Se reforman los artículos 16, 17 y 73 de la CPEUM, en materia de justicia cotidiana sobre procedimientos civiles y familiares

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El pasado 15 de septiembre, la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el DOF el “Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Cotidiana (Solución de Fondo del Conflicto y Competencia Legislativa sobre Procedimientos Civiles y Familiares)”, el cual entró en vigor el 16 de septiembre de 2017, con excepción de la reforma del primer párrafo del artículo 16 y la adición de un nuevo tercer párrafo al artículo 17 constitucional, que entrarán en vigor el 14 de marzo de 2018.

Con esta publicación se efectuaron las siguientes modificaciones a la CPEUM:

1. Se reformó el primer párrafo del artículo 16 para quedar como sigue (énfasis añadido):

16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo.

2. Se adicionó un párrafo tercero al artículo 17, que establece lo siguiente:

17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la...

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