Reformas al Juicio de Amparo

AutorLic. Marco A. Villegas S.
Páginas26-27

Page 26

Antecedentes del juicio de amparo

Antes de la segregación de México, mediante el Acta de Independencia de octubre de 1841, que siguió al triunfo de la revolución federalista, Yucatán se había dotado de un nuevo texto constitucional promulgado en marzo de ese año, en cuya elaboración tuvo una relevante actuación Manuel Crescencio Rejón. El código fundamental no era sino la expresión del entusiasmo federalista que había inspirado el levantamiento. La Constitución Yucateca fue de las más innovadoras de la época ya que contenía el carácter popular y directo de la elección de diputados y senadores, del titular del Poder Ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos, y fue en ese texto donde por primera vez se le permitió a las mujeres el sufragio.

Esa Constitución sobresalió de los demás ordenamientos constitucionales estatales, por la inclusión de un capítulo sobre garantías individuales (consagradas como derechos de todos los habitantes del Estado, fuesen nacionales o extranjeros), la proclamación de la libertad religiosa, la supresión de los fueros civiles y militares; por preveer el jurado popular; la responsabilidad de los funcionarios públicos; un Consejo de Estado y; por contener la figura del juicio de amparo, que constituye el más importante medio de control de la constitucionalidad que el sistema jurídico mexicano ha aportado al derecho mundial.

El juicio de amparo o de garantías, es el instrumento protector de las garantías individuales establecidas en la Constitución y tiene por objeto resolver conflictos que se presenten por leyes o actos de las autoridades que violen garantías individuales (ahora también los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales).. Así, la Constitución es el objeto de tutela de este juicio que tiene una doble finalidad: preservar el apego a nuestra Ley Fundamental de los actos de los gobernantes y, salvaguardar la esfera jurídica del gobernado contra todo acto del poder público. Este medio de control de de la constitucionalidad cumple entra otras con cinco funciones: 1) tutelar la libertad personal; 2) combatir leyes inconstitucionales; 3) ser un medio de impugnación de sentencias judiciales; 4) reclamar actos y resoluciones de la administración, y 5) proteger los derechos sociales de los campesinos sometidos al régimen de la reforma agraria.

El juicio de amparo protege todo el orden jurídico nacional, entendido por éste las cuestiones de legalidad y de constitucionalidad de cualquier acto que agravie a un gobernado. Esta institución es el origen de nuestro sistema de control de la constitucionalidad. En una concepción sencilla podríamos definir al juicio de amparo como un juicio mediante el cual la judicial federal resuelve sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos o leyes reclamados, otorgando a la autoridad responsable la oportunidad de exponer los motivos por los cuales considera que...

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