Registro Público para Evitar Publicidad. Medio para evitar llamadas telefónicas publicitarias

Páginas1-5
Registro Público para Evitar Publicidad.
Medio para evitar llamadas telefónicas publicitarias
Introducción
Las ventas por teléfono representan una excelente op-
ción para las empresas que ofrecen productos o ser-
vicios, ya que al utilizar este medio de venta disminu-
yen los costos de publicidad; sin embargo, en diversos
casos, las llamadas telefónicas constantes o a horas
inadecuadas que realizan los proveedores o empresas
que ofrecen bienes o servicios ocasionan molestia a los
consumidores.
En este sentido, la Procuraduría Federal del Consumi-
dor (Profeco) estableció el Registro Público para Evitar
Publicidad (RPEP), el cual permite que los consumido-
res puedan inscribir su número telefónico, ya sea de
trabajo o celular, en dicho registro para evitar recibir pu-
blicidad de empresas y otras entidades.
Comentamos en qué consiste el RPEP, la forma de ins-
cripción en el mismo y las sanciones a las que se pue-
den hacer acreedoras las empresas u organizaciones
que efectúen llamadas telefónicas a los usuarios y con-
sumidores inscritos en ellos.
Antecedentes
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) dis-
pone en su artículo 17, segundo párrafo, el derecho de
los consumidores a no ser molestados en su domicilio,
lugar de trabajo, dirección electrónica o por cualquier
otro medio en el que se ofrezcan bienes, productos,
servicios o información, con fines mercadológicos o pu-
blicitarios.
Para dar cumplimiento a esta disposición, el 4 de febre-
ro de 2004 se publicó en el DOF el Decreto por el que
se reforma y adiciona la LFPC, en el que creó un meca-
nismo de protección a los consumidores, denominado
Taller de prácticas
LEGAL
EMPRESARIAL
B1
2a. quincena
julio 2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR