Se publica Reglamento para la colocación de anuncios en el Distrito Federal

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El 28 de agosto de 2003, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Reglamento de anuncios para el Distrito Federal, en el cual se describe el procedimiento aplicable para tramitar la licencia o permiso para la fijación o instalación de anuncios.

En efecto, considerando la ubicación de los anuncios, en ocasiones se requiere tramitar la licencia o el permiso y, otras veces, basta con dar aviso; sin embargo, también hay casos en los que no se requiere contar con licencia, permiso o aviso; éstos son los siguientes:

  1. Cuando los anuncios se encuentren en el interior de un edificio o local comercial, aun cuando se observen desde la vía pública, pero que no excedan de una longitud de 60 centímetros, una altura de 60 centímetros y no se trate de anuncios de proyección óptica o electrónicos;

  2. Cuando se trate de anuncios en volantes, folletos o publicidad impresa, distribuida en forma directa;

  3. Cuando se trate de anuncios que contengan mensajes de carácter religioso y que sean colocados en las propias fachadas de las edificaciones destinadas al culto, a excepción de los de azotea o autosoporta-dos, en cuyos casos será aplicable la normatividad establecida para los anuncios de propaganda; y

  4. Cuando los vehículos privados ostenten publicidad, donde anuncien su razón social, objeto social, marca, aviso comercial, o bien, producto o servicio, sin fines de lucro. En caso contrario, los propietarios o poseedores tendrán que tramitar la licencia, permiso o aviso correspondiente.

    Casos en que se requiere tramitar la licencia

    Esto ocurrirá cuando se pretenda llevar a cabo la construcción, instalación, colocación, fijación, modificación, ampliación, retiro, desmantelamiento o demolición de estructuras que soporten el anuncio.

    La solicitud deberá ser suscrita por el publicista o persona física o moral que se vaya a publicitar o por el propietario o poseedor del inmueble y, en su caso, por el representante legal de las personas mencionadas, y por el director responsable de obra y/o corresponsable, en caso de que se requiera.

    Para realizar el trámite es necesario presentar la solicitud debidamente requisitada en la ventanilla única de la delegación correspondiente a la ubicación del anuncio. Cuando sean varios los copropietarios del predio, su representante legal deberá solicitar la licencia.

    La solicitud para tramitar la licencia deberá contener la información siguiente.

  5. Nombre, denominación o razón social del publicista o persona física o moral que se vaya a publicitar, del propietario o poseedor del inmueble donde se instalará el anuncio y, en su caso, de los representantes legales de las personas mencionadas;

  6. Domicilio para oír y recibir notificaciones del titular de la licencia, del propietario o poseedor del inmueble donde se instalará el anuncio, de la persona física o moral que se vaya a publicitar o de sus respectivos representantes legales, y del director responsable de obra o corresponsable;

  7. Croquis de ubicación del inmueble en donde se pretenda colocar el anuncio;

  8. Fecha de instalación y, en su caso, de retiro; y

  9. Fecha y firma.

    A la solicitud de licencia se le adjuntará la documentación siguiente:

  10. Documento que acredite la personalidad, cuando se actúe a través de un representante legal, o identificación personal, cuando se actué en nombre propio;

  11. Representación gráfica que describa la forma, dimensiones y contenido del anuncio, así como las especificaciones técnicas y los materiales de que estará constituido, incluyendo los datos de altura sobre el nivel de la banqueta y para el caso de anuncio en saliente volado o colgante, la saliente máxima desde el alineamiento del predio y desde el paramento de la construcción en la que quedará instalado el anuncio;

  12. Documento con el que el titular de la licencia, el propietario y el poseedor acrediten su personalidad;

  13. Escritura pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, con la que se acredite la propiedad del inmueble sujeto al otorgamiento de la licencia;

  14. Documento con el que se acredite la posesión derivada del...

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