Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DEL DISTRITO FEDERAL.
(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- V LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA.
D E C R E T A
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DEL DISTRITO FEDERAL.
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 2, fracción VIII; 3, fracciones VI, XX y XXVI; 6, fracción VII; 8, fracciones IX y X; 40; 41, fracción VII y 69, primer párrafo. Se adicionan a los artículos 3, una fracción XLIII; 41, una fracción X; 57, un párrafo tercero y al 70, un párrafo tercero; todos de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, para quedar como sigue:
Artículo 2. 2026
I. a VII. 2026
VIII. Toda persona tiene derecho a obtener información mediante la publicidad exterior;
IX. a XIII. 2026
Artículo 3. 2026
I. a V. 2026
VI. Anuncio de neón: El integrado con tubería de vidrio cargado con gas neón o argón y activado mediante energía eléctrica;
VII. a XIX. 2026
XX. Corredor publicitario: La vía primaria determinada de conformidad con lo dispuesto por esta Ley, en la que pueden instalarse anuncios autosoportados unipolares y adheridos a muros ciegos de propaganda comercial en inmuebles de propiedad privada;
XXI. a XXV. 2026
XXVI. Licencia: El documento público en el que consta el acto administrativo por el cual la Secretaría, o en su caso las Delegaciones, permiten a una persona física o moral la instalación de anuncios denominativos o autosoportados unipolares o adheridos a muros ciegos en corredores publicitarios, de conformidad con lo dispuesto por esta Ley;
XXVII... a XLII2026;
XLIII. Muros ciegos: Los muros de colindancia que carezcan de vanos.
Artículo 6. 2026
I. a VI. 2026
VII. Otorgar, y en su caso revocar, las licencias para la instalación de anuncios denominativos en inmuebles ubicados en vías primarias, así como para anuncios autosoportados unipolares o adheridos a muros ciegos en corredores...
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