Registro Público para Evitar Publicidad. Medio para evitar llamadas telefónicas publicitarias
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Registro Público para Evitar Publicidad.
Medio para evitar llamadas telefónicas publicitarias
Introducción
Las ventas por teléfono representan una excelente op-
ción para las empresas que ofrecen productos o ser-
vicios, ya que al utilizar este medio de venta disminu-
yen los costos de publicidad; sin embargo, en diversos
casos, las llamadas telefónicas constantes o a horas
inadecuadas que realizan los proveedores o empresas
que ofrecen bienes o servicios ocasionan molestia a los
consumidores.
En este sentido, la Procuraduría Federal del Consumi-
dor (Profeco) estableció el Registro Público para Evitar
Publicidad (RPEP), el cual permite que los consumido-
res puedan inscribir su número telefónico, ya sea de
trabajo o celular, en dicho registro para evitar recibir pu-
blicidad de empresas y otras entidades.
Comentamos en qué consiste el RPEP, la forma de ins-
cripción en el mismo y las sanciones a las que se pue-
den hacer acreedoras las empresas u organizaciones
que efectúen llamadas telefónicas a los usuarios y con-
sumidores inscritos en ellos.
Antecedentes
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) dis-
pone en su artículo 17, segundo párrafo, el derecho de
los consumidores a no ser molestados en su domicilio,
lugar de trabajo, dirección electrónica o por cualquier
otro medio en el que se ofrezcan bienes, productos,
servicios o información, con fines mercadológicos o pu-
blicitarios.
Para dar cumplimiento a esta disposición, el 4 de febre-
ro de 2004 se publicó en el DOF el Decreto por el que
se reforma y adiciona la LFPC, en el que creó un meca-
nismo de protección a los consumidores, denominado
Taller de prácticas
LEGAL
EMPRESARIAL
B1
2a. quincena
julio 2021
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