Reglamento de Espectaculos Publicos para el Municipio de Tlaxcala

REGLAMENTO DE ESPECTACULOS PUBLICOS PARA EL MUNICIPIO DE TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 20 de marzo de 1996.

TRIGESIMA PRIMERA SESION DE CABILDO

En la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a las dieciocho horas del día veintiséis de enero de mil novecientos noventa y seis, en el Salón de Cabildos (sic) del Palacio Municipal, se reunieron los ciudadanos integrantes del Ayuntamiento Constitucional de Tlaxcala, para efectuar la Trigésima Primera Sesión de Cabildo. Dado que se encontraba la mayoría de los Regidores... se declaro el Quorum Legal. En seguida se dió a conocer el Orden del Día: 1.- Pase de lista de asistencia, 2.- Lectura y ratificación del acta de la sesión anterior, 3.- Seguimiento de acuerdos, 4.- Asuntos generales. El Orden del Día fue aprobado por unanimidad, así como el acta de la sesión anterior. En el punto de seguimiento de acuerdos, se le dio lectura al proyecto de reglamento de espectáculos públicos para el Municipio de Tlaxcala; una vez analizado punto por punto, fue aprobado en lo general y se acordó enviarlo al Periódico Oficial del Estado para su publicación y cumplimiento... No habiendo más asunto que tratar, se procedió a clausurar la sesión y a redactar la presente acta, la cual leída en voz alta a los miembros del cabildo, fue aprobada en sus términos. Damos fe.

  1. LIC. CESAREO TEROBA LARA.- C. DIEGO PEREZ ZEMPOALTECA.- C. SUSANA FERNANDEZ ORDOÑEZ.- C. JORGE EFRAIN MORA AMADOR.- C. MIGUEL VAZQUEZ HERNANDEZ.- C. ANTONIO VELAZQUEZ NAVA.- C. GLORIA MONTEALEGRE FLORES.- C. ANGEL LUCIANO SANTACRUZ CARRO.- C. PEDRO PADILLA RAMOS.- C. NAZARIO NAVA RODRIGUEZ.- C. LUBIN A. SANCHEZ RODRIGUEZ.- C. GUILLERMO ROJAS FRANCO.- C. FELIPE PEREZ PORTILLA.- C. QUIRINO XOCHIPA GARCIA.- C. COSME D. ANGULO VEGA.- C. VICENTE LARA SANDOVAL.- C. ANTONIO CABRERA MENDIETA.- C. ABRAHAM MORA AMADOR.- PROFR. HAZAEL JUAREZ LUNA.- RUBRICAS.

Cesáreo Teroba Lara, Presidente Municipal de Tlaxcala, Tlax., a sus habitantes sabed:

Que por conducto de la Secretaría del H. Ayuntamiento se me ha comunicado lo siguiente:

El H. Ayuntamiento del Municipio de Tlaxcala, Tlax., en sesión de Cabildo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 115, fracción II, párrafo segundo, de la Constitución General de la República; de los artículos 90 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; y de los artículos 32, fracción I, XV; 33, fracciones II y X, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Tlaxcala, a nombre del pueblo:

DECRETA

REGLAMENTO DE ESPECTACULOS PUBLICOS PARA EL MUNICIPIO DE TLAXCALA

TITULO PRIMERO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 21
ARTICULO 1 El presente reglamento es de interés público y de observancia general para todas aquellas personas físicas o morales, que de manera permanente o transitoria, organicen, promuevan, patrocinen o exploten cualquier evento considerado como espectáculo público, en el municipio de Tlaxcala.
ARTICULO 2 Son espectáculos públicos aquellos que congregan a espectadores para asistir a funciones o eventos de carácter artístico, recreativo, cultural, deportivo, musical, taurino y popular, en suma, todos aquellos actos que se organizan para que el público, mediante un pago o gratuitamente, concurra a divertirse o educarse.
ARTICULO 3 Para efectos del presente reglamento, se considera empresa a toda persona física o moral que, permanente o transitoriamente, patrocine, promueva o explote cualquier evento determinado como espectáculo público.
ARTICULO 4 Todo establecimiento, abierto o cerrado, donde se realice un espectáculo público, se regirá bajo las normas o especificaciones de seguridad e higiene que establezca el Ayuntamiento al otorgar el permiso correspondiente.
ARTICULO 5 Los establecimientos destinados a espectáculos públicos que no observen las normas establecidas por la autoridad municipal, podrán ser clausurados temporal o definitivamente, a juicio de la autoridad municipal, hasta en tanto se ajuste a las normas establecidas.
ARTICULO 6 Las instalaciones de carpas,...

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