Se publican reformas a la Ley del SAR

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En el DOF del 21 de enero, la SHCP dio a conocer el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, mismo que entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir, el 22 de enero.

Mediante las reformas publicadas se faculta a la Junta de gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) para ordenar modificaciones a las comisiones, si derivado de su revisión periódica encuentra los elementos necesarios para ello; además, podrá llegar a determinar los nuevos montos de las comisiones si la Afore de que se trate no atiende las observaciones efectuadas.

Asimismo, en épocas de inestabilidad en los mercados financieros, la Consar podrá modificar el régimen de inversión de las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro (Siefore) y fijar medidas que protejan los recursos de los trabajadores.

Además, se modifican las obligaciones de la Consar respecto a la información que debe proporcionar al Congreso de la Unión, relativa al estado que guarde el SAR y su inversión a través de las Siefore, pues la misma se deberá presentar con una periodicidad trimestral (antes de la reforma se entregaba de manera semestral), ya que es importante que los legisladores cuenten con los elementos necesarios y oportunos para promover mayores cambios y propiciar que exista equilibrio justo entre los intereses de los trabajadores y las Afore.

En cuanto a la información que reciben los trabajadores, las Afore estarán obligadas a enviar por lo menos tres veces al año, en forma cuatrimestral, los estados de cuenta y demás información sobre sus cuentas individuales, pues sólo estaban obligadas a enviar dicha información dos veces al año....

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