Reglamento de Convivencia para Educacion Basica del Estado de Durango

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA PARA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 26 de julio de 2012.

Héctor Eduardo Vela Valenzuela, Secretario de Educación del Estado de Durango, de conformidad a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del decreto número 267 expedido por la LXV Legislatura del Estado, mediante el cual reforma diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado de Durango, publicado en el periódico oficial del Gobierno Constitucional del Estado número 30 de fecha 12 de abril de 2012, he tenido a bien emitir el presente Reglamento de Convivencia para Educación Básica del Estado de Durango, conforme a los siguientes:

CONSIDERANDOS.

El enfoque de este Reglamento de Normas de Convivencia para la Educación Básica del Estado de Durango, contiene primeramente un sustento legal, fundamentado en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en la Ley General de Educación; en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en el Acuerdo 592, Plan de Estudios 2011; Lineamientos para la formación y atención de los adolescentes 2011, entre otros; así como una serie de derechos y deberes para alumnos, padres de familia y docentes, así como un planteamiento para prevenir, atender y resolver situaciones conflictivas. Se pretende que el presente Reglamento siente las bases para una convivencia interna, ordenada y respetuosa que permita que los involucrados en la Educación Básica conozcan los procedimientos y valores sobre los que se debe regir esta relación de convivencia.

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA PARA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE DURANGO

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

GENERALIDADES

Artículo 1 El presente Reglamento de Convivencia para Educación Básica del Estado de Durango, tiene por objeto construir ambientes para la convivencia armónica que permitan el desarrollo de comunidades de aprendizaje eficientes, mediante la prevención, atención, mediación y solución de conflictos en la escuela

El Reglamento es de observancia obligatoria para todas las escuelas de educación básica en el Estado de Durango.

Artículo 2 Para efectos del presente Reglamento de Convivencia para Educación Básica del Estado de Durango, se entenderá por:
  1. Accesorios: Aretes cadenas, anillos, pulseras y otros artículos similares.

  2. Actores de la Comunidad Escolar: Alumnos, padres u tutores de familia y todo el personal de la escuela.

  3. Ambiente saludable: Ambiente sano, de confianza, respeto y motivación para desarrollar en armonía los procesos de enseñanza y aprendizaje.

  4. Asamblea de clase: Práctica educativa donde se reúnen alumnos y profesores para reflexionar juntos lo que sucede en clase y modificar aquello que desean cambiar.

  5. Asociación de Padres de Familia -mesa directiva-: Grupo de padres de familia o tutores electos en una reunión especial para ello, formado por un presidente/a, un secretario/a, un tesorero/a y varios/as vocales, que representan a ese sector.

  6. Autoridades educativas: Personas que tienen una responsabilidad en alguno de los niveles de la estructura educativa y, en su caso tienen la representatividad de directivos o de titulares del sistema educativo en el Estado.

  7. Comisión para la convivencia: Grupo de personas encargadas de atender lo relacionado con la convivencia en la escuela.

  8. Comunidad educativa/escolar: Involucra a los alumnos, todo el personal de la escuela y padres de familia.

  9. Conflicto: Situación entre dos o más personas con intereses contrapuestos.

  10. Consejo Escolar de Participación Social: Equipo de personas que colabora con la escuela para obtener mejores logros educativos; está formado por un Presidente y varios consejeros, de éste se desprenden algunos comités y no administra recursos económicos de la institución.

  11. Directivo: Persona encargada de administrar la educación (supervisor escolar, director de escuela, subdirector y coordinador académico).

  12. Graffiti: Varias formas de inscripción o pintura, generalmente sobre mobiliario urbano.

  13. Normas de Convivencia: Conductas y actitudes de la comunidad escolar en la vida diaria y futura, para realizar el trabajo y la convivencia en armonía.

  14. Perfil de egreso: Define el tipo de alumno que se espera formar en el transcurso de la escolaridad básica.

  15. Práctica docente: Tareas que desempeña el profesor diariamente en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

  16. Redes sociales: Espacio de interacción virtual, en la que millones de personas alrededor del mundo se concentran con diversos intereses en común.

  17. Reglamento: Reglamento de Convivencia para Educación Básica del Estado de Durango.

  18. Resiliencia: Capacidad de cada individuo para enfrentar situaciones adversas y salir fortalecido, a pesar de estar expuesto a factores de riesgo.

  19. Tutor/a: Profesor/a de educación secundaria que atiende el espacio curricular de Tutoría; persona diferente al padre de familia, que representa al alumno/a.

  20. Tutorados: Alumnos.

Artículo 3 La prevención social, la convivencia armónica libre de violencia y delincuencia, incluye los siguientes ámbitos:
  1. Social.

  2. Cibernético.

  3. Educativo.

  4. Situacional.

  5. Psicosocial.

Artículo 4

La finalidad del Reglamento es buscar que la interacción entre estudiantes, padres de familia, docentes, directivos y trabajadores de cada plantel se dé en un marco de certidumbre, donde todos conozcan sus derechos y deberes, se comprometan a respetarlos, atiendan la diversidad, orienten el proceso formativo de los alumnos y que los padres y tutores se involucren activamente en el proceso educativo.

Artículo 5 La observancia de este Reglamento pretende evitar prácticas coercitivas y discriminatorias que pongan en riesgo la permanencia de los alumnos por expulsión o deserción escolar.
Artículo 6 En la aplicación permanente del presente Reglamento se tomará en consideración al inicio de cada ciclo escolar la información recuperada de los procesos de:
  1. Asesoría, brindada por los equipos técnicos de la Secretaría de Educación del Estado de Durango.

  2. Seguimiento a la implementación, desarrollado de manera permanente por la comisión para la convivencia escolar y equipos técnicos de Secretaría de Educación del Estado de Durango.

CAPÍTULO II Artículos 7 y 8

DE LOS ALUMNOS DE EDUCACIÓN BÁSICA

Artículo 7 Los alumnos tienen derecho a recibir una educación integral y de calidad.

Además, los alumnos tienen derecho a:

  1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo integral de su personalidad en un ambiente democrático y armónico.

  2. Acceder a la educación en condiciones de equidad y gozar de igualdad de oportunidades.

  3. Ser respetados en su libertad de creencias, ideología, convicciones, raza, color, género, origen, etnia, estatus migratorio, idioma o lengua, preferencia sexual, necesidades educativas especiales con o sin discapacidad y aptitudes sobresalientes.

  4. Ser respetados en su integridad física, moral y su dignidad personal.

  5. Recibir una valoración formativa de su rendimiento escolar y de su progreso personal.

  6. Ser educados en la responsabilidad.

  7. Gozar de un ambiente de convivencia respetuosa y pacífica, con el estímulo permanente de hábitos de diálogo y cooperación.

  8. Tener la garantía de que los centros...

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