La reforma Laboral: Nuevo Paradigma

AutorRafael Flores Muñoz
Páginas2-20
REFORMA LABORAL: NUEVO PARADIGMA
M. en C. Rafael Flores Muñoz
RESUMEN: En los últimos años hemos presenciado una serie de reformas a los
sistemas de impartición de justicia que han hecho que prevalezca la economía
procesal gracias al uso de las TIC´s. Para ejemplo tenemos que ahora los juicios de
amparo pueden ser tramitados en línea, juicios orales mercantiles, el nuevo sistema
de justicia penal y sus salidas alternas, y también el trámite de juicios administrativos
federales también en línea. En cambio, teníamos hasta febrero de 2017 un sistema
de justicia laboral rezagado y burocrático derivado del poco presupuesto que poco
atendía las razones de fondo en los juicios laborales que provocaba un malestar en
el capital y trabajo. Con la reforma laboral y la desaparición de las juntas de
conciliación y arbitraje, México entra en un nuevo escenario de justicia laboral y del
cual la academia ha comenzado a usar el tintero.
PALABRAS CLAVE: JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, CENTROS DE
CONCILIACIÓN, TRIBUNALES LABORALES, REFORMA LABORAL, JUSTICIA
LABORAL.
ABSTRACT: In recent years we have witnessed a series of reforms to the systems
of administration of justice that have made the procedural economy prevail thanks
to the use of ICTs. For example, we have now that amparo lawsuits can be
processed online, commercial oral trials, the new criminal justice system and its
alternate outputs, and also the processing of federal administrative trials also online.
On the other hand, until February 2017 we had a lagging and bureaucratic labor
justice system derived from the small budget that little addressed the underlying
reasons in labor lawsuits that caused unrest in capital and labor. With the labor
reform and the disappearance of the conciliation and arbitration boards, Mexico
enters a new scene of labor justice and of which the academy has begun to use the
inkwell.
KEY WORDS: CONCILIATION AND ARBITRATION BOARDS, CONCILIATION
CENTERS, LABOR COURTS, LABOR REFORM, LABOR JUSTICE.
1. INTRODUCCIÓN
Con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
el 24 de febrero de 2017 y a Ley Federal del Trabajo (LFT) de fecha 01 de mayo de
2019 México entra a un nuevo paradigma en la impartición de justicia laboral que
desde 1970 se encontraba a cargo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCyA).
Esta reforma, que podemos llamar estructural, atiende a los compromisos adquirido
por nuestro país en el proceso de renegociación del Tratado de Libre Comercio con
América del Norte (TLCAN) del que derivó el Tratado entre los Estados Unidos
Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) publicado en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de junio de 2019, y en atención a los
Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de
derecho colectivo, que con la reforma se traduce en garantizar una verdadera
democracia sindical.
En primer lugar dicha reforma trascendental en el sistema de impartición de
justicia en materia laboral desaparece las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCyA),
creando en su lugar el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Centro
Federal), los Centros locales de conciliación, tribunales laborales federales y
locales. Esto se traduce en que serán ahora los centros de conciliación, como
organismos públicos descentralizados, los que tendrán a su cargo las funciones de
conciliación como etapa prejudicial, y en su caso, de no llegar a un acuerdo auto
compositivo entre patrón y trabajador, se expedirá una constancia de no
conciliación, documento indispensable para poder acudir a los tribunales laborales
a agotar la etapa judicial.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR