Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario del Estado de Guanajuato
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REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y RURAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 2 DE JULIO DE 2018.
Reglamento publicado en la Cuarta Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el viernes 21 de diciembre de 2012.
MIGUEL MÁRQUEZ MÁRQUEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 77 fracciones II, III y XXV, y 79 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como en lo dispuesto por los artículos 2o., 3o. 6o. y 9o. de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato.
C O N S I D E R A N D O.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente señaladas, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 18
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y RURAL
Competencia y organización
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Objeto
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Competencia
Para los efectos del presente Reglamento se identificará a la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural como la Secretaría y como Secretario a su Titular.
Estructura administrativa
-
Despacho del Secretario:
a) Coordinación de Comunicación Social;
b) Secretaría Particular;
c) Dirección General de Planeación y Sistemas;
d) Dirección General Jurídica; y
e) Dirección General de Finanzas y Administración.
-
Subsecretaría de Administración y Eficiencia de los Recursos Naturales Agropecuarios del Sector Rural:
a) Dirección General de Desarrollo de Aguas Agrícolas; y
b) Dirección General de Microcuencas;
-
Subsecretaría de Fomento y Desarrollo de la Sociedad Rural:
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
a) Dirección de Fomento y Empresa Rural;
b) Dirección de Enlace y Desarrollo de Programas en Municipios; y
c) Coordinación de Programas Concurrentes para la Sociedad Rural.
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Subsecretaría para el Desarrollo y Competitividad Agroalimentaria:
a) Dirección General Agrícola;
b) Dirección General de Ganadería;
c) Coordinación de Comercialización, Seguros y Financiamiento;
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) (F. DE E., P.O. 20 DE OCTUBRE DE 2015)
d) Coordinación de Promoción y Difusión de Mercados; y
e) Coordinación de Capacitación Técnica.
-
Órganos desconcentrados y organismos descentralizados.
(ADICIONADA, P.O. 2 DE JULIO DE 2018)
-
Órgano Interno de Control.
Ejercicio de facultades
Facultades del Secretario, Subsecretarios y Directores Generales
Facultades del Secretario
Delegación de facultades
Facultades no delegables
-
Proponer al Gobernador del Estado, por conducto de la Coordinación General Jurídica, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones del ámbito de competencia de la Secretaría;
-
Coordinar los programas de fomento y promoción agropecuaria, forestal, agua de uso agrícola, recursos naturales, acuacultura y pesca;
-
Suscribir los contratos y convenios en los que la Secretaría sea parte;
-
Proponer al Gobernador del Estado, las políticas y programas relativos al fomento de las actividades agropecuarias, forestales, agua de uso agrícola, acuacultura, pesca y desarrollo, de conformidad con los programas nacionales, estatales, regionales y sectoriales de desarrollo;
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Presentar ante la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración el anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Secretaría;
-
Nombrar a los directores generales y de área adscritos a la Secretaría;
-
Establecer las condiciones, criterios y lineamientos que sean necesarios para el mejor despacho de los asuntos y desarrollo organizacional de la Secretaría; y
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Acordar con el Gobernador del Estado los asuntos relevantes encargados a la Secretaría.
Facultades generales de los Subsecretarios
Facultades generales
-
Planear, coordinar, programar, presupuestar, supervisar y evaluar el desarrollo y cumplimiento de las funciones encomendadas a las direcciones generales y demás unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría a su cargo;
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Acordar con el Secretario los asuntos relevantes encomendados a la Subsecretaría a su cargo y desempeñar las comisiones y funciones específicas que éste les confiera;
-
Participar en la contratación, capacitación y promoción del personal bajo su responsabilidad, de conformidad con la normatividad aplicable;
-
Participar en la formulación de los anteproyectos y programas del presupuesto de egresos de la Subsecretaría a su cargo y de las direcciones generales adscritas a la Subsecretaría, así como verificar su correcta y oportuna ejecución;
-
Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia;
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Representar a la Secretaría ante las diversas instituciones públicas o privadas, previo acuerdo del Secretario;
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Expedir certificaciones de los documentos existentes en los archivos de la Subsecretaría a su cargo y en los archivos de las direcciones generales y de las direcciones de área adscritas a la propia Subsecretaría;
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Someter a la consideración del Secretario los anteproyectos de acuerdos y de convenios en las materias de su competencia; y
-
Las demás que les señalen las disposiciones legales aplicables, así como aquéllas que les confiera el Secretario.
Igualdad de jerarquía entre las subsecretarías
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Facultades generales de las direcciones generales, de las direcciones de área y de las coordinaciones
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Titulares de las direcciones generales, de área y de las coordinaciones
Al frente de las Direcciones de Área, habrá un Director y al frente de las coordinaciones, un coordinador. Estas unidades podrán auxiliarse del personal que requieran las necesidades del servicio y permita el presupuesto.
Facultades generales
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
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Planear, presupuestar y dirigir las funciones correspondientes a la Dirección General a su cargo, con la participación de las direcciones de Área que la integran;
-
Formular, ejecutar y evaluar los programas y presupuestos necesarios para el desarrollo de los asuntos que les competen;
-
Mantener una relación permanente con los organismos de productores tanto del Estado como nacionales y de representación extranjera, a fin de promover el desarrollo del sector, informando del resultado de las gestiones al Subsecretario del ramo y, en su caso, al Secretario;
-
Acordar con el Subsecretario del ramo los asuntos relevantes encomendados a la Dirección...
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