Primero
Disposiciones Generales Artículos 1 a 23
Capítulo Único Artículos 1 a 6

Del Ámbito de Competencia de Talleres Gráficos de Chiapas

Artículo 1° Las disposiciones del presente Reglamento Interior, son de orden público e interés general y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a Talleres Gráficos de Chiapas, las cuales tienen por objeto normar las bases para la organización, funcionamiento, administración y competencia de los Órganos Administrativos que lo integran.
Artículo 2°

Talleres Gráficos de Chiapas, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía operativa y de gestión; mismo que le corresponde el despacho de los asuntos que le confiere la Ley de Entidades Paraestatales, su Decreto de Creación, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables, dentro del ámbito de su competencia.

(REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

Artículo 3º Talleres Gráficos de Chiapas tiene como objeto principal, la prestación y comercialización de servicios de impresión, edición, y realización de toda clase de trabajos relacionados con la publicación y las artes gráficas, por contratación directa con los Organismos Públicos Federales, Estatales o Municipales.
Artículo 4° Talleres Gráficos de Chiapas, en coordinación con los Organismos de la Administración Pública Estatal, Gobierno Federal y Municipal, impulsarán los objetivos contemplados en el Plan Estatal de Desarrollo, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 5° Para los efectos del presente Reglamento Interior, se entenderá por:
  1. Ejecutivo del Estado: Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

  2. Talleres Gráficos: A Talleres Gráficos de Chiapas.

  3. Junta de Gobierno: A la Junta de Gobierno de Talleres Gráficos de Chiapas.

  4. Dirección General: A la Dirección General de Talleres Gráficos de Chiapas.

  5. Director General: Al Director General de Talleres Gráficos de Chiapas.

    (REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

  6. Órganos Administrativos: A la Dirección General, Unidad de Transparencia, Direcciones y demás Órganos Administrativos que forman parte de la estructura orgánica de Talleres Gráficos de Chiapas.

  7. Decreto de Creación: Al Decreto por el que se crea Talleres Gráficos de Chiapas, mediante Periódico Oficial número 005, Tomo XCIII, de fecha 04 de febrero de 1981 y demás reformas al Decreto de Creación.

  8. Reglamento Interior: Al Reglamento Interior de Talleres Gráficos de Chiapas.

  9. Publicaciones: A la prestación de los servicios de impresión, edición y ejecución de toda clase de trabajos solicitados por los Organismos Públicos, Federal, Estatal o Municipal.

    (REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

Artículo 6º Los titulares de los órganos Administrativos que integran Talleres Gráficos, implementarán acciones para la protección, custodia, resguardo y conservación de los archivos a su cargo, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.
Título Segundo Artículos 7 a 14

De la Organización de Talleres Gráficos y Atribuciones del Director General

Capítulo I Artículos 7 a 11

De la Estructura Orgánica de Talleres Gráficos

Artículo 7° Para la realización de los estudios, conducción, planeación, ejecución y desempeño de las atribuciones, así como para el despacho de los asuntos de su competencia, Talleres Gráficos tendrá los Órganos Administrativos siguientes:
  1. Dirección General.

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

  2. Unidad de Transparencia.

  3. Dirección de Administración y Servicios.

  4. Dirección de Proceso y Producción.

    (ADICIONADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

  5. Comisaría.

Artículo 8° El Director General, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura orgánica y plantilla de personal necesario, de conformidad con el presupuesto de egresos que le sea autorizado a Talleres Gráficos.
Artículo 9° Para el despacho de los asuntos competencia de Talleres Gráficos, los Titulares de los Órganos Administrativos desempeñarán las atribuciones conferidas en el presente Reglamento Interior.

(REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2018)

Artículo 10

El desempeño de los servidores públicos de Talleres Gráficos, se regirá por los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 11 Talleres Gráficos, a través de su estructura orgánica, conducirá y desarrollará sus atribuciones en forma planeada y programada, con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades que establezca el Plan Estatal de Desarrollo, su Decreto de Creación, el presente Reglamento Interior, el Ejecutivo del Estado y demás disposiciones aplicables.
Capítulo II Artículos 12 a 14

De las Atribuciones del Director General

Artículo 12 La representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de Talleres Gráficos, corresponden originalmente al Director General, quien para el desempeño eficaz de sus atribuciones, podrá delegarlas en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, con excepción de las que por su naturaleza sean indelegables.
Artículo 13 El Director General, tendrá las atribuciones delegables siguientes:
  1. Representar legalmente a Talleres Gráficos en el ámbito de su competencia, ante toda clase de autoridades, organismos, Instituciones y personas públicas o privadas, nacionales e internacionales.

    La representación a que se refiere esta fracción, comprende el ejercicio de todo tipo de acciones y constituye una representación amplísima.

  2. Vigilar que el mantenimiento de la maquinaria y equipo de impresión, se realice de acuerdo a la normatividad establecida.

  3. Atender los servicios de Publicaciones, solicitados por los Organismos de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal.

  4. Vigilar que el proceso de las publicaciones, se efectúen de acuerdo a las características y diseños establecidos.

  5. Vigilar que las acciones, competencia de Talleres Gráficos, se realicen de conformidad con las normas, políticas y procedimientos establecidos.

  6. Celebrar y suscribir convenios, acuerdos, contratos y demás actos administrativos, relacionados con los asuntos competencia de Talleres Gráficos.

  7. Conocer y resolver los asuntos de carácter administrativo y laboral, relacionados con los asuntos, competencia de Talleres Gráficos.

  8. Otorgar vacaciones, identificaciones oficiales e incidencias del personal adscrito a Talleres Gráficos, en apego a las disposiciones legales aplicables.

  9. Expedir constancias y certificar documentos oficiales que obren en los archivos de Talleres Gráficos.

  10. Convocar a reuniones de trabajo, al personal adscrito en los diferentes Órganos Administrativos de Talleres Gráficos.

  11. Vigilar que se ejecuten con eficiencia las actividades técnicas, administrativas y financieras de Talleres Gráficos.

  12. Participar en las comisiones, congresos, consejos, instituciones, reuniones, juntas y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR