Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 5, fracción XIV, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública., de 7 de Mayo de 2014

Que reforma el artículo 5, fracción XIV, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, recibida del diputado Enrique Aubry de Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 7 de mayo de 2014

Quien suscribe, Enrique Aubry de Castro Palomino, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 5, fracción XIV, de La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La situación de inseguridad y violencia recurrente que se estaba viviendo en diversas regiones del país, la cual atentaba directamente en contra de la paz, la tranquilidad y el pleno ejercicio de las libertades de los mexicanos, llevó al titular del Poder Ejecutivo federal a proponer reformas encaminadas a reforzar la coordinación permanente de las tareas de seguridad y de todos sus instrumentos en el ámbito operativo y de decisión en la materia.

Fue por ello que la LXII Legislatura del Congreso de la Unión aprobó, en diciembre de 2012, modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la cual se concentran las competencias y en general las reglas de operación de la estructura gubernamental, con objeto de dar una respuesta oportuna a las necesidades de la sociedad en materia de seguridad.

En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de enero de 2013, se estableció que la Secretaría de Gobernación sería la dependencia a la cual le corresponderían las atribuciones para encabezar las políticas en materia de seguridad interior y seguridad pública; de prevención del delito; así como del sistema penitenciario a nivel federal. En consecuencia, se propuso simultáneamente la desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública, institución a través de la cual el gobierno federal había venido atendiendo las responsabilidades en mención.

En este marco, no puede pasar desapercibida la necesidad de actualizar todo el orden normativo vinculado a las modificaciones realizadas a la Ley Reglamentaria del Artículo 90 constitucional, con el objeto de que todas las piezas del sistema embonen cabalmente y se garantice con ello la coherencia y sistematicidad del derecho público mexicano. Exposición de Motivos

Las modificaciones legales aprobadas por el Poder Legislativo, tienen la finalidad de aumentar las capacidades del estado para hacer frente a las...

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