La reforma fiscal para 2014, ¿simplificación administrativa?

AutorManuel Rico
CargoSocio de Impuestos Corporativos de KPMG México
Páginas15-16

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Una de las promesas de la reforma fiscal para 2014 fue que propiciaría la simplificación administrativa para los contribuyentes, lo que, de alguna forma, es cierto, ya que la abrogación del IETU eliminó una carga administrativa importante.

Por otra parte, la nueva Ley del ISR contiene únicamente 192 artículos, en comparación con los 238 artículos de la Ley del ISR anterior; sin embargo, esto no significa necesariamente una disminución en el costo administrativo de los contribuyentes. Revisemos algunas de las obligaciones adicionales que la reforma ha acarreado a partir de 2014.

A partir del presente año, los pagos deben hacerse con cheque nominativo o transferencia de fondos desde cuentas del contribuyente. Esto obligará a hacer cambios en las empresas que tienen tesorerías comunes o compartidas, en las que se concentra el efectivo y desde las que salen los pagos a proveedores; las sinergias que se lograban con este tipo de arreglos financieros se perderán debido a un requisito formal.

Otro tema relevante es el relativo al pago de intereses, regalías o asistencia técnica, cuando se pagan a empresas controladas o controladoras del contribuyente mexicano, y no son objeto de gravamen en el país de recepción. En tales casos, los pagos serán no deducibles, lo que obliga al contribuyente mexicano a llevar a cabo una investigación

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de cuál es el tratamiento fiscal que se da en el extranjero a los pagos que realiza, situación que, en muchos casos, puede ser difícil de documentar.

Puede ser que el tema más discutido últimamente sea el relacionado con la limitante en la deducción de aquellas prestaciones que representan un ingreso exento para los trabajadores, mientras que, a la luz de la ley abrogada, eran deducibles al 100%. Independientemente del efecto económico, esta nueva condición obliga a las empresas a identificar a qué conceptos les es aplicable la nueva limitante, situación que podría dar origen a diversas interpretaciones.

En lo relativo a los comprobantes fiscales, los contribuyentes deben verificar en la página del SAT la validez de dichos documentos para que puedan ser utilizados en deducciones o acreditaciones. No se establece que esto sea una obligación por cada comprobante, aunque, por lo menos, deberán verificarse periódicamente las listas que publique el SAT de los contribuyentes...

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