Decreto No. 316 por El que Se Aprueba Reformar y Adicionar Diversas Disposiciones de La Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

DECRETO No. 316

P OR E L QU E SE APR U E B A R E FOR M AR Y ADI C I ON AR DI V E RS AS DISPOSICIONES DE LA LEY ESTATAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congeso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTICULOS 33 FRACCION II, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YCONSIDERANDOPRIMERO.-

Que mediante oficio número 1145/013, de fecha 20 de agosto de 2013, los Diputados Secretarios del H. Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

SEGUNDO.-

Que la iniciativa en sus argumentos que la sustentan, señalan que:

 "El derecho a ser votado es considerado un derecho humano inherente, universal e inalienable al ser humano.

 En nuestro país el 9 de agosto de 2012, el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que reformó diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre otras, se modificó la fracción II del artículo 35 para establecer como derechos del ciudadano: "Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación."

 Lo anterior derivado de la realidad actual de México requiere inminentemente una tangible reforma del Estado, de entre las peticiones que más demanda la sociedad mexicana en aras de conseguir un cambio integral de la vida democrática de nuestro país, sin duda está la propuesta de las llamadas "candidaturas independientes" esto en respuesta a la percepción que tiene la sociedad de participar en la vida democrática del país, sin estar vinculado con instituto político alguno, es decir poder ser votado pero sin depender del respaldo de un partido político.

 En términos generales se considera que el reconocimiento legal de la figura de las candidaturas independientes, vendría a establecer un modelo alterno bajo el que se pueda presentar una candidatura electoral, mismo que conllevaría una participación directa de la sociedad y un acceso más legítimo al poder público; e implicaría que cualquier ciudadano, de manera directa, pueda aspirar a ocupar un cargo público sin tener que pasar por procesos de selección internos de los partidos políticos para su designación como candidato.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

 Los diputados integrantes de la quincuagésima séptima legislatura del Estado, presentamos una iniciativa a la Constitución particular del Estado en la cual se eleva al rango constitucional la posibilidad que un ciudadano pueda competir en un proceso electoral, independiente de un partido político, motivo por el cual es necesario presentar una reforma integral, a la normatividad relacionado con el tema; el Código Electoral del Estado de Colima, la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia electoral y el Código Penal del Estado de Colima, a fin de que exista una regulación integral de la nueva figura de candidaturas independientes.

 En el entendido que un candidato independiente es aquél que es postulado a algún cargo de elección popular no perteneciendo algún partido político, existiendo pues una desvinculación a los partidos políticos; se pretende que con el reconocimiento de la figura de las candidaturas independientes sin duda se propicie un fortalecimiento e incentivación al sistema electoral, colimense y coadyuvar a tener una participación más efectiva en los procesos de selección de representantes populares en nuestro Estado.

 Es claro también que dicho reconocimiento implica poner especial énfasis en la regulación de los derechos y las obligaciones de los candidatos independientes en temas tan delicados como el financiamiento y la transparencia pero nunca por encima de la regulación que tienen en dichos rubros los propios partidos políticos, lo anterior con la finalidad de garantizar la equidad que todos los que participen en un proceso electoral constitucional deben de tener.

 Además hay que decir que ya existe un ejemplo tangible del interés que están generando las candidaturas independientes en otros Estados, como ejemplo podemos citar que en el municipio de General Enrique Estrada del Estado de Zacatecas un candidato bajo esta figura logró ganar una alcaldía cargo público al que aspiro, lo cual nos lleva a intentar establecer este nuevo modelo de postulación buscando siempre el fortalecimiento de la democracia colimense y estar a su vez a la par de los cambios que se vienen generando en México.

 La presente iniciativa en primer término propone una reforma integran al Código Electoral del Estado, adecuando la normatividad con la inclusión de la figura de candidatos independientes, concretamente adicionando un Libro Séptimo que regulara los lineamientos, requisitos, derechos, obligaciones y etapas que...

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