Reglamento de la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Tekom

REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE TEKOM

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán, el lunes 26 de enero de 2009.

  1. WILLIAM EDILBERTO CAN TEC, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE TEKOM, A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE HAGO SABER:

Que el Ayuntamiento que presido, en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha dieciocho de Diciembre del año dos mil ocho, con fundamento en los artículos 115 fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, 2, 40, 41, inciso A) fracción III, 56 fracciones I y II, 63 fracción III, 77, 78 y 79 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, y artículo 4 fracción I del Decreto que crea el Registro Estatal de Publicaciones Oficiales de Yucatán, aprobó el siguiente:

REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE TEKOM

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 13
ARTÍCULO 1 El presente Reglamento es de orden público e interés social y en él se establecen las disposiciones relativas a la publicación de la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Tekom, que en lo sucesivo se denominará como la "Gaceta Municipal".
ARTÍCULO 2 La "Gaceta Municipal" es el órgano oficial de publicación y difusión del Municipio de Tekom, de carácter permanente, cuya función consiste en dar publicidad a las disposiciones que se encuentran especificadas en este propio ordenamiento y en la normatividad correspondiente, a fin de difundirlas entre la población y que sean aplicadas y observadas debidamente.
ARTÍCULO 3 La "Gaceta Municipal" de conformidad con el artículo 79 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, contendrá por lo menos, las características siguientes:
  1. El número que le corresponda conforme al Registro Estatal de Publicaciones Oficiales a cargo del Ejecutivo del Estado;

  2. La denominación "Gaceta Municipal" y la leyenda: "Órgano Oficial de Publicación del Municipio de Tekom";

  3. La impresión del escudo y el logotipo oficial del Municipio de Tekom;

  4. Fecha y número de publicación de la edición correspondiente, y

  5. El índice de contenido.

ARTÍCULO 4 La "Gaceta Municipal" estará a cargo del Secretario del Ayuntamiento de Tekom, por sí o conjuntamente con el titular que para tal efecto se designe.
CAPÍTULO II Artículos 5 a 10

DE LAS PUBLICACIONES

ARTÍCULO 5 En la "Gaceta Municipal" se publicarán:
  1. Los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general;

  2. Los acuerdos, convenios o cualquier otro compromiso de interés para el Municipio y sus habitantes;

  3. La información de carácter institucional, reseñas culturales, biográficas, geográficas o en general cualquier documento cuyo contenido sea de interés para el Municipio y sus habitantes;

  4. Las cuentas públicas relativas a los egresos e...

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