Reglamento de la Comision Transitoria para la Participacion del Instituto Electoral de Queretaro en la Organizacion de Debates entre Candidatos a Cargos de Eleccion Popular

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TRANSITORIA PARA LA PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO EN LA ORGANIZACIÓN DE DEBATES ENTRE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el viernes 25 mayo de 2012.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO. DE LA COMISIÓN TRANSITORIA PARA LA PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, EN LA ORGANIZACIÓN DE DEBATES ENTRE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, ORDENAMIENTO QUE, A SU VEZ, CONTIENE LAS REGLAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE DEBATES ENTRE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2012.

CONSIDERANDO.

En atención a lo anterior, y considerando las obligaciones constitucionales y legales de este órgano, así como la convicción democrática de sus integrantes, y compartiendo la visión del jurista Luigi Ferrajoli, acerca de que la libre manifestación del pensamiento, es parte del presupuesto esencial de la democracia política, entre otras razones, porque supone la formación de opiniones políticas, así como de una opinión pública, que surge de la libre expresión de las ideas, del debate público y la información a que accedan los ciudadanos; es que este Consejo General tiene a bien expedir el siguiente:

ACUERDO:

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro es legalmente competente para conocer y resolver en lo relativo a la aprobación del Proyecto de dictamen que emite la Comisión Transitoria para la participación del Instituto Electoral de Querétaro en la Organización de Debates entre Candidatos a Cargo de Elección Popular, por el que somete a la Consideración del Consejo General, el Reglamento de la Comisión, que a su vez contienen las reglas para la organización de debates, dándose por reproducido en esta (sic) acto como si a la letra se insertase, para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO.- El Consejo General aprueba, en términos de lo establecido en el propio considerando IV del presente acuerdo, el Reglamento de la Comisión Transitoria para la participación del Instituto Electoral de Querétaro en la Organización de Debates entre Candidatos a Cargo de Elección Popular; documento que se anexo forma parte integral del presente acuerdo, dándose por reproducido en este acto para todos los efectos legales a que haya lugar.

TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo, a la Presidenta de la Comisión Transitoria para la Participación del Instituto Electoral de Querétaro en la Organización de Debates entre Candidatos a Cargos de Elección popular, durante el proceso Electoral Ordinario 2012.

CUARTO.- Publíquese el presente acuerdo, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "La Sombra de Arteaga"

QUINTO.- Notifíquese el presente acuerdo, y el Reglamento de la Comisión Transitoria para la participación del Instituto Electoral de Querétaro en la Organización de Debates entre Candidatos a Cargos de Elección popular, a los partidos políticos y coalición, autorizado para que practiquen, indistintamente, dicha diligencia, a los licenciados José Eugenio Plascencia Zarazúa, Fanny Castrejón Aguilar, Laura Guadalupe Valencia Lira, Óscar Hinojosa Martínez, Ricardo Alejandro Guerrero Olvera y Sigfrido Alberto Olmos López, funcionarios adscritos a la Coordinación Jurídica del Instituto Electoral de Querétaro.

Dado en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro., a los trece días del mes de mayo del año dos mil doce. DOY FE.

El Secretario Ejecutivo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, HACE CONSTAR: Que el sentido de la votación en el presente acuerdo fue como sigue:

CONSEJERO ELECTORALSENTIDO DEL VOTO

A FAVOREN CONTRA

MTRO. CARLOS ALFREDO DE LOS COBOS

SEPÚLVEDAX

LIC. YOLANDA ELÍAS CALLES CANTÚX

PROFR. ALFREDO FLORES RÍOSX

LIC. DEMETRIO JUARISTI MENDOZAX

LIC. MARÍA ESPERANZA VEGA MENDOZAX

LIC. JOSÉ VIDAL URIBE CONCHAX

LIC. MAGDIEL HERNÁNDEZ TINAJEROX

LIC. JOSÉ VIDAL URIBE CONCHA

Presidente

Rúbrica

LIC. MAGDIEL HERNÁNDEZ TINAJERO

Secretario Ejecutivo

Rúbrica

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TRANSITORIA PARA LA PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETÉTARO (SIC) EN LA ORGANIZACIÓN DE DEBATES ENTRE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.

TÍTULO I Artículos 1 a 14

DISPOSICIONES RELATIVAS AL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN

Capítulo I Artículos 1 a 3

Generalidades

Artículo 1 El presente reglamento se expide de conformidad con lo establecido por los artículos 65, fracciones I y XXXI; y 115 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.

Tiene por objeto regular el funcionamiento de la Comisión Transitoria para la Organización de los Debates Públicos entre Candidatos a Cargos de Elección Popular durante el Proceso Electoral Ordinario 2012.

Artículo 2 Para los efectos de este Reglamento, se entenderá como:
  1. COMISIÓN: Comisión Transitoria para la participación del Instituto Electoral de Querétaro en la Organización de Debates entre Candidatos a Cargos de Elección Popular.

  2. CONSEJO GENERAL: Consejo General del Instituto.

  3. INSTITUTO: Instituto Electoral de Querétaro.

  4. LEY: Ley Electoral del Estado de Querétaro.

  5. PRESIDENTE: Presidente de la Comisión.

  6. REPRESENTANTE: Representante propietario o suplente de un partido político o coalición ante el Consejo General del Instituto.

  7. SECRETARIO TÉCNICO: Director Ejecutivo de Educación Cívica y Capacitación Electoral.

  8. DEBATE O DEBATES: Acto público mediante el cual las candidatas y candidatos a un mismo cargo de elección popular exponen y contrastan sus propuestas, plataformas electorales y planteamientos sobre temas de interés social y político, a fin de difundirlos.

  9. MODERADOR: Persona encargada de conducir un debate.

  10. ORGANIZADOR: Institución u organización, pública o privada, que convoca y desarrolla un debate.

  11. PARTICIPANTE O PARTICIPANTES: Candidata o candidato a un mismo cargo de elección popular que ha aceptado presentarse en un debate

  12. FUERZA O FUERZAS POLÍTICAS: Partido político o coalición con registro ante el Instituto.

  13. REGLAMENTO: Reglamento de la Comisión.

  14. REGLAS: Las disposiciones del Título II del Reglamento.

  15. VOCALES: Vocales de la Comisión

Artículo 3 El presente reglamento es de observancia obligatoria para los integrantes de la Comisión, así como para los organizadores y participantes.

En su ejecución, se aplicarán supletoriamente la Ley, así como la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Querétaro, y el Reglamento Interior del Instituto.

Capítulo II Artículos 4 a 14

De la Comisión

Sección Primera Artículos 4 a 10

Integración y atribuciones

Artículo 4 La Comisión se conformará de la siguiente manera:
  1. Los Consejeros Electorales nombrados por el Consejo General, quienes contarán con voz y voto; y los demás Consejeros Electorales integrantes del Consejo General únicamente con voz;

  2. Los representantes, quienes contarán con voz;

  3. El Director Ejecutivo de Educación Cívica y Capacitación Electoral, como Secretario Técnico, con voz informativa.

Artículo 5 La Comisión iniciará sus funciones a partir de su primera sesión, y se extinguirá una vez que el Consejo General haya resuelto sobre su...

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