Decreto No. 50 Se Reforman la Fracciones Ii y Iii del Artículo 68; Se Reforma el Punto 4 del Inciso A) de La Fracción Iii y La Fracción Iv del Artículo 84; Se Reforman los Incisos del A) al H) de La Fracción i Del Artículo 109; Todos de La Ley de Hacienda del Municipio de Manzanillo, Colima

Fecha de disposición08 Febrero 2007
Fecha de publicación08 Febrero 2007
SecciónAnexos
Número de Gaceta07

DECRETO No. 50

SE REFORMAN LA FRACCIONES II Y III DEL ARTÍCULO 68; SE REFORMA EL PUNTO

4 DEL INCISO A) DE LA FRACCIÓN III Y LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 84; SE REFORMAN LOS INCISOS DEL A) AL H) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 109; TODOS DE LA LEY DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YE X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S

  1. -

    Que la presente Legislatura local, con la facultad constitucional para establecer las contribuciones necesarias para que los ayuntamientos puedan cubrir su gasto público, por concepto de Impuestos, Derechos, Contribuciones Especiales, Productos y Aprovechamientos, las que se encuentran previstas en las respectivas leyes de Ingresos y especificadas en las Leyes de Hacienda, las cuales son aprobadas por ésta Soberanía; es por ello, que el objetivo principal de la reforma que se inicia, consiste en una reestructuración de los conceptos de cobro, para unificar los criterios existentes, especificar montos gravables, adicionando conceptos para facilitar el registro, control y aplicación de las disposiciones jurídicas existentes, entre otras consideraciones.

  2. - Que la Ley de Hacienda del municipio de Manzanillo vigente, una vez analizada sus conceptos de cobro y comparando las necesidades generadas al inicio del presente ejercicio fiscal y tomando en cuenta que uno de los objetivos es el fortalecimiento de sus finanzas públicas, se determina la necesidad de modificar el ordenamiento existente para adecuarlo a los requerimientos existentes que permita la regulación de las situaciones y acciones que se presentan en relación a la materia hacendaria, obteniendo una aplicación estricta de la Ley, lo que conlleva a otorgar certidumbre jurídica.

  3. - Que los que suscribimos, una vez a analizada a detalle la presente iniciativa, ha sostenido diversas reuniones con los Diputados integrantes del Legislatura local, así como los representantes de cada una de las fracciones de los grupos parlamentarios que tienen...

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