La igualdad y la direfencia en el Estado constitucional de derecho. Una reflexión feminista a la luz del pensamiento garantista

AutorGerardo González Ascencio
CargoProfesor-investigador de tiempo completo, adscrito al Departamento de Derecho en la Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco
Páginas175-189
Gerardo González Ascencio*
La igualdad y la diferencia en el Estado
constitucional de derecho. Una reflexión feminista
a la luz del pensamiento garantista
Este artículo se refiere a cómo deben ser tratados los
diferentes en el Estado constitucional de derecho.
Inicia con una larga revisión sobre las posturas de la
cultura jurídica, y de los teóricos, en relación con la
manera en la que se ha abordado la igualdad y la di-
ferencia entre los géneros y formula una crítica a las
respuestas que sostienen como suficiente la igualdad
declarativa a nivel constitucional; también a quienes
son partidarios de su negación y, por lo tanto, reivin-
dican modelos legales singulares en donde la diferen-
cia sea reconocida; da cuenta, por último, de aquellos
que llaman la atención sobre la labor legislativa para
incorporar paradigmas normativos más universales.
Esencialmente, invita a repensar el principio de
igualdad jurídica como constitutivo de la cultura
normativa y como derecho fundamental de todos, in-
cluyendo a los diferentes. Para garantizarlo, apunta
la necesidad de pensar en establecer un conjunto de
garantías sexuadas y, en algunos casos, un derecho
sexuado, como parte de un horizonte democrático en
donde los diferentes tengan plena seguridad jurídica
de su reconocimiento como iguales ante la ley.
SUMARIO: Introducción. El feminismo, la igualdad y la diferencia. Conclusiones. Bibliografía.
[175]
* El autor es profesor-investigador de tiempo completo, adscrito al Departamento de Derecho en la Universidad
Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco, actualmente se encuentra elaborando su tesis de Doctorado en el
Posgrado de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma Metropolitana.
This article is about the way the different ones are
treated in the state constitutional right. It begins with
a long revision about the positions of the juridical
culture and the theorists in relationship with the form
in which the equity and the difference between the
genders. At the same time, it formulates a critic to res-
ponses that uphold declarative equality as sufficient
in the constitutional level. Here, we also criticize
those who are in favor of its denial; therefore, they
claim singular legal models in which the difference is
recognized. Finally, this article describes people who
turn our attention to the legislative work to add more
universal normative paradigms.
In essence, this paper invites to think over the
principle of juridical equality as constitutive of the
normative culture and everybody fundamental right
including the different ones. To guarantee it, there is
a necessity of thinking to establish a series of sexed
guarantees and, in some cases, a sexed right, as part
of a democratic horizon where the different ones have
full juridical security of their acceptance as equal in
the presence of the Law.

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